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Suicidio asistido: ¿qué dice el gremio médico sobre decisión de la Corte?

Los expertos esperan conocer la sentencia completa de la Corte Constitucional al respecto. 

La eutanasia es legal en Bélgica desde 2002.

La eutanasia es legal en Bélgica desde 2002. Foto: Archivo / EL TIEMPO

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La Corte Constitucional despenalizó este miércoles el suicidio médicamente asistido (SMA) como uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna en Colombia.
De la misma forma como se recibió el informe de la eutanasia, este fallo del alto tribunal fue recibido por el cuerpo médico de manera no unánime: mientras que unos los rechazan otros lo ven como un avance.
Cabe mencionar que la diferencia entre eutanasia y suicidio médicamente asistido radica en quién causa la muerte: en ambos casos se deben cumplir con los requisitos, pero en la eutanasia es el profesional de la medicina quien causa la muerte. En cambio, en el suicidio médicamente asistido el médico provee los medicamentos y es la misma persona quien termina con la vida.

Hablan los médicos 

Diego Acosta, anestesiólogo asesor de política gremial del Colegio Médico Colombiano, asegura que el suicidio asistido, despenalizado por la Corte Constitucional, complementa otras sentencias de este mismo tribunal, orientadas al cuidado al final de la vida, complementarias de los cuidados paliativos.
Con la eutanasia extendida a los casos no sólo terminales, sino también crónicos, se fortalece el derecho a elegir libre y concientemente anticipar la muerte en casos de sufrimiento o dolor insoportables, sin posibilidad de curación. Es un medida humanitaria y compasiva que contribuirá a mejorar el fin de la vida y a superar el abandono, la tragedia y el dolor al final de nuestra existencia”, sostuvo Acosta.
Esta nueva sentencia de la Corte Constitucional, al formar parte del mismo contexto en el que se ha proyectado la eutanasia en Colombia- de acuerdo con la Academia Nacional de Medicina- queda cobijado como un acto íntimo entre médico y paciente, “en el cual todos los elementos de rigor para estos casos deben aplicarse, sin dejar de lado que, al igual que los requisitos imperantes, deben estar presentes en toda su extensión y también la objeción de conciencia debe respetarse”, asegura Germán Gamarra presidente de la Academia Nacional de Medicina.
Asimismo, Gamarra deja claro que al conocerse el fallo de la Corte, el comité de ética del organismo que preside emitirá un comunicado en los próximos días.
La despenalización requiere activación de muchos procesos y esta posibilidad podría solo ser contemplada desde una jerarquía de norma mucho mayor, es decir, de una ley
“En relación con la despenalización del siuicidio asistido, es importante hacer un llamado a la reflexión a la sociedad colombiana y a la comunidad médica. El médico es por naturaleza un defensor y cuidador de la vida humana y de ninguna manera un agente de muerte al arbitrio de los deseos de esa misma sociedad”, manifestó Carlos Valdivieso, presidente del Colegio Médico de Antioquia, quien agregó que “la norma jurídica que rige en una nación tiene que tener en consideración los valores culturales de los connacionales, por lo tanto no puede existir un divorcio entre los valores culturales y dicha norma”.
“El llamado es a generar espacios de discusión y de conversación en los cuales realmente se puedan atender las necesidades y las opiniones de la nación colombiana”, concluyó Valdivieso.
“Es importante partir de la claridad que aún no tenemos una comunicación oficial de la Corte, no conocemos en detalle el número de la sentencia”, empieza diciendo Clara Cossio, Magister Bioética y docente de la maestría de Bioética de la Universidad CES de Medellín, quien además es médica especialista en cuidado crítico.
Al respecto, Cossio continúa diciendo que “la eutanasia no es la única vía por la que se accede al derecho a muerte digna, este es un derecho multidimensional sobre el que existen otras alternativas como adecuación del esfuerzo terapéutico, cuidados paliativos, entre otros”.
Por su parte, la experta enfatiza en que específicamente para el suicidio médicamente asistido, esta es una condición diferente porque requiere que se active un proceso asistencial distinto en donde participarían otras áreas adicionales a las que participan en el proceso que conocemos hoy cuando un paciente solicita eutanasia, sobre esto ya existe una ruta clara de conocimiento de los médicos, las IPS y quienes están involucrados. “Aquí tendrían que activarse estructuras adicionales como los sistemas de prestación de servicios, el despacho de medicamentos, por lo tanto, farmacovigilancia, etc.”, explica.
Es un medida humanitaria y compasiva que contribuirá a mejorar el fin de la vida y a superar el abandono, la tragedia y el dolor al final de nuestra existencia
Adicionalmente, la médica especialista en cuidado crítico dice que muchas de las ampliaciones en el alcance y las condiciones médicas que se han venido ampliando en los últimos años van dirigidas a disminuir las barreras de todo tipo que encuentran los pacientes cuando solicitan muerte digna a través de eutanasia, pero “definitivamente esta despenalización requiere activación de muchos procesos y esta posibilidad podría solo ser contemplada desde una jerarquía de norma mucho mayor, es decir, de una ley, porque es poco probable que solo a través de las recomendaciones que se hagan a través de resoluciones del Ministerio de Salud se puedan resolver asuntos tan complejos que involucran tantos procesos en la prestación de servicios como el suicidio médicamente asistido”.
De igual forma, ultima que “por ahora, estamos a la expectativa contemplando la posibilidad de que efectivamente entre a funcionar desde una ley que venga desde el Congreso, más que la orden al Ministerio de Salud para que siga regulando”.
Por su parte, desde el Ministerio de Salud manifestaron que hasta el momento no conocen la comunicación oficial del fallo.
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