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Tribunal Supremo da un respiro a Trump y su veto migratorio
Algunos aspectos, como el bloqueo a refugiados e inmigrantes de seis países, podrán ser aplicados.
El presidente de EE. UU., Donald Trump, calificó la decisión de la Corte como "una victoria para la seguridad nacional" de su país. Foto: AFP
De acuerdo con la Corte, la istración podrá impedir el ingreso al país de todas las personas provenientes de Libia, Irán, Somalia, Sudán, Siria y Yemen que no posean una “relación genuina” con una entidad u otra persona en EE. UU. que posea un estatus legal.
Eso mientras estudian a fondo los méritos de la decisión de una corte inferior que suspendió los efectos de la orden de Trump, después de que varias organizaciones presentaron una demanda. Esa valoración, en todo caso, no sucederá antes de octubre, mes en el cual la Corte Suprema tiene previsto escuchar los argumentos de las partes.
El “permiso” de este lunes permitirá a la istración iniciar su proceso de bloqueo a partir del próximo jueves.
“La decisión unánime de la Corte Suprema es una clara victoria para nuestra seguridad nacional. Permite que se torne efectiva, en parte, la suspensión de los viajes para seis países inclinados al terrorismo y la suspensión a los refugiados”, afirmó Trump.
Como sucedió con una primera versión de esta orden, se espera que su ejecución sea caótica y a la vez controvertida, pues serán los oficiales de inmigración los que entrarán a determinar qué constituye una “relación genuina”.
En principio, se cree que estudiantes que hayan sido aceptados por un centro docente y personas con vínculos familiares podrían ser itidos. Pero esa decisión la determinarán los oficiales al expedir las visas.
La decisión unánime de la Corte Suprema es una clara victoria para nuestra seguridad nacional
El bloqueo a personas provenientes de esos países fue una de las promesas de campaña de Trump y que trató de cumplir al día siguiente de llegar a la Casa Blanca.
Inicialmente, su orden preveía el veto por 90 días al ingreso de nacionales de siete países –Irak incluido– y una suspensión por seis meses del programa de refugiados mientras se implementaban nuevas guías para elevar los estándares de seguridad y así impedir el ingreso de potenciales terroristas.
En esta, sin embargo, quedaban vetados no solo individuos con residencia permanente en el país que se encontraran por fuera en el momento de su expedición, sino personas con visas ya otorgadas previamente. Esa orden fue bloqueada casi de inmediato por una decisión de un juez de Washington y luego por una corte de apelaciones.
El bloqueo judicial forzó a Trump a retirarla y presentar en marzo una segunda versión, más limitada, en la que se excluía a Irak y solo se ordenaba el veto temporal de personas que no contaran con una visa válida para viajar a EE. UU. en el momento de su expedición.
Esa orden también fue tumbada por jueces de Hawái y Maryland tras considerar que Trump violaba la Constitución al discriminar a personas de algunos países por razones religiosas.
Aunque la cuarta corte de Apelaciones usó este mismo argumento para sostener el bloqueo, el 12 de junio pasado la novena Corte de Apelaciones ignoró las razones religiosas y se enfocó en una posible violación de las leyes federales, al no establecer “causas razonables” para justificar el veto.
De acuerdo con la Corte, la istración podrá impedir el ingreso al país de seis países de mayoría musulmana. Foto:Reuters
Ambos planteamientos son importantes, pues la Corte, en su valoración de este lunes, evitó hacer comentarios sobre el posible origen antimusulmán de la orden y se concentró excesivamente en sus aspectos legales.
Eso podría indicar que, cuando se discuta el fondo, el argumento sobre discriminación religiosa podrían no pesar en la decisión final, lo cual jugaría a favor del Presidente.
La Corte, hay que decir, ya asestó un importante golpe a los intereses de Trump al reducir, de manera radical, el grupo de personas sobre los que recaerá el veto.
“Esta orden, si se aplica como corresponde, solo permitirá una implementación mínima del veto inicial que propusieron”, sostiene Omar Jadwat, de la Unión Americana para las Libertades Civiles.
En otras palabras, de proponer un bloqueo al ingreso de cualquier persona proveniente de estos países se pasó a la restricción temporal de solo aquellos que no tengan visas en la actualidad y no puedan demostrar una “relación genuina” al realizar el trámite para obtener el documento.
Es posible, advierte Jadwat, que la istración pretenda interpretar la decisión de otra manera y ordene a sus oficiales de inmigración revaluar esa “relación genuina” en el momento del ingreso, así los inmigrantes tengan visas válidas. Y ello, dice el abogado, probablemente desataría nuevas demandas.
La decisión de la Corte, en todo caso, tiene peso, pues obtuvo el voto de seis de los nueve magistrados (entre ellos los cuatro liberales y dos conservadores). Solo los tres jueces más de derecha se opusieron, pero más por razones pragmáticas. Según ellos, la aplicación parcial de la orden de Trump (solo para los que no tengan visas ni puedan demostrar el nexo) se prestará para más confusiones y demandas mientras la corte toma una decisión final en octubre.
En ese momento, sin embargo, podría resultar irrelevante en términos prácticos, pues para esa fecha ya habrán expirado los 90 días de veto que pidió la istración Trump, los cuales empiezan a contarse el jueves.