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Reforma de la Educación: ¿Gobierno cedió ante Fecode? Estos son los principales cambios en la nueva ponencia de la ley estatutaria
El paro del magisterio, sumado a las presiones de algunos sectores oficialistas, llevaron al Ejecutivo a romper su acuerdo con la oposición y hacer cambios en la norma.
Fecode y la ministra de Educación, Aurora Vergara. Foto: Mauricio Moreno EL TIEMPO y Ministerio de Edcuación
Luego de conocerse que el Gobierno y la oposición rompieron su acuerdo, con el que sacaron adelante el tercer debate del proyecto de ley estatutaria que reglamenta a la educación como un derecho fundamental, este jueves se radicaron dos ponencias diferentes para el último debate: una encabezada por opositores, y otra por la bancada oficialista. Esta última, con varios cambios, que, según analistas, fueron añadidos para cumplir con las exigencias de Fecode, el sindicato de maestros que ha actuado como aliado del Gobierno, pero que hoy se encuentra en paro permanente con el fin de hundir la norma.
El nuevo texto, cuyos ponentes son los senadores María José Pizarro y Carlos Alberto Benavides (Pacto Histórico), Ariel Ávila (Alianza Verde), Aida Marina Quilcué (circunscripción indígena) y Julián Gallo (Comunes), rechaza abiertamente gran parte de los acuerdos logrados con la oposición, pero incluye muchas de las peticiones del magisterio, lo cual, según el analista Francisco Cajiao "rompe con la dinámica de buscar consensos que hasta el momento habíamos visto por parte de la ministra Aurora Vergara y que había sido fundamental para que el proyecto avanzara en momentos clave".
La ponencia de Gobierno se dio a conocer luego de que sectores de oposición radicaran su propio texto alternativo, esto después de que ambas bancadas no lograran ponerse de acuerdo respecto a qué cambios presentar y se rompiera el acuerdo entre las partes.
Pero lo que más llama la atención es que, mientras la oposición se acogió, con algunos cambios menores, a la enmienda que se había acordado y que logró ser aprobada unánimemente la semana pasada en la Comisión Primera, la apuesta del oficialismo incluye cambios muy significativos en términos de evaluación docente, calidad y la concepción misma del sistema educativo colombiano.
Esta nueva redacción, de entrada, plantea varios puntos que la oposición rechaza abiertamente, que habían venido siendo eliminados en los debates pasados, y que, por eso mismo, podrían dificultar su aprobación en el Senado, donde las mayorías se le complican más al Gobierno comparado con lo ocurrido en la Cámara de Representantes.
Vale recordar que el proyecto tiene el tiempo en su contra. El próximo lunes 17 de junio se realizará el debate en primaria. De no aprobarse ese mismo día, estaría prácticamente condenado a ser archivado, ya que no contaría con tiempo para pasar por conciliación antes del 20 de junio, cuando finaliza la legislatura.
Así las cosas, esos son los principales cambios de la ponencia radicada por la bancada de Gobierno:
Evaluación docente
Profesores e integrantes de Fecode marchan hacia el centro de la ciudad hoy 12 de junio del 2024. En protesta por proyecto de ley que se esta discutiendo en el congreso de la república. Foto MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO @mauriciomorenofoto Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO
El polémico artículo 39 (ahora artículo 40 en la nueva ponencia), sigue diciendo que la evaluación docente será obligatoria, sin embargo también elimina el parágrafo que sostenía que uno de los criterios para dicha evaluación serían los resultados de las pruebas Saber de los estudiantes.
Esta sería una clara respuesta a uno de los puntos que más generaba malestar en Fecode. Y es que el magisterio sostenía que esto era injusto y se trataba de una medida punitiva hacia los docentes.
Pero eso no es todo. El nuevo texto establece unos nuevos criterios para la evaluación docente, como el hecho que se diga textualmente en un nuevo parágrafo que “la evaluación de que trata este no incluye a la evaluación de desempeño de docente y directivos docentes, por lo que no podrá tener como efecto la desvinculación de estos servidores públicos y la pérdida de derechos de carrera”.
En otras palabras, incluso si un maestro reprueba esta evaluación en repetidas oportunidades, podrá seguir dictando clase sin correr el riesgo de ser desvinculado de la planta docente.
¿Elección directa de rector en universidades?
La nueva ponencia, en el artículo 5, numeral S, establece que "la gestión de la educación y su gobierno deberán ser democráticos, participativos, pluralistas y directos acordes con la regulación aplicable. Los establecimientos educativos e instituciones de educación superior garantizarán la participación real vinculante, y efectiva de los sujetos integrantes de la comunidad educativa para la toma de decisiones".
En otras palabras, se establece que, por ejemplo, la elección de rectores en las universidades se dé por voto directo y vinculante. Esto cobra especial relevancia a propósito de la crisis por la designación de rector en la Universidad Nacional.
Matemáticas y Filosofía
En uno de los puntos más llamativos se hace notoria la eliminación de las matemáticas como parte de la naturaleza de la educación como derecho, así como uno de los elementos básicos de la formación integral.
Esto, en clara referencia a uno de los puntos que Fecode había cuestionado, y es que el magisterio consideraba que esta inclusión pretendía establecer un currículo estandarizado en el país, cosa que hoy no existe, bajo el entendido que cada colegio y profesor debe determinar los contenidos según el principio de libertad de cátedra.
Sin embargo, llama la atención que mientras las matemáticas no se consideran como principios de la formación integral, sí se incluya un nuevo artículo en el que se establece que el Estado debe garantizar la formación en Filosofía, Humanidades y Ciencias Socialesen todos los niveles educativos (nuevo artículo 39).
Bonos escolares y libertad de escoger trayectoria educativa
El artículo 5 del proyecto establece los principios del derecho fundamental a la educación. En el texto aprobado en la Comisión Primera, uno de esos principios era la libertad de escoger la trayectoria educativa, algo que de acuerdo con Fecode, abría la posibilidad de crear los llamados bonos escolares, o ‘vouchers’ para que el Estado financiara la formación en colegios privados.
Y si bien el propio Ministerio de Educación había aclarado que en ningún momento se pretendía esto y que el articulado no hablaba explícitamente de bonos escolares, la nueva ponencia elimina directamente este aparte.
¿Se desconoce la educación privada?
Desde hace meses, rectores de universidades privadas, así como agremiaciones de universidades y colegios, habían insistido en la necesidad de que el texto hablara explícitamente de la educación privada y defendiera el modelo actual, en el que la oferta académica es estatal o privada.
Eso se incluyó en la enmienda acordada con la oposición. Pero ahora, el nuevo texto elimina muchas de las referencias a la educación privada, y borra por completo toda referencia a la educación mixta.
Esta era una exigencia no solo de Fecode sino de algunos sectores oficialistas y de universidades públicas, que consideran que el Estado debe garantizar solamente la educación pública y universal.
Pero a eso se suma que en distintos apartes, como el artículo 12, se establece textualmente que el Estado deberá priorizar “el fortalecimiento de los establecimientos educativos oficiales y de las instituciones de educación superior públicas, con recursos públicos”. Lo mismo ocurre en los artículos 7 y 18.
Cambios en calidad
María José Pizarro, senadora del Pacto Histórico y una de las ponentes del proyecto. Foto:Ministerio de Educación
En lo que respecta a la calidad de la educación, también hay cambios importantes, particularmente en el artículo 9, que habla de la idoneidad. El nuevo texto elimina un aparte que establecía la obligación del Estado de establecer parámetros de calidad para cada nivel de aprendizaje.
También quita la obligación de los programas de estudios de ser “coherentes con los objetivos de aprendizaje de cada nivel educativo”.
En otras palabras, se mantiene el modelo actual, en el que el país no cuenta con un currículo y tampoco establece unas competencias y logros básicos de aprendizaje que los estudiantes deban alcanzar en cada grado.
En cambio, entre los componentes de calidad sí se incluye el impulsar “habilidades para la vida, derechos y deberes ciudadanos, formación en ciencias, artes y humanidades, ética y civismo, educación financiera, educación socioemocional, educación sexual, nociones básicas de nutrición, reciclaje, cuidado al ambiente, sostenibilidad ambiental y gestión del riesgo de desastres y cambio climático, tecnología de la información y las telecomunicaciones, idiomas, entre otras”.
¿Derecho fundamental, igual a la promoción de grado automática?
Uno de los puntos que fue incluido a lo largo de los debates era especificar claramente en el articulado que el derecho fundamental a la educación no tenía por qué implicar que los colegios y universidades recibieran tutelas y demandas por reprobar a los estudiantes.
Esto estaba incluído en el artículo 14 y en el 43 (ahora artículo 32) del texto aprobado en tercer debate.
Sin embargo, la nueva ponencia elimina los parágrafos que decían que “la eliminación de las barreras de no limita la capacidad de las instituciones de educación superior para fijar procedimientos de isión y permanencia por razones académicas” y que “el reconocimiento del derecho fundamental a la educación no implica una promoción automática de los estudiantes”.
Educación inicial
En su pliego, Fecode exigía que el texto hiciera obligatoria la educación inicial (hoy en Colombia la educación solo es obligatoria de los 6 a los 15 años, es decir, de transición a noveno grado).
Si bien el nuevo texto no hace obligatoria la educación inicial, si establece la obligación del Estado de garantizar universalmente la educación de los 3 a los 6 años en los cursos de prejardín, jardín y transición. Pero también obliga al Estado a garantizar la educación de los 0 a los 3 años “en el marco de la atención integral, la educación inicial basada en las actividades de juego y exploración en el hogar, la escuela y el espacio público”.
Aunque la obligatoriedad no está expresa, esa garantía había sido un reclamo de múltiples organizaciones protectoras de la niñez (no solo de Fecode) que durante todo el trámite del proyecto habían insistido en que esta era una falencia del mismo.
Se elimina el derecho fundamental a la educación terciaria
Este ha sido uno de los temas que no solo han causado preocupación en Fecode, sino también división entre rectores de instituciones de Educación Superior.
Y es que el derecho a la educación terciaria reconocería tipos de formación no tradicionales o formales, como la Educación para el Trabajo, cursos y diplomados.
Para algunos sectores, esto es positivo porque permite reconocer métodos de enseñanza que son accesibles, flexibles y que suelen responder a las necesidades de los estudiantes y el sector productivo de manera más sencilla que la educación superior.
Para otros, en cambio, pone en igualdad de condiciones a la educación terciaria y la educación superior (carreras técnicas, tecnológicas, profesionales y posgrados), en detrimento de la calidad.
La nueva ponencia simplemente elimina el artículo del derecho fundamental a la educación terciaria.