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¿Cómo puedo apelar en Uscis si me negaron la visa de Estados Unidos?
El Formulario I-290B es una herramienta para apelar decisiones adversas de Uscis
La obtención de una visa para ingresar a Estados Unidos puede ser negada por varias razones, pero existe la posibilidad de apelar a una decisión desfavorable. Cuando la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (Uscis por sus siglas en inglés) emite un rechazo, los solicitantes cuentan con herramientas como el Formulario I-290B.
Este documento es una herramienta clave para presentar apelaciones o mociones ante la Oficina de Apelaciones istrativas (AAO por sus siglas en inglés) de Uscis. Ofrece una oportunidad para impugnar decisiones adversas, ya sea a través de una apelación o una moción, permitiendo a los solicitantes buscar una reconsideración de las determinaciones istrativas.
El espectro de decisiones de Uscis que pueden impugnarse mediante el Formulario I-290B es amplio, abarcando desde solicitudes de visas hasta peticiones de inmigración y otros beneficios migratorios. Sin embargo, es esencial entender y cumplir con los requisitos necesarios para asegurar la validez de este recurso.
Para presentar el Formulario I-290B, el solicitante debe ser la persona afectada por la decisión adversa y cumplir con el plazo de presentación, que generalmente es de 30 días calendario, aunque en algunos casos se reduce a 15 días calendario. Asimismo, se requiere el pago de una tarifa de presentación de US$675, a menos que el solicitante sea un inmigrante especial, ciudadano iraquí o afgano que haya trabajado para el gobierno de Estados Unidos, en cuyo caso se exime de dicho pago.
Consideraciones para presentar una apelación o moción ante Uscis
La correcta cumplimentación del formulario es fundamental, exigiendo la completitud de todas las secciones aplicables y la firma del solicitante. Además, es importante saber que las apelaciones se presentan ante la oficina de Uscis que emitió la decisión adversa, mientras que las mociones se dirigen a la oficina de Uscis con jurisdicción sobre el tipo de beneficio en cuestión.
Cada apelación o moción debe presentarse en un Formulario I-290B separado para garantizar una gestión clara y efectiva. Si se presenta otra solicitud o petición para un beneficio migratorio junto con el Formulario I-290B, es necesario incluir una tarifa de presentación separada (o solicitar una exención de tarifa) para cada formulario adicional.
En la mayoría de los casos, una copia de la notificación de Uscis relacionada con la solicitud previa se acepta como evidencia. Es importante completar todas las secciones pertinentes del formulario y de no pasar por alto la firma del solicitante, aspectos cruciales para la validez y el procesamiento adecuado del recurso.