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Los interrogantes que abre el proyecto de ley que fortalece la jurisdicción indígena, recién radicado en el Congreso

Preocupan temas como las sanciones hacia las violencias de género y otras violaciones de derechos humanos.

La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, y la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Diana Remolina.

La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, y la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Diana Remolina. Foto: Cortesía

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El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, en coordinación con el Consejo Superior de la Judicatura y autoridades indígenas, radicaron la semana pasada ante el Congreso el proyecto de Ley 287, con el que se ofrecen herramientas jurídicas y culturales para la coordinación interjurisdiccional entre el sistema ordinario y el indígena, preservando la autonomía que le ofrece la Constitución a las comunidades para el ejercicio de su justicia propia. Una justicia que no ha estado exenta de cuestionamientos por las sanciones que aplica, que pueden prestarse en algunos casos para la impunidad y repetición de crímenes graves como delitos sexuales o la violencia de género.
“Los casos de violencia intrafamiliar, por ejemplo, rara vez prosperan en la jurisdicción. Otros sí tienen mayor peso, como los robos, y frente a los homicidios, estos casi nunca se ven al interior de las comunidades”, aseguró Álvaro Martín Guerrero, líder del Putumayo. Sin embargo, para Diana Collazos, líder nasa, si bien los delitos de género no son tan priorizados en la justicia indígena, en la ordinaria también tienen altas tasas de impunidad. “Es un fenómeno generalizado”.
La propuesta de ley recogió decisiones de las altas Cortes y estableció reglas y mecanismos para definir cuándo aplica el fuero indígena -que es una excepción legal que tienen para ser juzgados y condenados por el sistema penal-, facilitar el intercambio de información entre ambas justicias y reducir el desgaste institucional relacionado con los conflictos de competencias: en qué casos sí tienen que ir a prisión como los demás ciudadanos.
Una de las garantías a las que se refiere tiene que ver con los fondos para operar. "El Gobierno Nacional implementará la financiación del sistema de justicia de los pueblos indígenas", se lee en el artículo 58.
Otras tienen que ver con la articulación y la legitimidad de la aplicación de esta justicia. Para ello, se publicarán las decisiones judiciales, se fortalecerán las mesas de coordinación y, un aspecto que celebraron los autores del proyecto, se garantizará la mediación lingüística.
Autoridades indígenas acompañaron la radicación del proyecto.

Autoridades indígenas acompañaron la radicación del proyecto. Foto:Cortesía

La jurisdicción indígena también recibirá capacitaciones y se fortalecerán las escuelas de derecho propio o sus equivalentes. Finalmente, se reconocerá oficialmente a las autoridades ancestrales para facilitar las notificaciones de los procesos.
“Los pueblos indígenas tienen una enorme riqueza cultural y jurídica. Este diálogo interjurisdiccional nos da luces de cómo interpretar cada uno de los elementos que son fundamentales para la jurisdicción y hacia los que a veces nos acercamos de manera despreocupada. Ahora lo haremos respetando su autonomía y cosmovisión”, dijo la ministra Ángela María Buitrago.
Indígenas con sus bastones de mando.

La norma reconocerá oficialmente a las autoridades ancestrales para facilitar las notificaciones de los procesos. Foto:Julián Ríos / EL TIEMPO

Las preocupaciones

Uno de los cuestionamientos que se le ha hecho a la jurisdicción especial indígena es por la interpretación de sus condenas como formas de impunidad. Sin embargo, el Ministerio advierte que “la justicia indígena no es menos justa o eficaz por regirse bajo otros principios”.
En este punto, vale la pena enumerar algunas de las formas de castigo que tiene contempladas esta justicia especial, que en cada uno de los 115 pueblos indígenas tiene una aplicación diferente. Los más comunes son el fuete, el cepo o el trabajo comunitario, sanciones que incluso aplican para crímenes graves como la violencia sexual y en las que solo varía el tiempo.
Por ejemplo, la violación de un padre a su hija en los emberás es castigada con 10 años de trabajo o cepo. Para la comunidad Paéz, en el Tolima, este mismo delito se paga con cepo, fuete y multa, y sólo si la persona reincide es entregada a las autoridades civiles. La justicia de los Kichwa castiga las faltas graves con una pena mínima de 3 fuetazos y una multa de entre sesenta mil M/cte ($60.000) y ochenta mil pesos M/cte ($80.000).
El proyecto radicado limita estas sanciones y exige que se rijan bajo el respeto de los derechos fundamentales, entre ellos la prohibición de tortura, esclavitud o tratos crueles e inhumanos; un avance aplaudido por defensores y expertos de la rama, pero que a su vez reduce las formas de aplicación de justicia que dictan sus propias leyes.
Las cifras de los crímenes en la justicia ordinaria, sobre todo aquellos en contra de las mujeres, niñas y adolescentes indígenas, indican que, desde el 2020 hasta octubre de este año, se han reportado 3.214 noticias criminales por delitos sexuales, un 57 % de estos cometidos hacia menores de edad de 0 a 13 años. Solo el 18 % de estos casos llegó a etapa de juicio.
Sin embargo, el subregistro es enorme porque al interior de las comunidades, cuando el perpetrador y la víctima son indígenas, que es una de las condiciones bajo las que se aplica el fuero, estos casos terminan en su jurisdicción y no se tienen los registros completos.
La reforma también mantiene que otros delitos de condición agravada, como el homicidio, sigan siendo tramitados por la jurisdicción indígena. Eso sí, siempre y cuando cumplan con los requisitos, entre ellos que el victimario y el afectado tengan identidad étnica y fueran cometidos en su territorio. Únicamente los de lesa humanidad pasarían directo a la justicia ordinaria.
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes.

El Consejo Superior de la Judicatura acompañó la radicación del proyecto.  Foto:EL TIEMPO

La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, le dijo a este diario que es importante respetar la autonomía de las justicias propias, aun cuando las penas no se acogen al concepto del sistema nacional. “La prisión de ellos es diferente a la nuestra, es un centro de armonización y debe respetarse”. Sin embargo, enfatizó que debe marcarse más el límite, sobre todo en lo que tiene que ver con las violencias de género. “Temas como la venta de niñas, usual en algunas comunidades, no se permiten en el Estado colombiano. Estos casos podrían terminar en la justicia ordinaria”.
Así mismo resaltó que, de aprobarse la norma, se abriría la puerta a la trasmisión del conocimiento que le permita a los pueblos aplicar el enfoque de género en sus leyes.
SARA VALENTINA QUEVEDO
Redacción Justicia

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