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‘No es la intención interferir con la prensa’: Mininterior tras alertas de la Flip
El ministerio del Interior respondió a los cuestionamientos por el decreto de la jornada electoral.
El ministro Luis Fernando Velasco en la sesión del 10 de octubre. Foto: Ministerio del Interior
Luego del llamado de atención de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) al Ministerio del Interior por el decreto reglamentario de la jornada electoral, debido a que varios de sus artículos irían en contra de la libertad de prensa y el cubrimiento periodístico de los comicios del 29 de octubre, la cartera trató de aclarar los alcances del decreto.
A través e un comunicado, el ministerio liderado por Luis Fernando Velasco aseguró que “no es la intención de esta cartera ni la del Gobierno Nacional interferir con la labor de la prensa” y hasta se aseguró que dicha dependencia ha “insistido en la importancia” del ejercicio periodístico.
Ante las observaciones de la Flip, el Ministerio del Interior anunció que se expedirá un texto normativo que aclare el alcance de los artículos cuestionados del decreto. En ese sentido se informó que se permitirá el y uso de celulares en los puestos de votación, pero se mantendrá la prohibición de la toma de fotos del voto.
Hacer periodismo en las condiciones en que se ha hecho en Colombia ha sido una empresa titánica, dice Bock. Foto:Cortesía Flip
“Esto con el objetivo de contrarrestar una práctica recurrente en las mafias al servicio de la compra y venta de votos”, señaló la cartera de Velasco. Por otro lado, el Ministerio del Interior aclaró los alcances de los artículos que prohíben la difusión de entrevistas con fines electorales el día de los comicios y la necesidad de confirmación oficial de las informaciones de orden público.
Frente al primer caso, se dejó claro que “únicamente se prohíben las entrevistas con fines político – electorales durante el día de elecciones, más no el ejercicio periodístico. Esta disposición está prevista en la Ley 130 de 1994, 163 de 1994 y 1475 de 2011”.
En cuanto al artículo 13, que restringe a la información de orden público con confirmación oficial, el ministerio se limitó a decir que “es usual y constituye una buena práctica”.
En esa línea, la cartera se mantuvo en que el decreto electoral, el 1702 de 2023, “no pretende desconocer los derechos a la libertad de prensa, a informar y a ser informado”. Además, se anunció que se publicará una circular, concertada con la Flip, para respaldar la labor de la prensa.
La alerta de la FLIP
La Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) emitió una alerta por cuenta del decreto del Ministerio del Interior sobre las regulaciones para la jornada electoral del 29 de octubre. Los cuestionamientos son sobre el decreto 1702 de 2023, que tendría algunos artículos que no son “compatibles con los parámetros constitucionales sobre la libertad de expresión”.
De acuerdo con la organización, se afecta el derecho a informar y ser informado sobre el proceso electoral. Las alertas son específicamente sobre los artículos 4, 7 y 13 del decreto.
En cuanto al primer texto, la Flip llamó la atención en que se “prohíbe toda clase de entrevistas con fines políticos electorales” durante la jornada electoral. En esa línea, se apuntó a que “es una restricción arbitraria considerando que las declaraciones de candidatos son un asunto de interés público y es común que los medios acudan a buscar ese tipo de entrevistas ese día”. Según la Flip, el decreto no es específico frente a qué hace referencia cuando habla de una entrevista con “fines político electorales”.
Sobre el artículo 7, se cuestionó que se prohíba el uso de celulares y cámaras en puestos de votación desde las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde, y que solo se le permita esto a los medios de comunicación mediante un permiso de la Registraduría. Para la Flip, se va en contra de la libertad de expresión, pues se le impide a cualquier ciudadano pueda hacer veeduría del proceso electoral.
Jhonatan Bock, director de la Flip / Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto:EL TIEMPO
En ese mismo sentido se alertó que no “compatible con la libertad de prensa que el cubrimiento de las elecciones deba estar mediado por una autorización o coordinación de la Registraduría, sin que a la fecha esta autoridad haya publicado bajo qué criterios y condiciones se coordinará con los cientos de periodistas que cubrirán los comicios”.
Al artículo 13 se le cuestiona que limite la difusión de información de orden público a que esta sea confirmada por fuentes oficiales. La Flip señaló que no “no puede haber fuentes de información vedadas o prohibidas” y recordó las dificultades que implican la confirmación de estos temas con “autoridad pública”.