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Ley seca y otras medidas anunciadas por el Gobierno para las elecciones regionales
Habrá ley seca y cierre de fronteras. El decreto fue firmado por el ministro del Interior.
Ser jurado de votación es un deber de carácter obligatorio. Foto: Jaiver Nieto Álvarez / El Tiempo
El Gobierno nacional publicó en las últimas horas un decreto con las medidas de orden público para las elecciones regionales del próximo 29 de octubre. En estos comicios se conocerán los nuevos gobernadores, alcaldes, concejales, diputados y ediles del país.
En primer lugar, el decreto indica que a partir del lunes 23 de octubre y hasta el lunes 30 de octubre los candidatos solo podrán realizar reuniones de carácter político en recintos cerrados.
"En caso de segunda vuelta para la elección de Alcalde Mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, se aplicará en el territorio del Distrito Capital, a partir 13 noviembre y hasta el 20 de noviembre", se lee en el decreto firmado por el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco.
Con respecto a la ley seca, el documento indica que queda prohibida la compra y venta de bebidas embriagantes desde las 6:00 de la tarde del sábado 28 de octubre y hasta las 6 de la mañana del lunes 30 de octubre.
Si hubiese segunda vuelta, la restricción se aplicará desde el 18 de noviembre a las 6 de la tarde, hasta el 20 de noviembre a las 6 de la mañana. Asimismo, habrá restricción para el porte de armas bajo permiso los mismos días y en los mismos horarios.
El Gobierno también confirmó que durante el lapso comprendido entre las 6:00 p.m. del 28 de octubre de 2023 hasta las 4:00 p.m. del 29 de octubre de 2023, habrá cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera.
"La medida debe incluir controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos. Se exceptúan de la restricción, los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor", explican.
Otras medidas
De acuerdo con el decreto, desde el viernes 27 de octubre hasta el lunes 30 de octubre de 2023, los servicios de telecomunicaciones deberán dar prelación a los mensajes emitidos por las autoridades electorales.
Por su parte, los testigos electorales podrán acceder a los puestos de votación desde las 7:00 a. m., y permanecer hasta cuando concluyan los escrutinios de las mesas. En estos espacios no sé podrá usar celulares y cámaras entre las 8 a.m. y las 4 p.m., medida que no incluye a los medios de comunicación.