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La tragedia que vive una mujer que por error ha sido capturada cuatro veces
Una juez de Bogotá ordenó a la Policía e Interpol desaparecer la orden de captura.
La mujer se entregó a las autoridades un día después de lo sucedido. Foto: 123rf
"En la mayoría de las empresas que me postulo me rechazan por mis antecedentes judiciales", dice Marisol Vanegas, una mujer bogotana quien ha sido detenida por la Fuerza Pública en cuatro ocasiones a causa de una orden de captura que reposa en los datos de la Policía e Interpol por una presunta denuncia que tiene en su contra por lesiones personales del 2002.
Más allá de una orden judicial emitida hace más de 20 años, los problemas de la mujer se extienden a que no puede caminar por tranquilidad por la calle, no tener un trabajo estable y no tener una buena calidad de vida para ella y su familia.
El 29 de noviembre de este año el Juzgado Quinto Penal de Bogotá falló a favor de la tutela radicada por Marisol Vanegas, por la presunta vulneración al derecho fundamental de habeas data, dignidad humana y debido proceso.
Si bien el órgano judicial le ordenó a la Policía Nacional - Dirección de Investigación Criminal- Interpol "que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación, realice el ocultamiento de la orden de captura expedida el 10 de enero de 2002 por el Juzgado Tercero Penal Municipal de Barranquilla en contra de la señora Marisol Vanegas", hasta la publicación de esta nota, la orden se ha hecho efectiva.
En consecuencia, presentaremos "una demanda de reparación directa por privación injusta de libertad, utilización defectuosa de la información y el funcionamiento defectuoso de la actividad policial", dijo Óscar Diego Moreno Rosso, el abogado que lleva su caso.
JUsticia Foto:iStock
El viacrusis de la mujer
En 2009 salió de su casa en bicicleta para buscar trabajo en Bogotá sin saber que ese día iniciaría un interminable y tortuoso pleito con la justicia colombiana.
Luego de entregar la hoja de vida a una empresa, el camino de Marisol Vanegas se vio interrumpido por un integrante del Ejército quien le pidió la cédula para un registro.
"Cuando verificaron en el sistema, me dijeron que estaba detenida y me llevaron a una estación de Policía en Bosa. En la patrulla solo lloraba porque no me dijeron las razones ni una explicación y no sabía que iba a pasar", dijo Marisol sobre ese angustioso momento en el que no pudo llamar a ningún familiar en Bogotá porque vivía sola.
En la estación, lugar donde estuvo detenida por 36 horas, un uniformado le manifestó: "en datos de la Policía Nacional se encuentra vigente una orden de captura expedida por el Juzgado Tercero Municipal de Barranquilla del 10 de enero de 2002, por el delito de lesiones personales, tiene que ir a esa ciudad a solucionar".
Requisa de la Policía. Foto:Jaime Moreno.
Sin embargo, en 2009 no contaba con el dinero para viajar a la capital del Atlántico y dejó el tema quieto. A pesar de que en la mayoría de las empresas a las que se postuló, le pedían el certificado de antecedentes judiciales y por el presunto delito que, según ella, nunca fue notificada ni ha ido a ninguna audiencia, no la contrataban.
"En empresas de aseo, almacenes de calzado o ropa, a las que me he postulado, me han negado la entrada por mis antecedentes. Me he visto obligada a trabajar en restaurantes, panaderías, aseando casas o en lugares que me pagan al día", dice Marisol quien hoy se dedica a prestar el servicio de aseo de un apartamento en Bogotá.
Siete años después de su primera detención, la Policía la capturó cuando salía de un trabajo y se dirigía hacia la estación de Transmilenio Recinto Ferial. Estuvo en una estación en Puente Aranda por tres horas. Luego en febrero de 2022 fue detenida en el mismo lugar cuando caminaba con su jefe y el 15 de marzo de este año fue el último evento en el que las autoridades la detuvieron en una estación.
La decisión judicial
La impotencia de no recibir una solución ante la presentación de múltiples derechos de petición a la Fiscalía, Policía y al Centro de Servicios Judiciales Sistema Penal Acusatorio de Barranquilla y otras entidades, llevó a presentar una tutela por la presunta vulneración al derecho fundamental de habeas data, dignidad humana y debido proceso.
"Ella siempre ha estado en Bogotá. Verificamos y no tiene ninguna investigación en su contra y nunca recibió una notificación para asistir a una audiencia", dijo su abogado.
En la sentencia, a la que tuvo EL TIEMPO, se verificó que entre la presunta orden de captura, la cual data el 10 de enero de 2002 y la acción constitucional, presentada el 15 de noviembre de 2023, ha transcurrido un término mayor de 21 años y 10 meses.
"Acorde con el artículo 298 del Código Adjetivo Penal consagra que esta limitación tiene un término o duración expresa e inequívoca de 1 año, lo que, sin necesidad de mayor elucubración, también otorga la inferencia sobre el carácter legal del inicio y el fenecimiento de su vigencia", se lee en el documento.
En este orden de ideas, la decisión judicial, basada en la falta de evidencia y comunicación de las autoridades judiciales pertinentes, destaca que la Policía Nacional tiene la responsabilidad de garantizar el derecho fundamental al habeas data de la demandante.
La mujer demandó a sus hijos de 40 y 42 años. Foto:iStock
El Centro de Servicios Judiciales SPOA de Barranquilla señaló que la base de datos no reflejaba ninguna orden de captura, mientras que el Juzgado Tercero Penal Municipal de Garantías de Barranquilla indicó que sus procesos relacionados con la demandante habían sido remitidos correctamente.
Según la sentencia, la Fiscalía el 9 de noviembre de 2023 dijo que , luego de consultar
las bases de datos SPOA y SIJUF Nacional, a nombre de la señora Marisol Vanegas no aparecen registros de vinculación a procesos penales, no obstante, le indican que de
conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 4057 de 2011, la obligación de
llevar los registros delictivos y expedir certificados judiciales en materia penal le
Por su parte, la Policía Nacional mediante oficio emitido el 11 de noviembre de 2023, le indicó que el Juzgado 3 Penal Municipal de Barranquilla emitió el 10 de enero de 2002 orden de captura en su contra por el delito de lesiones personales.
A pesar de los esfuerzos de la actora y el despacho, ninguna autoridad judicial brindó información válida sobre el estado actual del supuesto proceso penal en su contra.
En vista de la falta de claridad y la duración excesiva de la orden de captura, la Judicatura concluyó que la Policía Nacional es la responsable de garantizar el derecho fundamental de la mujer.
"En consecuencia, se ordena a la Policía Nacional - Dirección de Investigación Criminal - INTERPOL que, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde la notificación, cancele la orden de captura, permitiendo su consulta solo por instituciones públicas con interés constitucional y legal. Esta decisión representa un paso crucial para restaurar los derechos de la señora Marisol Vanegas, cuya libertad y debido proceso se vieron vulnerados durante más de dos décadas", se lee en la sentencia.