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Noticia

Colegios en Colombia no pueden impedir que un estudiante vaya con piercings o con el pelo largo a estudiar; esto explica la ley

Los colegios en Colombia establecen acuerdos de convivencia en los manuales donde se detallan las normas de vestuario de los estudiantes. 

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Colegios en Colombia no pueden prohibir algunos elementos que vayan en contra de lo establecido en la Constitución. Foto: Ministerio de Educación Nacional

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La mayoría de colegios en Colombia cuentan con un código de vestimenta, el cual está estipulado dependiendo del horario y el género del estudiante (sudadera y uniforme). 
Esta norma está incluida en un compendio de otras tantas que están escritas y estipuladas en el manual de convivencia de las instituciones educativas, el cual establece los acuerdos que deben cumplir tanto los estudiantes como los profesores para garantizar la armonía dentro de las aulas. 
ALCADÍA DE BOGOTÁ

El código de vestimenta de los estudiantes está estipulado en los manuales de convivencia de los colegios.  Foto:ALCADÍA DE BOGOTÁ

De acuerdo con el jurista Alexander Pinzón, el artículo 87 de la Ley 115 de 1994 permite que los colegios en Colombia establezcan sus propios manuales y reglas de convivencia. No obstante, estas normas deben respetar los límites legales y constitucionales y no pueden violar los derechos fundamentales de los alumnos.

¿Qué cosas no pueden prohibir los colegios?

De acuerdo con el Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE), los colombianos tienen a disposición con más de 43 mil colegios oficiales que están distribuidos en el territorio nacional y son vigilados por el Ministerio de Educación Nacional. 
Varias de estas instituciones establecen sus manuales de convivencia en los que se establece la apariencia y aseo personal del estudiante. En algunos casos, faltar a estas normas conlleva a incurrir en sanciones leves e incluso graves.
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En algunos manuales de convivencia, el no portar adecuadamente el uniforme o tener descuidos en el aseo personal, puede incluir sanciones leves o graves para el estudiante. Foto:Ministerio de Educación Nacional

Sin embargo, la Corte Constitucional establece que los manuales de convivencia de los colegios no pueden impedir el derecho a la libre personalidad ni el de libre expresión de sus estudiantes. 
Jackson Peláez, un abogado que hace videos en redes sociales sobre temas de interés jurídico, publicó en Tiktok un video en donde resalta dos cosas que los colegios no pueden prohibir a sus estudiantes. 
@jacksonpelaezabogado Dos cosas que no le pueden prohibir en su colegio #colombia #abogado ♬ sonido original - Jacksonpelaezabogado
Peláez explicó que las instituciones no pueden prohibirle a un joven llevar su pelo largo si es hombre y tampoco pueden negarle a cualquier alumno sus derechos fundamentales solo por llevar piercings. 
En cuanto al cabello, la sentencia T-349-16 aborda el caso de una adolescente de 15 años que llevaba un peinado "californiano" (puntas de pelo más claras). La Corte explicó que la actitud del colegio, quien llamó la atención de la estudiante, estaba vulnerando los derechos de la joven.
Otro elemento por el que el colegio no puede negarle el estudio, es por falta de algunos elementos del uniforme; ya sea por limitaciones económicas de los padres u otras circunstancias. 
La Directiva 07 de 2010 del Ministerio de Educación estable que el no poder portar el uniforme por razones económicas no puede ser un motivo para impedir el derecho a la educación y la participación en las actividades académicas.
Uniformes baratos

Ningún colegio puede privar al estudiante de su derecho de estudiar solo por no tener un elemento del uniforme. Foto:Instagram @alejandraahorr - iStock

En cuanto al maquillaje, las perforaciones, tatuajes y pintauñas, los colegios no pueden prohibir este tipo de elementos dentro de sus manuales de convivencia; pues de igual manera, la Corte ha afirmado que hacen parte de la libre personalidad y la libre expresión de los estudiantes. 
Su cicatrización puede ser tediosa.

Quienes se maquillen, usen pintauñas o tengan piercings tampoco pueden ser privados de sus derechos fundamentales. Foto:iStock

Para los temas religiosos y estudiantes de la comunidad LGTBIQ+, la Corte determinó que los estudiantes trans tienen el derecho a portar el uniforme con el que se identifiquen, ya sea hombre o mujer. Además, la vestimenta tampoco puede vulnerar la identidad religiosa del alumno, según explica la sentencia T-832 de 2011. 

¿Qué hacer en caso de que le prohíban alguna de estas cosas?

De acuerdo con Peláez, en caso de que se encuentre con alguna de estas situaciones, la persona debe asistir a la personería de la ciudad para que le permitan interponer una acción de tutela con el fin de proteger los derechos fundamentales del menor de edad afectado. 
Condena.

Si los padres creen que el colegio está vulnerando los derechos de su hijo, pueden interponer una acción de tutela.  Foto:iStock

Para realizar el proceso, tenga presente estos casos: 
  • Se recibe a la persona que desea interponer la acción constitucional y la documentación requerida es analizada para determinar si es procedente o no. 
  • En caso de no ser procedente, se le dará al las razones por las cuales no es posible dar continuidad con la tutela. 
  • Si la acción es procedente pero hace falta documentación, se le indicará al que papeles hacen falta para presentarse nuevamente al punto de atención. 
  • Si la acción de tutela es procedente, se le brindará un turno al para que sea atendido por un juez, quien escribirá la acción y dará por terminado el trámite. Lo único que se debe hacer es radicarla y seguir con el trámite procesal que se requiere. 

Que sí pueden exigir los colegios

Los manuales de convivencia de las instituciones pueden establecer cómo debe ser el uso del uniforme, lo que incluye el diseño, colores y estilo de calzado; así como los días en los que se debe portar la sudadera y el uniforme de diario y cómo se tienen que utilizar los elementos de cada uno (medias hasta la rodilla, alto de la falda, zapatos pulidos...).
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN

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