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¿Qué pasa cuando no se cumple un fallo de un tribunal de arbitramento laboral?

EL TIEMPO le explica en qué consiste este procedimiento y los pasos a seguir.

Día del trabajo

Día del trabajo Foto: Sergio Acero - EL TIEMPO

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Un tribunal de arbitramento laboral es un escenario al que se puede acudir en el marco de una negociación colectiva en el sector privado o para los trabajadores oficiales del sector público (los que todavía hay).
Los sindicatos pueden negociar con un empleador una convención colectiva de trabajo, mediante la presentación de un pliego de peticiones y una negociación. Pero, si no hay acuerdo, la ley permite crear esa figura del tribunal de arbitramento.
El abogado y docente de derecho laboral de la Universidad Central Octavio Rubio Rengifo le explicó a EL TIEMPO cómo funciona esta figura y qué se debe hacer cuando la decisión que tome ese tribunal no se cumpla.

¿Cómo funciona?

En primer lugar, Rubio explicó que el tribunal de arbitramento permite resolver el conflicto entre las partes ante la falta de acuerdo de la negociación.
"El tribunal de arbitramento laboral se conforma por una persona que es nombrada por el sindicato, una que es nombrada por el empleador y un tercero que puede ser nombrado, de común acuerdo por esas dos personas o bien por el Ministerio de Trabajo que lo saca de una lista de auxiliares", indicó.
Cuando se formaliza la condición de árbitros, mediante un acto istrativo del Ministerio de Trabajo, estos asumen la condición de jueces de la República para resolver esa situación exclusivamente.
"Los tres árbitros toman lo que no negociaron, lo analizan y, en equidad, tienen que resolver el tema y tomar una decisión sustentada", señaló el docente quien indicó que, a diferencia de los árbitros de las cámaras de comercio, en los laborales no se necesita tener condiciones específicas para serlo.

¿Qué efectos tiene la decisión?

La determinación que se tome llamada laudo arbitral, para las partes, se convierte en una convención colectiva de trabajo para los empleados. "Por ser un contrato, es de obligatorio cumplimiento", agregó.
Cuando se emite el laudo arbitral, las partes sólo pueden interponer un recurso de anulación. Si esto pasa, el laudo arbitral va a la Corte Suprema de Justicia para su revisión y allí se puede ratificar o modificar y tiene efectos inmediatos.

¿Qué pasa si no se cumple?

Si una vez la decisión del laudo arbitral está en firme y este no se cumple, el sindicato tiene la posibilidad de interponer una querella por incumplimiento a la convención colectiva de trabajo que se radica ante el Ministerio de Trabajo.
El profesor Rubio señaló que, igualmente, los trabajadores o el mismo sindicato, pueden radicar una demanda ordinaria ante la justicia laboral por el incumplimiento de esa convención colectiva que, como se indicó, es un contrato.
Además, si se considera que hay una violación a un derecho fundamental, los trabajadores también pueden interponer una tutela.

¿Es sólo para sindicatos?

El abogado Rubio explicó que este mismo procedimiento también funciona cuando se hacen pactos colectivos.
"La diferencia entre la convención colectiva de trabajo y el pacto colectivo es que la primera se firma entre el empleador y un sindicato; y la segunda se puede suscribir entre el empleador y los trabajadores no sindicalizados", señaló.
Ahora bien, hay otra posibilidad para llegar a un tribunal de arbitramento laboral que está relacionada con las cláusulas compromisorias que se pueden incluir en un contrato de trabajo de una persona en particular, ya no de un colectivo.
"Cuando se suscribe un contrato de trabajo, es posible que las partes acuerden esa cláusula que permite indicar que cualquier situación de interpretación del contrato de trabajo o posible incumplimiento de las obligaciones en el contrato, no se tramiten ante un juez sino que se resuelvan por un tribunal de arbitramento", explicó.
Rubio indicó que estas cláusulas son más usadas en contratos de ejecutivos o en casos en que una demanda laboral pueda ser onerosa por las mismas condiciones del contrato.

¿Es demorado?

En principio, el Ministerio de Trabajo tiene reglado todo este trámite (Decreto 017 de 2016) con términos precisos que deben cumplirse.
No obstante, en la realidad, estos no se cumplen y es un proceso largo, que puede incluso durar años, por fallas en general y en el Ministerio.
De hecho, el solo proceso de nombramiento y posesión de los árbitros puede durar hasta seis meses. Y el trámite, con los recursos que se pueden interponer, dura aún más.
@AlejaBonilla

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