Una norma que establece evaluaciones y constante revisión de riesgos en salud y afectaciones del medioambiente, que confirma a la Policía como ejecutora del programa y crea lineamientos para recibir quejas, entre otros puntos. Así sería el decreto con el que el Ministerio de Justicia regularía el funcionamiento de la aspersión aérea de cultivos ilícitos con glifosato.
El borrador de este decreto, que aún no está en vigor, define cómo serían esas fumigaciones y recuerda las condiciones para que el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) les dé vía libre a las fumigaciones.
El ministro de Justicia, Wilson Ruiz Orejuela, señaló que las comunidades se podrán pronunciar sobre esa iniciativa antes de que entre en vigencia y que el gobierno sigue avanzando en los pasos para reiniciar las fumigaciones.
Precisamente tener esta regulación es uno de los requisitos que en 2017 impuso la Corte Constitucional para el regreso de las aspersiones, suspendidas desde 2015 por decisión del CNE ante la clasificación del herbicida como “probablemente carcinogénico para humanos”.
En el borrador de decreto se ratifica que el CNE, del cual hacen parte varios ministerios, la Procuraduría, la Fiscalía y la Policía, es el que puede autorizar la destrucción de narcocultivos con aspersión aérea, y para ello deberá definir las zonas donde se ejecutarán los programas.
También se establece que el CNE puede autorizar pilotos de aspersión para verificar la eficacia de las medidas de protección de la salud y el medioambiente.
Menciona el proyecto que para que la aspersión regrese, el Instituto Nacional de Salud (INS) deberá entregar un concepto previo con los posibles riesgos de la aspersión y cómo mitigarlos. En el caso de los riesgos ambientales, el concepto le corresponde a la Anla, que debe aprobar la modificación del plan de manejo ambiental del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante aspersión aérea con glifosato (Pecig)
Ya en diciembre la Anla hizo una audiencia con este propósito, pero aún no se ha pronunciado sobre la modificación del Pecig.
La ejecución en terreno de la aspersión con glifosato estaría a cargo de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía, que tendría que presentar cada mes a la Anla, el Ministerio de Salud, el ICA y el Fondo Nacional de Vivienda un informe de las operaciones de ese mes.
La Anla y el INS harán un seguimiento continuo para corroborar posibles afectaciones e imponer medidas a fin de prevenir, mitigar, corregir o compensar impactos no previstos. Deben así mismo enviar un informe de los hallazgos en esta materia al CNE para que este revise su decisión y diga si mantiene, modifica o suspende el programa.
De otro lado, se establece que la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría o cualquier entidad nacional o territorial que evidencie algún riesgo del glifosato deberán informarlo para que se realice una revisión inmediata del tema.
Además de la regulación, las evaluaciones de riesgos y revisión automática de las decisiones del CNE, el borrador de decreto también habla de cómo funcionaría un mecanismo de quejas que podrán presentar las comunidades.
En todo caso, aunque el decreto cumpliría varios de los requisitos que impuso la Corte Constitucional, aún faltan otros. Por ejemplo, no se han terminado las evaluaciones de riesgos de salud que debe hacer el INS ni se ha expedido el concepto de la Anla. La Corte también dijo que debe priorizarse la sustitución voluntaria de cultivos y la erradicación manual sobre la aspersión.
Solo después de que se cumplan esos requisitos, el Gobierno podría citar al CNE, encargado de dar luz verde para la reanudación de las fumigaciones aéreas. En el Consejo se da por descontado que se apruebe la aspersión, pues la mayoría de integrantes son parte del Ejecutivo.
De hecho, funcionarios como el ministro de Defensa, Diego Molano, han señalado que en un corto tiempo se reactivaría ese proceso.
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