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TransMicable de Bogotá: La Rolita debe entregar en un año la operación del cable de Ciudad Bolívar, según fallo en contra de ese contrato; ¿qué dice la decisión judicial?

Juez aprobó el pacto de cumplimiento establecido entre las partes en el caso de acción popular contra la entrega del cable aéreo a operadora distrital de transporte público. ¿Qué sigue ahora? 

Bogotá es una de las ciudades con este método.

Bogotá es una de las ciudades con este método. Foto: Rodrigo Sepúlveda. Archivo EL TIEMPO

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Es un hecho. La Rolita, empresa distrital operadora de transporte público, entregará la operación del TransMicable de Ciudad Bolívar.
El Juzgado 47 istrativo del Circuito de Bogotá aprobó el Pacto de cumplimiento propuesto por la empresa TransMilenio S.A. con el fin de que el manejo del cable aéreo sea entregado mediante licitación y no a través de un contrato interistrativo.
Como lo había revelado en su momento EL TIEMPO, esta fue la figura es utilizada en 2023 para entregar la operación del TransMicable a La Rolita, que desde finales de diciembre pasado se hizo cargo de ese sistema.
Sin embargo, con la aprobación del Pacto de cumplimiento, como acuerdo entre las partes, lo que procede ahora es la terminación anticipada del contrato entre TransMilenio y La Rolita, que se había establecido para 66 meses (5 años y 5 meses).
La terminación del contrato interistrativo de operación deberá cumplirse en un plazo de un año, contados a partir del 31 de diciembre pasado, cuando las partes intervinientes en la acción popular llegaron al acuerdo con el que se superó este litigio.
El TransMicable de Ciudad Bolívar es operado desde el primero de enero de este 2024 por la empresa distrital La Rolita

El TransMicable de Ciudad Bolívar es operado desde el primero de enero de este 2024 por la empresa distrital La Rolita Foto:Archivo AFP / Alejandro Martínez

“Ganó la transparencia. Estamos felices porque la justicia reconoció que no se pueden vulnerar los derechos”, le dijo a EL TIEMPO María Tránsito Molina, la líder social de Ciudad Bolívar que coadyuvó en la acción popular contra la entrega de la operación del cable aéreo a la empresa distrital operadroa de transporte público.
La acción popular fue interpuesta por la entonces concejal Lucía Bastidas y la líder social María Tránsito Molina.
En dicho recurso argumentaron “una supuesta vulneración del derecho colectivo a la moralidad istrativa, por la utilización de la modalidad de contratación directa con sociedad creada sin estudios, sin trámite de selección objetiva del contratista y sin considerar que el acto que autorizaba la creación de la entidad había sido objeto de fallo de nulidad, en primera instancia, por porta del Juzgado 6 istrativo de Bogotá”.
El pasado 31 de julio, de hecho, TransMilenio, La Rolita, la Secretaría Jurídica de la Alcaldía Mayor, los demandantes y la firma Doppelmayr Colombia S.A.S., que operó hasta el año pasado el TransMicable, a través del Consorcio Cablemovil,
También cuestionaron “la falta de experiencia y operatividad” de la operadora distrital de transporte para ejecutar el objeto contratado.
Hay que resaltar que La Rolita fue creada en el Plan de Desarrollo de la alcaldesa Claudia López (Acuerdo 761 de 2020). Dicha norma, en el artículo 91, "autoriza a la Alcaldesa Mayor en representación del Distrito Capital o TRANSMILENIO S.A., para participar en la creación de una sociedad por acciones –Operadora Distrital de Transporte-, con la participación de entidades públicas de acuerdo con los resultados de estudios técnicos y financieros, con personería jurídica, adscrita al sector movilidad (...)".
El pasado 31 de julio, de hecho, TransMilenio, La Rolita, la Secretaría Jurídica de la Alcaldía Mayor, los demandantes y la firma Doppelmayr Colombia S.A.S., que operó hasta el año pasado el TransMicable, a través del Consorcio Cablemovil, llegaron a un acuerdo sobre el Pacto de cumplimiento, que ahora es avalado por el Juez 47 istrativo. 
Hay que precisar que Doppelmayr Colombia S.A.S. es filial de la firma austriaca del Grupo Doppelmayr, fabricante internacional de sistemas de teleféricos y de transporte por cable.
Con la decisión del juez se da por zanjada y fallada la acción popular y lo que procede ahora es un proceso durante el cual La Rolita deberá entregar la operación del sistema de transporte por cable en el sur de Bogotá a un nuevo operador, que deberá ser escogido mediante licitación pública. 
Esto obliga también a TransMilenio, como Ente Gestor del transporte público en la ciudad y accionista principal de La Rolita, a abrir dicha licitación pública para entregar la operación y el mantenimiento del cable aéreo de Ciudad Bolívar.
tansmicable, cable, ciudad bolívar

TransMiCable Ciudad Bolívar Foto:Nicolás Alvarado El Tiempo

Qué dice el juez 47 istrativo

Según el fallo, las partes vinculadas en la acción popular se comprometieron a cumplir una serie de actividades que serán supervisadas por un comité de verificación, el cual estará integrado por el propio Juez 47 istrativo, la Procuradora Judicial Delegada ante dicho juzgado y la demandante y su coadyuvante.
En el fallo que acepta el Pacto de cumplimiento se lee que “el Consorcio Cablemóvil presentó a TransMilenio, el 15 de mayo de 2023, su voluntad seguir operando el Cable”, pero que TransMilenio decidió, mediante un contrato interistrativo, entregar la operación a La Rolita.
Luego la operadora distrital subcontrató, mediante un contrato de asistencia técnica, a Doppelmayr. El objeto era “brindar asesoría y asistencia técnica para la operación comercial y mantenimiento del TransMiCable de Ciudad Bolívar en el marco del contrato de operación”.
Se cuestiona así ‘la decisión de Transmilenio S.A. de optar por la modalidad de contratación directa, a pesar de contar con tiempo suficiente para realizar un proceso de selección abierta.
“Se cuestiona así ‘la decisión de Transmilenio S.A. de optar por la modalidad de contratación directa, a pesar de contar con tiempo suficiente para realizar un proceso de selección abierta, planteando transgresiones en términos de transparencia y competencia’”, señala el fallo.
Y agrega el juez que “esta modalidad limita las oportunidades de obtener mejores condiciones para la entidad contratante y puede generar dudas sobre la objetividad en la selección del contratista”.
En su decisión, el Juzgado 47 istrativo indica que al “restituir la situación al lugar anterior en el cual la istración se desempeñaba sin contrato de operación y adelantar el trámite respectivo de selección objetiva, se cumple con el propósito de la acción popular”.
El juzgado remite copia del fallo a la Contraloría General de la República, “para que determine si hay lugar a investigar los posibles sobre costos de contratación conforme lo expuesto en la parte motiva de esta decisión”. Igualmente, envía copia del mismo a la Defensoría del Pueblo.
GUILLERMO REINOSO RODRÍGUEZ
Editor de Bogotá
En X: @guirei24

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