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‘Tranquiliza que dudas sobre la JEP fueron resueltas por la Corte’

Patricia Linares señaló que aval a la ley también da tranquilidad a víctimas. Radican proyecto.

Magistrada Mirtha Patricia Linares, presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Magistrada Mirtha Patricia Linares, presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz. Foto: Claudia Rubio. EL TIEMPO

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En relación con la decisión que tomó este jueves la Corte Constitucional sobre la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en la que avaló gran parte de su articulado, la presidenta de esa justicia especial, Patricia Linares, señaló que se trata de un fallo que genera tranquilidad porque “va a despejar muchas dudas y define debates que se venían dando”.
“Esa tranquilidad que tenemos hoy quienes hacemos parte de la JEP es la misma tranquilidad que deben tener las víctimas, los propios comparecientes, la sociedad en general e incluso la comunidad internacional, que ha estado muy atenta al desarrollo de este proceso”, agregó Linares.
La presidenta de la JEP hizo énfasis en que “ninguna conducta en el interior de la jurisdicción va a quedar en la impunidad”, en referencia especial al aval que dio este jueves la Corte Constitucional para que los delitos sexuales cometidos en el marco del conflicto sean susceptibles de las penas alternativas que contempla este sistema de justicia transicional y no de las penas ordinarias como lo había aprobado el Congreso.
Linares explicó este viernes que los delitos sexuales son delitos “no amnistiables, luego bajo ninguna circunstancia este tipo de conductas ameritará ni amnistía ni renuncia a la persecución penal” en esa jurisdicción fruto del acuerdo de paz con las Farc.
“Lo que dijo la Corte es que, al analizar este tema, encontró que el Congreso no tenía competencia para modificar las penas que se definen en el acto legislativo 01 de 2017 (reforma que introdujo la JEP a la Constitución) para este tipo de delitos. Esa es la razón”, puntualizó Linares, y agregó que esa es la interpretación que les compete aplicar como jueces.
Con las penas alternativas que contempla la JEP se busca que estos delitos sexuales relacionados con el conflicto, que hasta el día de hoy permanecen en la impunidad, sean castigados con sanciones que satisfagan principalmente a las víctimas.
El objetivo de esta justicia transicional es que los victimarios se vean motivados a decir la verdad, confesar sus crímenes y reparar a las víctimas para obtener los beneficios de penas alternativas, que, entre otras, van hasta los ocho años de restricción de la libertad. Si no cuentan la verdad, se exponen a ser vencidos en juicio y recibir hasta 20 años de prisión.
En general, respecto a la constitucionalidad de la ley estatutaria, la presidenta de la JEP resaltó que la definición de esas reglas por parte de la Corte les da tranquilidad a los magistrados, pues ya cuentan prácticamente con el marco normativo completo para operar.
“Estamos trabajando de lleno, recibiendo comparecientes, produciendo autos, y ya ahora tenemos la tranquilidad de contar con un marco normativo”, señaló la presidenta de la justicia especial.
La decisión de la Corte Constitucional está dentro del marco del estudio previo y automático para que la ley estatutaria entrara en vigor.
Además, señala que los magistrados de la JEP sí pueden practicar pruebas para analizar los casos de extradición, particularmente para verificar si existió el delito y la presunta fecha de su comisión.
La Corte Constitucional también estableció que el Congreso no tenía competencia para crear inhabilidades adicionales para los magistrados del Tribunal para la Paz y las Salas de Justicia.
En la decisión, el alto tribunal afirma que la reforma constitucional de la JEP ya contaba con unas inhabilidades y en ninguna parte facultó al Legislativo para que incorporara otras, con lo cual fueron declaradas inexequibles aquellas inhabilidades que traía el proyecto, como la que impedía que pudieran ser magistrados quienes hubieran sido abogados de víctimas en los cinco años anteriores, hayan representado a terceros en demandas contra el Estado por violaciones de derechos humanos, o en demandas internacionales, entre otras.
Linares señaló que la ponencia, de 822 páginas, que estuvo a cargo del magistrado Antonio José Lizarazo, dio “el alcance a los temas que pudieron ser controversiales o difíciles de comprender –como este último– en algún momento”.

Radican proyecto

Mientras que la Comisión de la Verdad, parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición del que también hace parte la JEP, recibió una carta de apoyo por parte de 2.600 personas y cerca de mil organizaciones de la sociedad civil, de derechos humanos y de la academia, el Centro Democrático radico un proyecto para quitarles facultades a estas instituciones.
Su bancada en la Cámara presentó un proyecto de acto legislativo para que “bajo ninguna circunstancia” ni la Comisión, ni la JEP, ni la Unidad de Búsqueda de Desaparecidos puedan acceder a documentos del Estado de carácter reservado o de seguridad nacional. Sin esa facultad, que ya fue avalada por la Corte, esos entes no podrían cumplir con su propósito: esclarecer lo sucedido en el conflicto.
REDACCIÓN PAZ
@pazELTIEMPO

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