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Noticia

Con la nueva ley antirruido, las motocicletas que excedan el ruido permitido en Bogotá podrían ser sancionadas

El proyecto, que busca regular la contaminación auditiva en Colombia, podría afectar a los motociclistas.

Motocicletas

Motocicletas Foto: Mauricio Moreno / EL TIEMPO

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La plenaria del Senado aprobó el pasado 10 de diciembre la ley contra el ruido, una iniciativa legislativa que busca reducir la contaminación auditiva en el país. Esta disposición, que está pendiente de la sanción presidencial para su promulgación, representa un avance significativo en la lucha contra los excesos de ruido en entornos urbanos y rurales. Con esto, las motocicletas de la capital podrían sufrir afectaciones. 
En este caso, la capital del país sería una de las principales beneficiadas, ya que el exceso de ruido que se vive en Bogotá ya está causando afectaciones en los ciudadanos, debido a los bares, comercio que ponen sus parlantes en la calle, los vehículos y motos, entre otros actores.  
Según el comunicado oficial del Senado, la normativa establece medidas concretas para combatir el abuso del ruido y mejorar el bienestar de los ciudadanos. “Se establece una normativa que combate a quienes abusan del ruido afectando el bienestar de los ciudadanos y los ecosistemas”, se puede leer en el texto. 
El proyecto pretende formular una política dedicada a la calidad acústica en Colombia, especialmente enfocada en mitigar los efectos nocivos del ruido en personas con discapacidades sensoriales. Esta propuesta busca fomentar entornos más saludables y libres de contaminación auditiva. 
Frente a esto, Carlos Julio González, senador ponente del proyecto, explicó que la ley se fundamenta en un esquema de colaboración entre los entes territoriales, el Gobierno Nacional y el uso adecuado de los recursos disponibles.  
“Es un proyecto de ley que tiene la facultad de generar la política pública desde la disposición, es decir, la voluntariedad de los entes territoriales y del gobierno nacional, con fondos hasta que sean agotables”, puntualizó González. 
Los motoclistas hacen parte de la campaña

Los motoclistas hacen parte de la campaña Foto:alcaldía de Valledupar

Además, el senador habló de los beneficios para los ciudadanos, ya que la normativa también incluye medidas para proteger la fauna, en particular a las aves, que son especialmente vulnerables a la contaminación auditiva. La exposición de motivos señala que las ciudades más ruidosas del país, como Bogotá, Medellín y Cali, serían las más beneficiadas con la implementación de esta ley. 
Dentro de los factores que potencian la contaminación auditiva están las motos ruidosas que hay en Bogotá; por esto, uno de los puntos relevantes del proyecto se refiere a la regulación del ruido generado por este tipo de vehículo, especialmente aquellas con escapes modificados que superan los límites permitidos.  
Las quejas por el ruido de las motocicletas suelen ser constantes. Incluso, este tipo de sonidos puede distraer a los conductores y ocasionar accidentes. Ante esto, aparece la posibilidad de que las autoridades podrían aplicar sanciones más severas gracias a la nueva ley contra el ruido, que busca poner fin a las molestias en las vías públicas. 
Aunque se generaliza la contaminación auditiva en el proyecto, se espera algunas aclaraciones para que no queden vacíos en esta medida. Entre las posibles modificaciones legales, se contempla que se debe mantener el ruido dentro de los límites establecidos por las normativas ambientales y de tránsito.  
Entre estas modificaciones se incluye el cambio de escape, pero siempre con un sistema homologado que cumpla con las especificaciones técnicas y las regulaciones locales. 
El intendente jefe James Jaramillo González, de la Unidad de Prevención Vial de la Seccional de Tránsito de Caldas, explicó que la aplicación efectiva de las normas contra el ruido enfrenta un desafío significativo: la falta de equipos adecuados para medir los niveles sonoros.  
Sitios de mayor accidentabilidad
Bogotá junio 27 de 2024. La Calle 13 y la avenida de las Américas con carrera 65 es uno de los sitios con mayor accidentabilidad en Bogotá. Foto Néstor Gómez - El Tiempo Crédito: CEET Fotógrafo: NESTOR GÓMEZ

Sitios de mayor accidentabilidad Bogotá junio 27 de 2024.  Foto:NESTOR GÓMEZ

En entrevista con EL TIEMPO, Darío Hidalgo, experto en movilidad, explicó que: "la ley antirruido incluye autorización para multas que pueden ser aplicadas por las autoridades locales. Esto aplica a motos modificadas (a las que les cambian el silenciador del exhosto, esto significa que las autoridades pueden poner comparendos e incluso inmovilizar el vehículo)". 
Y agregó que será complejo regular esto, ya que el gremio de las motos ha demostrado con su actitud: “No se les puede decir nada, pues entre ellos transmiten mensajes para ir en grupo y contrariar a los policías o agentes civiles de tránsito”. 
Voceros de la Secretaría de Movilidad le explicaron a este medio que el proyecto de Ley 045 establece en el artículo 8, párrafo 2, numeral 4, que se debe “crear la reglamentación que indique la metodología de medición y los estándares máximos permisibles para el sector transporte".
Además, este debe incluir toda la infraestructura y el parque automotor. Para el efecto, se deberá determinar un periodo de transición para la aplicación de los límites permisibles de emisión de ruido para fuentes móviles, que tenga en cuenta la vida útil remanente de los vehículos, actividad que debe ser desarrollada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como rector de la política ambiental en Colombia y, en tal sentido, debe expedir las regulaciones.
"A su vez, la Secretaría Distrital de Movilidad no cuenta con las competencias para la medición de ruido proveniente de fuentes móviles, actividad que deberá ser desarrollada por la Secretaría Distrital de Ambiente como la autoridad ambiental", agregaron.
A pesar de esto, hay que tener en cuenta que este proyecto establece que las motocicletas con un cilindraje superior a 50 y hasta 150 centímetros cúbicos, o aquellas con motores de entre 4 kW y 11 kW, deberán cumplir estrictos límites de emisión de ruido. Ahora, en caso de exceder estos niveles, las motocicletas podrán ser inmovilizadas y sus propietarios serán sancionados económicamente. 
Por otro lado, aunque las multas específicas aún no han sido anunciadas oficialmente, los propietarios de motocicletas que sean inmovilizadas deberán afrontar costos asociados al traslado y permanencia de sus vehículos en patios. El costo inicial por el primer día de inmovilización es de 44.200 pesos. A partir del cuarto día, la tarifa diaria se reduce a 13.800 pesos, y desde el día 31 en adelante, el valor diario baja significativamente, quedando en 500 pesos para motocicletas y bicicletas. 
Las motos son de los vehículos más hurtados en Colombia.

Las motos son de los vehículos más hurtados en Colombia. Foto:iStock

En relación con las infracciones, Jaramillo habló de dos códigos relevantes: 
Código de Infracción C28 (SMDLV 15): Sanciona el uso de dispositivos y rios diseñados para producir ruido excesivo. Esto incluye el uso de sirenas, luces intermitentes o de alta intensidad, que están reservadas exclusivamente para vehículos como ambulancias, bomberos, recolectores de basura, socorro, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito. También prohíbe el uso de cornetas en el perímetro urbano, así como la instalación de válvulas, resonadores y pitos adaptados a los sistemas de freno o escape de aire, además de la circulación de vehículos sin un sistema de silenciador en correcto estado de funcionamiento. 
Código de Infracción D17 (SMDLV 30): Aplica cuando se detecta o advierte una infracción a las normas de emisión de contaminantes o generación de ruido por parte de vehículos automotores.
Laura Valeria López Guzmán
En X: @Lauravalerialo
Redacción Bogotá
EL TIEMPO

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