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Noticia
Los colombianos que podrían acceder a la semana de trabajo de 4 días y 3 de descanso, según la reforma laboral
La medida está incluida en la reforma laboral aprobada por Senado. Hay cambios en recargos nocturnos y dominicales.
El proyecto de reforma dice que la semana laboral será de 42 horas. Foto: Montaje a partir de fotos de Istock
La Comisión Cuarta del Senado aprobó este 27 de mayo el texto de la reforma laboral, con lo que el proyecto está cerca de convertirse en ley. El texto incluye, entre otras cosas, cambios en los recargos nocturnos y dominicales, nuevas licencias para los trabajadores colombianos y hasta la posibilidad de pactar una jornada laboral de cuatro días y tres de descanso.
El proyecto, que ahora irá a cuarto debate y posteriormente a conciliación si es aprobado, estipula que la jornada laboral de los colombianos será de 42 horas semanales y que estas podrán distribuirse entre cuatro a seis días.
Que dicha jornada sólo se desarrolle en cuatro días a la semana y que al empleado le queden tres días de descanso
reforma laboral
Así, los trabajadores podrían acordar con su empleador una jornada diaria más extensa con el fin de habilitar un día más de descanso.
"Puede repartirse la jornada laboral máxima legal u ordinaria semanal ampliando la jornada diaria, por acuerdo entre las partes y con el fin exclusivo de que dicha jornada sólo se desarrolle en cuatro días a la semana y que al empleado le queden tres días de descanso", se lee en el texto.
Trabajadores podrían laborar cuatro días y descansar tres. Foto:iStock.
¿Para quiénes aplicaría la semana laboral de cuatro días y tres de descanso?
La senadora Angélica Lozano, ponente de la reforma laboral, le explicó a Blu Radio que esta medida sería opcional y que dependería de los acuerdos que se logren entre trabajadores y empleadores.
La idea, indicó Lozano, es "que el trabajador concentre sus 42 horas en cuatro días para liberar un día para sí mismo, para descanso o para cualquier asunto personal o familiar".
Así las cosas, la ponencia no limita la medida a determinados sectores, sino que —según Lozano— dependerá de cada empresa avanzar en las negociaciones y evaluar si la medida se ajusta o no a las dinámicas de trabajo.
La alternativa dependerá de cada empresa, según dijo la congresista. Foto:MinCit
Sin embargo, la senadora fue enfática en que habrá determinados sectores y empresas que no podrán acceder a esta alternativa debido a sus horarios y labores diarias. Mencionó, por ejemplo, medios de comunicación con programación constante o servicios de distinto tipo que tienen atención permanente y que no podrían dividir o ajustar sus labores.
"Puede que no puedan pactarlo por la naturaleza del servicio, pero muchas empresas lo van a lograr", agregó.
Puede que no puedan pactarlo por la naturaleza del servicio, pero muchas empresas lo van a lograr
angélica lozanoSenadora
Lozano mencionó, además, que será más fácil pactarlo para sectores con trabajo de oficina, trabajo de campo, sectores que realizan visitas programadas, trabajos dedicados a surtir distintos productos, entre muchos otros.
La senadora explicó que esta alternativa servirá para flexibilizar la jornada y apoyar a personas que necesitan conciliar el trabajo con actividades de cuidado, estudio u otras.
Según Lozano, empresas con labores de oficina podrían acogerse a la iniciativa. Foto:iStock
Otras propuestas de la reforma laboral aprobada en tercer debate
La Comisión Cuarta del Senado también aprobó que el recargo nocturno para los trabajadores colombianos se pague a partir de las 7 p. m., es decir, dos horas antes de lo que se paga actualmente (hoy el recargo nocturno se paga desde de las 9 p. m.).
Además, el texto aprobado propone que el recargo dominical y festivo también tenga un aumento. En concreto, el recargo pasaría del 75 por ciento al 100 por ciento sobre el valor de la hora ordinaria.
El incremento sería gradual hasta llegar al 100 por ciento, a menos que la empresa opte por hacer el aumento total de manera inmediata. De manera gradual, se haría:
A partir del 1.° julio de 2025, se incrementaría al 80 por ciento.
A partir de 1.° julio de 2026, se incrementaría al 90 por ciento.
A partir de 1.° julio de 2027, todas las empresas deberían pagar el 100 por ciento como valor de recargo dominical y festivo.
El recargo nocturno se aplicaría desde las 7 p. m. Foto:iStock
La reforma también propone que el contrato a término indefinido sea regla general y que el de término fijo tenga una prórroga máxima de hasta cinco años.
Se incluyen, además, licencias para asistir a obligaciones escolares o para atender situaciones judiciales, istrativas y legales.