El proximo mes de junio, todas las personas que tengan un contrato laboral, verbal o escrito, diferente al de prestación de servicios, tienen derecho a recibir su prima de mitad de año.
De acuerdo a la ley, el plazo máximo que tiene su empleador par pagarle este beneficio es el día 30 de junio. De no hacerlo, se enfrenta a sanciones como el pago al trabajador de un salario diario por cada día de retraso, con un máximo de 24 meses de demora.
¿A cuánto debe corresponder ese dinero? La ley dice que es el pago equivalente a 15 días por cada semestre trabajado. Los otros 15 días se pagan en el mes de diciembre. Pero si no le queda muy claro, le facilitamos las cosas.
¿Cómo se calcula la prima? El valor que recibirá se calcula a partir de la remuneración semestral. Es decir, que se deben hacer cuentas por 180 días laborados.
En este sentido, debe tomar el salario base, multiplicarlo por el tiempo servido (180 días), y dividirlo en 360.
Para quien labora por días, se puede hacer mismo proceso,el ajuste de los días laborados y el salario diario de cada trabajador. Esto se puede hacer en el apartado de días laborados en la herramienta.
Por ejemplo, si la persona trabaja solo tres días a la semana, la cifra inicial del salario diario diario sumado al auxilio de transporte debe multiplicarse por 12 (días que trabaja al mes).
Vale la pena recordar que desde julio de 2016 la Ley 1788 indica que los empleadores que contraten a personas para realizar trabajos en el hogar deberán pagarles una prima de servicios. En este video le explicamos cómo hacer ese cálculo.
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Recuerde que el plazo máximo por ley para pagar la prima es el 30 de junio de 2023.
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