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¿Qué es la asistencia militar que se aplicará en 8 departamentos?

El Ejército ya se empezó a desplegar en la capital Vallecaucana.

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Tras el anuncio del presidente Iván Duque el Ejército se empezó a desplegar en Cali en donde, por cuenta de la difícil situación de orden público, prestará asistencia a la Policía.
El 1 de mayo el presidente Duque había hablado por primera vez de la salida de los militares a las calles para reforzar la seguridad en las ciudades donde ha habido más incidentes de vandalismo.
En Bogotá la figura se aplicó el 5 de mayo solo para fortalecer la seguridad en la Unidades de Reacción Inmediata (URI) de la Fiscalía y Estaciones de Policía, en las que había personas privadas de la libertad. Esto se dio por petición de la alcaldesa Claudia López ante la situación de vandalismo que se registraba en la ciudad.
 
Lo primero que hay que decir es que, si bien la asistencia militar está consagrada en el Artículo 170 de la Ley 1801 y se retoma en la Política Marco de Convivencia y Seguridad Ciudadana, solo puede usarse en situaciones excepcionales y de manera temporal.
Los militares no están autorizados en términos convencionales ni legales a intervenir en las manifestaciones o su disolución, tampoco a realizar requisas ni capturas
Se trata de una medida, en la que, ante “hechos de grave alteración de la seguridad y la convivencia, riesgo o peligro inminente", los militares acompañan a los agentes de Policía en sus operativos y acciones.
El comandante de las Fuerzas Militares, general Luis Fernando Navarro señaló que los uniformados pueden apoyar a la policía en la protección de servicios esenciales, proteger infraestructura y la propiedad privada en riesgo, entre otros.
"Esta figura busca salvar vida", dijo en su momento al explicar que los militares no sobrepasan las funciones de la Policía, sino que los apoyan para que puedan cumplir con su misión constitucional.
Añadió que por ejemplo pueden apoyar en la protección de sitios como aeropuertos y puertos.
Jairo Libreros, profesor de Seguridad Ciudadana y Defensa Nacional de la Universidad Externado–, dijo que esa figura debe restringirse a un acompañamiento, pues "los militares no están autorizados en términos convencionales ni legales a intervenir en las manifestaciones o su disolución, tampoco a realizar requisas ni capturas". En pocas palabras, dice el experto: "Todo lo que hagan diferente a mirar el trabajo de la policía es una violación".
"Las Fuerzas Militares existen para defender la seguridad y la soberanía en un nivel más allá de los conflictos entre ciudadanía. Están entrenados para el uso letal de la fuerza, entendiendo ciertas amenazas y contextos, que no entran en la dinámica urbana. En cambio, la Policía está pensada para disuadir y controlar factores de seguridad y convivencia en esos entornos", explica Isaac Morales, investigador de la Fundación Paz y Reconciliación y coordinador de la línea de Seguridad Urbana y Crimen Organizado.
Para el profesor Javier Rincón, director del Observatorio de Derecho Militar de la U. Javeriana, la medida de asistencia militar "es pertinente, no a nivel nacional, pero sí en algunas ciudades donde la capacidad de la Policía está siendo desbordada y se puede dar este apoyo de manera temporal para controlar algunas situaciones".
JUSTICIA
@JusticiaET

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