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El proyecto que radicó Procuraduría tras condena por destituir a Petro

La iniciativa da cumplimiento a lo ordenado por la  Corte IDH al revisar el caso del exalcalde.

Gustavo Petro, senador y jefe de la Colombia Humana.

Gustavo Petro, senador y jefe de la Colombia Humana. Foto: César Melgarejo. EL TIEMPO

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El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, radicó este miércoles en la Cámara de Representantes un proyecto de ley para ajustar las competencias sancionatorias de la entidad, en investigaciones contra servidores públicos de elección popular por casos de corrupción y violación de derechos humanos.
Con la iniciativa, revelada por EL TIEMPO este domingo, la Procuraduría acogió lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 8 de julio de 2020, en la que condenó al Estado colombiano por la sanción de destitución e inhabilidad impuesta al entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro. Esa sanción luego fue tumbada por el Consejo de Estado. 
Precisamente el proyecto de ley recogió el exhorto del Consejo de Estado del 2018, que reiteró las recomendaciones formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
“La iniciativa acoge un sistema de garantías que en ningún caso debilitará las sanciones expeditas que deberán imponerse a los servidores públicos de elección popular cuando cometan actos de corrupción o incurran en violaciones a los DD.HH.”, aseguró Carrillo.
Este proyecto, de ser ley de la república, demostrará que es posible armonizar toda la convencionalidad como sistema integral

¿De qué va el proyecto?

El proyecto establece que las sanciones de inhabilidad y destitución solo aplicarán para quienes incurran en conductas de corrupción  o violaciones al Derecho Internacional Humanitario pero, en todo caso, esa decisión será ser revisada por un juez antes de producir efectos jurídicos. Así, serán los jueces istrativos los que definan las sanciones sobre los funcionarios elegidos por voto popular como los congresistas, gobernadores, alcaldes, diputados, concejales o ediles. 
De esa forma, dice la Procuraduría, se incluye el principio de jurisdiccionalidad y se da cumplimiento a lo expresado en el fallo de la Corte IDH,que en el caso de Petro señaló que los funcionarios elegidos por voto popular solo pueden ser inhabilitados o destituidos a través de una decisión de un juez penal, y no de una autoridad istrativa. 
Fernando Carrillo dijo que han descubierto financiadores de campañas que reciben más de lo que aportaron con plata de contratos para atender pandemia de covid-19.

Fernando Carrillo dijo que han descubierto financiadores de campañas que reciben más de lo que aportaron con plata de contratos para atender pandemia de covid-19. Foto:Twitter PGN_Colombia

Para el Ministerio Público, los cambios que está proponiendo afianzan la compatibilidad entre el sistema de responsabilidad disciplinaria y la convencionalidad, conformada por los tratados internacionales que acogen las convenciones en materia de derechos humanos y lucha contra la corrupción.
Además, fortalece el sistema de garantías en materia disciplinaria para un adecuado respeto del debido proceso bajo los mismos parámetros del derecho penal, conforme a las reglas establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en los artìculos 8 y 23.
Así las cosas, las sanciones estarán sujetas a que el fallo quede en firme. El plazo que propone la Procuraduría es de dos meses para que el juez istrativo tome una decisión sobre la sanción impuesta por el Ministerio Público y tendrá efecto de cosa juzgada.
La iniciativa contempla que vencido el plazo para proferir un fallo, la autoridad disciplinaria deberá proyectar una decisión en un término máximo de tres meses, de lo contrario se decretará la pérdida de competencia y se reasignará la actuación a otra dependencia. De esa forma, se garantiza el cumplimiento estricto de los términos establecidos en la ley.
También, propone que en los procesos cuya sanción no implique destitución e inhabilidad general, se continuarán aplicando las normas establecidas en la legislación disciplinaria vigente.
La Corte IDH contempló que esta reforma se apruebe en un plazo razonable, por lo tanto, con el régimen de transición que viene aplicando la Procuraduría y la jurisdicción de lo contencioso, se evitan situaciones de impunidad.
Para el procurador Carillo, “este proyecto, de ser ley de la república, demostrará que es posible armonizar toda la convencionalidad como sistema integral y avanzar en un camino abierto de interpretaciones sistemáticas y evolutivas de plenas garantías de la Convención Americana sobre Derecho Humanos y efectivas con las convenciones contra la corrupción”.
Durante la istración de Carrillo fueron sancionados 1.221 funcionarios de elección popular. Además, fue ordenada la destitución e inhabilidad general de 592 alcaldes y 14 gobernadores.
JUSTICIA

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