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JEP expulsó a 3 exmilitares procesados por desaparecidos del Palacio de Justicia

Fueron 'reticentes' para esclarecer la verdad sobre desaparición y tortura en la retoma del Palacio.

El Palacio de Justicia durante la toma de 1985.

El Palacio de Justicia durante la toma de 1985. Foto: Archivo El Tiempo

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Los militares en retiro Óscar William Vásquez Rodríguez, Gustavo Arévalo Moreno y Bernardo Alfonso Garzón Garzón tendrán que seguirle respondiendo a la justicia ordinaria por los desaparecidos durante la toma y retoma del Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985, luego de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) les cerró la puerta por ese caso.
En una decisión de 44 páginas, la Subsala Especial F de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP consideró que los ex uniformados no pueden tener cabida en la justicia transicional por este caso por su reticencia para esclarecer la verdad.
Sargento viceprimero (r) Bernardo Alfonso Garzón Garzón en audiencia de aporte único a la verdad de la JEP.

Sargento viceprimero (r) Bernardo Alfonso Garzón Garzón en audiencia de aporte único a la verdad de la JEP. Foto:Captura de pantalla

Es de recordar que el mayor (r) Vásquez Rodríguez, quien para la época era el capitán del Batallón Guardia Presidencial, agregado al B-2 de la Décimo Tercera Brigada del Ejército, tiene una condena de 40 años de cárcel, confirmada en 2021 por el Tribunal Superior de Bogotá, y a comienzos de este mes de julio el juzgado 49 Penal del Circuito de Bogotá ordenó su captura.
Por su parte, el sargento mayor (r) Arévalo Moreno y el sargento viceprimero (r) Garzón Garzón, quienes eran suboficiales del Batallón de Inteligencia y Contrainteligencia ‘General Ricardo Charry Solano’, son investigados por la Fiscalía por tortura agravada durante la toma y retoma del Palacio, en 1985.
Su sometimiento había sido aceptado por la JEP en enero de 2022, que les pidió que presentaran un compromiso claro, concreto y programado (CC) de aportes a la verdad. Pero por su sistemática y renuente actitud para cumplir el régimen de condicionalidad y aportar verdad plena, el 3 de agosto de 2022 la Sección de Apelaciones de la JEP revocó su sometimiento y condicionó su a la JEP a que hicieran aportes tempranos, efectivos y relevantes a la verdad plena en un audiencia pública y dialógica con la participación de las víctimas.
Esa audiencia se cumplió en mayo de este año y en ella tanto las víctimas como la Procuraduría pidieron expulsarlos.

Tuvieron un 'comportamiento negativo' para aportar verdad

Sargento mayor (r) Gustavo Arévalo Moreno en audiencia de la JEP.

Sargento mayor (r) Gustavo Arévalo Moreno en audiencia de la JEP. Foto:JEP

La JEP recordó que en esta diligencia se esperaba que detallaran sobre su propia participación y la de otros agentes del Estado; las órdenes recibidas por sus superiores jerárquicos y las impartidas a sus subalternos; las instrucciones que ejecutaron o no, y su motivación; los lineamientos o determinaciones con las que no estuvieron de acuerdo pero callaron, entre otras cosas.
No obstante, Vásquez Rodríguez ni siquiera asistió, al decir que no quería ir porque no tenía “ninguna contribución que hacer más allá de lo ya preceptuado por la justicia ordinaria”.
Además, Arévalo Moreno y Garzón Garzón “no hicieron contribuciones extraordinarias para el esclarecimiento de la verdad, diferentes a lo que hasta el momento se conoce a través de las actuaciones de la justicia penal ordinaria; (...) ambos acudieron a la diligencia con el propósito de demostrar su inocencia en perjuicio de la prerrogativa de las víctimas de acceder a la verdad plena”, dice la resolución de la JEP.
La Sala consideró que ambos suboficiales, con sus respuestas, impidieron la construcción de la verdad y mostraron su desinterés de colaborar con el Sistema y los objetivos de la justicia transicional.
“La Subsala de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, a la luz de lo anterior, no puede tolerar la reticencia a esclarecer la verdad. A pesar de haberse concedido otra oportunidad para que los aspirantes en comparecer rectificaran sus deberes con el Sistema, el comportamiento negativo de brindar aportes plenos a la verdad aún permanece", se lee en la resolución.
El documento añade en ese sentido que "darles entrada a la JEP equivaldría a aceptar conductas desobligantes con las víctimas y a retardar el a la verdad y la reparación a la que podrían acceder las víctimas con el retorno de los procesos de los interesados a la justicia ordinaria”.
Darles entrada a la JEP equivaldría a aceptar conductas desobligantes con las víctimas y a retardar el a la verdad: SDSJ
Por ese motivo, por la petición de las víctimas, la Procuraduría, y tras contrastar la actitud renuente de los exmilitares, Subsala F de la SDSJ negó definitivamente el sometimiento a la JEP de los uniformados.
Eso sí, la Subsala aclaró que su decisión opera respecto de los casos adelantados por delitos cometidos en la toma y retoma del Palacio de Justicia, pero dijo que si ellos tienen otras actuaciones transicionales ante la JEP, deberán continuar compareciendo.
En Twitter: @JusticiaET

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