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Las cinco fotomultas en las que los propietarios de vehículos son responsables

La Secretaria de Movilidad de Bogotá explicó uno a uno los casos de infracciones para el dueño.

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EDITOR DE BOGOTÁActualizado:

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La Secretaría de Movilidad de Bogotá explicó este lunes los cinco casos de fotocomparendos en los que los propietarios de los vehículos son los directos responsables y no hay opción argumentar que no iba conduciendo y desconoce quién iba al volante en el momento de una infracción.
Según la jefe de la cartera de Movilidad, Deyanira Ávila, la fotodetección es un proceso constitucional y legal, y la responsabilidad del propietario recae cuanto es él quien debe velar porque el vehículo cumpla con las condiciones y los conductores sean idóneos y cumplan las normas de tránsito, como lo reveló EL TIEMPO en una entrevista el pasado domingo con la funcionaria.
Las únicas excepciones es cuando con un vehículo hurtado o que está implicado en un hecho delictivo se comete una de las cinco infracciones de tránsito donde se considera que la responsabilidad es del propietario, así este alegue no que iba conduciendo. No obstante, en estos dos casos debe existir una denuncia.
Así, de acuerdo con Ávila, los propietarios son responsables de que los vehículos tengan en orden con el seguro obligatorio del Soat y la revisión técnico-mecánica, que son requisitos exigidos para todos los automotores en el país.
El dueño del automotor también es responsable de que el vehículo no transite en horarios y lugares prohibidos (pico y placa), no se pase el semáforo en rojo ni exceda la velocidad máxima permitida, que pueden ser de 30 km/h en zonas residenciales y 50 km/h en corredores viales.
Toda detección debe ser mediada por Policía de Tránsito.

Toda detección debe ser mediada por Policía de Tránsito. Foto:Mauricio Moreno

La nueva directriz frente a las fotomultas en Bogotá se sustenta en la sentencia de la Corte Constitucional C-321 de 2022. Antes de este fallo estaba el C-038, que habla del principio de responsabilidad personal, es decir, se debe identificar a quien cometió la infracción. Esa tumba otra norma diferente que es la que consagraba la solidaridad entre el propietario y el conductor para ese tipo de infracción.
Después de eso, según la Secretaria, viene la ley del Soat, que consagra cinco conductas y dice que el propietario es el responsable de velar para que el vehículo de su propiedad circule con su técnico-mecánica, no exceda la velocidad, no se pase los semáforos en rojo y no circule o se estacione en lugares y horas prohibidos.
“Invitamos a todos los bogotanos al cumplimiento de las normas de tránsito y que los conductores sean los idóneos para manejar el vehículo”, señaló la funcionaria.
Recordó también la obligación de los propietarios con que la información que reposa en el Runt (Registro Único Nacional de Tránsito) esté al día. Y destacó, principalmente, la dirección física y el correo electrónico del dueño del automotor.
La nueva directriz frente a las fotomultas en la capital se basa en la sentencia de la Corte Constitucional C-321 de 2022.

La nueva directriz frente a las fotomultas en la capital se basa en la sentencia de la Corte Constitucional C-321 de 2022. Foto:Jaime Moreno. Archivo EL TIEMPO

La Secretaria de Movilidad también señaló que se garantiza el debido proceso y el proceso contravencional. “En estas conductas, los propietarios podrán presentar las evidencias pertinentes”, señaló Ávila.
La Secretaría de  Movilidad cuenta con 109 cámaras en Bogotá.

La Secretaría de Movilidad cuenta con 109 cámaras en Bogotá. Foto:Jaime Moreno. Archivo EL TIEMPO

Cabe recordar que los conductores pueden impugnar un comparendo y para eso tienen un plazo máximo de 11 días y en caso de estar de acuerdo, puede dentro de los tres días siguientes a la imposición realizar un curso pedagógico, lo que le da derecho a un descuento del 50 por ciento en el valor de la multa.
La Secretaría de  Movilidad cuenta con 109 cámaras, de las cuales tiene operando en fotodetección 72. En 2022, según la entidad, se impusieron 636.979 fotocomparendos de más de 1 millón de comparendos.
 
Del total de fotocomprendos impuestos el año pasado, alrededor de 43.000 fueron impugnados y la mayoría salieron exoneradas porque no había manera de cargarle esa responsabilidad al propietario. "No teníamos ni la capacidad ni las herramientas para hacerlo. En ese momento, de esas 43.000 fueron exoneradas más de 42.000. Solo pudimos tener el fallo en 381", señala la funcionaria.

Lea más noticias sobre la movilidad en Bogotá:

GUILLERMO REINOSO RODRÍGUEZ
Editor de Bogotá
En Twitter: @guirei24

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