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Si planea comprar casa o apartamento, hay nuevo decreto con ajustes del monto para la cuota inicial: tome nota

La medida comenzó a regir desde el jueves, 29 de mayo. Esto es lo que dicta.

El incremento del 40 % ya había sido implementado para viviendas VIS en el año 2021. Foto: iStock

PeriodistaActualizado:
Con el propósito de facilitar el a la vivienda y estimular la reactivación económica, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0583 de 2025, mediante el cual se definió el porcentaje máximo de los ingresos familiares que puede representar la primera cuota de un crédito de vivienda.
Con la nueva medida, se incrementó del 30 % al 40 % el límite permitido para la primera cuota de los créditos individuales a largo plazo para la adquisición de viviendas No VIS.

Foto de referencia. Foto:iStock

Este decreto tiene el objetivo de ofrecer condiciones de financiación más flexibles a los hogares colombianos que tienen una capacidad de endeudamiento muy limitada y cuenta con ingresos medios.

Condiciones para acceder al crédito

Con el fin de poder acceder a los créditos de vivienda individual a largo plazo, las personas deberán ajustarse a las siguientes condiciones:
  • Monto del crédito
Solo podrá financiarse hasta el 70 % del valor del inmueble No VIS. Dicho valor será el precio de compra o el de un avalúo practicado dentro de los seis meses anterior al otorgamiento del crédito
Tenga en cuenta que si, el crédito va destinado para viviendas VIS, podrá financiarse hasta el 80 % del valor del inmueble. 

Viviendas en Colombia. Foto:iStock

  • Límite para la primera cuota
Esta no podrá representar más del 40 % de los ingresos "constituidos de los solicitantes del crédito, siempre que exista entre ellos comunidad de hogar, o se trate de cónyuges o compañeros permanentes. Tratándose de parientes, deberán serlo hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y único civil", se lee en el decreto 0538 del 2025.
  • Seguro
Los inmuebles No VIS y VIS deben estar asegurados contra los riesgos de incendio y terremoto. 
Adicionalmente, con la entrada en vigencia de la nueva medida, también aplicará para las operaciones de leasing habitacional, destinadas a la adquisición de vivienda a familias, según los términos establecidos en el Decreto 2555 de 2010.
La norma entró en vigencia al día siguiente de su publicación, es decir, el 29 de mayo, derogando todas las disposiciones que le sean contrarias.

El incremento del 40 % ya había sido implementado Foto:iStock

El incremento del 40 % ya había sido implementado

El incremento al 40% ya se había implementado en 2021 para créditos de vivienda de interés social (VIS) mediante el Decreto 257, con resultados positivos. Ahora, al extenderse a las viviendas No VIS, se espera un efecto similar sobre el mercado inmobiliario y la economía nacional.
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