Poco después de la madrugada del 23 de enero de 1994, hombres armados irrumpieron en una verbena en el barrio Obrero de la invasión de La Chinita, en Apartadó (Antioquia), y asesinaron a 35 personas.
La responsabilidad del hecho, del que poca verdad se ha conocido, fue aceptada por las Farc. Pero, paradojicamente, la justicia resultó enviando a la cárcel a varias personas que no tenían relación con la guerrilla ni con la masacre, y que pasaron más de 11 años en prisión injustamente. Esto, de acuerdo con un documento conocido en exclusiva por EL TIEMPO, le mereció una condena a la Nación, la Fiscalía y la Rama Judicial de parte del Consejo de Estado.
Tras más de 25 años del proceso judicial contra estas personas, en un fallo de 108 páginas la Sala de lo Contencioso istrativo de ese alto tribunal declaró istrativamente responsable a los tres condenados por la privación injusta de la libertad de 10 personas, la mayoría líderes sindicales o de la Unión Patriótica, a quienes señalaron y sentenciaron como responsables de la masacre de La Chinita.
Se trata de Francisco Eluber Calvo Sánchez, Luis Enrique Ruiz Arango, Yomar Enrique Hernández Pineda, Elizabeth López Tobón, Gonzalo de Jesús Peláez Castañeda, Luis Aníbal Sánchez Echavarría, Franklin Rivas de Diego, Alberto Villada Trujillo, Gustavo Manuel Arcia y Alcira Rosa Quiroz Hinestroza.
Además, el Consejo de Estado le ordenó a la Nación, la Fiscalía y la Rama Judicial "que, en un mismo acto protocolario, pidan una disculpa pública a nombre del Estado colombiano frente a cada víctima directa del daño, en el sentido de precisar que ninguna de ellas participó de los hechos de la masacre".´
La Sala, se lee en el documento, "estima que el daño padecido por los demandantes es evidentemente antijurídico, dado que la privación de la libertad –por más de diez años– es atribuible, a título de falla en el servicio, a la Fiscalía General de la Nación y a la Rama Judicial, dado que fue consecuencia de una mala investigación, seguida de una indebida acusación y continuada de una equivocada condena en ambas instancias".
También aseguró el alto tribunal que el proceso seguido en contra de esas 10 personas capturadas injustamente "estuvo plagado de irregularidades que afectaron su defensa técnica, sin imparcialidad, en abierta oposición a los postulados que rigen el debido proceso", toda vez que el derecho de defensa, con el propósito de “mostrar resultados”, procesaron y condenaron a personas inocentes.
Abogado de las víctimas pedirá correcciones en el fallo
Sin embargo, para Ramiro Orjuela Aguilar, abogado del Colectivo Orlando Fals Borda y representante de algunos de los detenidos, la decisión del Contencioso istrativo, "si bien tiene partes positivas, también contempla otras muy regresivas y contrarias a la jurisprudencia".
El principal reparo para el abogado tiene que ver con que "el Consejo de Estado no les reconoce los perjuicios materiales, sino morales, a los afectados". Según señala Orjuela, "es un falso argumento decir que estas personas no trabajaban, o que si lo hacían no se demostró cuánto ganaban. Además de todo esto, muchos de ellos fueron desplazados por estos hechos".
Según resolvió la Sala, tras declarar responsable al ente acusador por privar injustamente de la libertad a estas personas, los condenados deben indemnizarlas con entre 150 y 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y a sus familias con 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Fuentes cercanas al proceso le aseguraron a EL TIEMPO que las condenas que se hicieron en los años posteriores a la masacre estuvieron relacionadas con el exterminio de la Unión Patriótica. De hecho, alcaldes de la región que pertenecían a esa organización política resultaron en la cárcel, y varios militantes fueron víctimas de desplazamientos, persecuciones y asesinatos selectivos.
También hay procesos en JEP y CIDH
Aunque en el proceso por enviar injustamente a la cárcel a estas personas ya había intervenido la Corte Suprema de Justicia, que las absolvió, el reciente fallo del Consejo de Estado marca un precedente en el laberinto judicial que existe sobre la masacre de La Chinita.
De hecho, en este momento el hecho está siendo investigado en el marco del macrocaso 04 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que prioriza la situación territorial de la región del Urabá. Sin embargo, por la competencia de esta transicional, lo que se persigue no es establecer el papel del Estado en la masacre, sino la responsabilidad penal de los máximos responsables, que serían los exguerrilleros del Quinto Frente de las Farc.
Del caso de La Chinita, además, fue itida para estudio una denuncia presentada por las víctimas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la que se plantea que existió responsabilidad del Estado en la masacre, que cumplió 27 años el pasado 23 de enero y sobre la cual todavía reina la falta de certezas y la impunidad.
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