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Las duras advertencias del Tribunal de Bogotá contra la jueza del caso del expresidente Álvaro Uribe: pudo haber provocado la nulidad del proceso y del juicio

En la mañana de este miércoles el Tribunal Superior de Bogotá aseguró que la actitud de la juez 44 penal del circuito con función de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, por poco provoca la nulidad del proceso en contra del expresidente. 

El expresidente Alvaro Uribe llega a la sede de su partido hoy 23 de noviembre del 2023 para realizar una rueda de prensa sobre diferentes temas después de su encuentro con el presidente Gustavo Petro en el día de ayer . Foto @mauriciomorenofoto /MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO

El Tribunal Superior de Bogotá consideró que la actitud de la juez Sandra Liliana Heredia pudo haber provocado la nulidad del juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Foto @mauriciomorenofoto /MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO Foto: MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO

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En la mañana de este miércoles el Tribunal Superior de Bogotá concedió una tutela que presentó la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez ordenándole a la jueza que lidera el proceso en su contra, por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, que le permita la enunciación y el descubrimiento de las pruebas que Uribe llevará al juicio que próximamente afrontará.
El fallo advierte que la negativa de la jueza 44 penal del circuito con función de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, de conceder un plazo de siete días para que la defensa de Uribe pudiera culminar un estudio forense de las pruebas extraídas del computador y del celular del considerado testigo estrella en su contra Juan Guillermo Monsalve, y su negativa de tramitar un recurso de nulidad que fue presentado por la defensa del expresidente contra dicha decisión, por poco provoca la nulidad del proceso penal en su contra.
"La juez consideró que dejaría plantear, a la defensa, la nulidad al final de la audiencia preparatoria -es decir, cuando la oportunidad para el descubrimiento probatorio ya hubiera precluido- y que adoptaría la decisión, al respecto, en la sentencia. Para la sala, eso atenta contra los principios mencionados de eficacia y economía procesal- ya que, de prosperar la causal, por situaciones que debieron decantarse en la mencionada diligencia, se anularía toda la actuación, incluido el juicio", dice el fallo con ponencia del magistrado Jaime Andrés Velasco.
"La juez pudo permitirle al defensor sustentar la nulidad y adoptar la decisión que correspondiera mediante un auto susceptible de recursos; eso hubiera evitado la acción de tutela que ocupa la atención de la sala", agrega la decisión.
tribunal, tutela uribe

Álvaro Uribe y la tutela concedida por el Tribunal Superior de Bogotá Foto:Archivo particular

Para el Tribunal, el plazo adicional que pedía la defensa de Uribe para culminar el estudio forense de la copia espejo del celular y el computador de Monsalve, no dilataría el juicio, como sostuvo la jueza.
"Pasar desapercibida la situación ocurrida, por no conceder un plazo adicional al defensor para que analizara las evidencias, cuando eso ni siquiera conllevaba alterar las fechas ya programadas de la audiencia preparatoria, podría acarrear una nulidad que afectaría no solo a la parte acusada, sino a las víctimas y a la istración de justicia. Por eso, la necesidad de adoptar medidas que garanticen los derechos y garantías de todas las partes e intervinientes y evitar incurrir en vicios que pueda invalidar la actuación", dice el fallo.
"Para la sala, la limitación en que se incurrió en este caso, no resultó proporcional ni razonable, atendiendo que la consecuencia de no suspender la audiencia para garantizar el derecho a la defensa y contradicción del procesado, implicó que aquel no descubriera pruebas", agrega la decisión.
En caso de que este fallo de tutela sea impugnado, será resuelto en otra instancia por la Corte Suprema de Justicia.  

El Tribunal Superior de Bogotá señala errores en la actitud de la jueza Sandra Liliana Heredia

Sandra Liliana Heredia Aranda, jueza del caso Uribe.

Sandra Liliana Heredia Aranda, jueza del caso Uribe. Foto:Archivo particular

La defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez presentó una acción de tutela el pasado 3 de octubre cuestionando que la jueza Heredia les negara la oportunidad de ejercer su descubrimiento probatorio.
Aunque la jueza asegura que fue la misma defensa de Uribe la que renunció explícitamente a ejercer el descubrimiento, el fallo del Tribunal Superior de Bogotá asegura que la juez Heredia fue la que negó dicha garantía al impedirles un plazo adicional para conocer la totalidad del material probatorio extraído de la copia espejo del celular y del computador del testigo Juan Guillermo Monsalve.
"El apoderado judicial del accionante expuso que esa era la intención; es decir, cómo se le podía exigir que descubriera unas pruebas cuyo contenido no conocía porque no tuvo a ellas de manera completa y directa, sino hasta el 30 de septiembre de 2024. Cómo se le podía exigir, con base en el principio de buena fe, que descubriera los elementos con base en la copia espejo que le entregó su acusador, cuando, entre otras cosas, lo que quiso fue cerciorarse de que las imágenes forenses originales coincidieran con lo entregado por la fiscalía", dice el fallo.
"La decisión de la juez de continuar la audiencia preparatoria y dar por sentado que el defensor no quiso descubrir pruebas, pese a la explicación de la defensa técnica y material al respecto, no resultó ajustada al debido proceso probatorio y, con ella, cercenó lo dispuesto en el mencionado artículo 8° del C de PP", agrega la decisión.
De acuerdo con el fallo, la jueza no podía limitar el plazo razonable en el proceso penal contra el expresidente Uribe bajo suposiciones, como por ejemplo, "que la copia espejo era idéntica al contenido de la fuente original".
La Procuraduría General de la Nación, a través del delegado Bladimir Cuadros, fue la única autoridad en respaldar la petición elevada por el expresidente. 

Tribunal se pronunció sobre la alerta por la próxima prescripción del proceso en contra del expresidente Álvaro Uribe

Granados / Uribe

Granados / Uribe Foto:Archivo

El fallo del Tribunal también se pronunció sobre la próxima prescripción del proceso, prevista para octubre del año 2025. "Es cierto que en este caso están en pugna los derechos de defensa y contradicción del accionante con el principio de celeridad, ante una posible prescripción; sin embargo, so pretexto de agilizar el trámite no se pueden desconocer derechos o garantías fundamentales del procesado", indicó.
El expresidente Uribe Vélez se encuentra ad portas de un juicio por, presuntamente, haber enviado emisarios a algunas cárceles del país para provocar una retractación, mediante dádivas, de paramilitares que habían declarado en su contra y en contra de su hermano Santiago Uribe.
ANA MARÍA CUESTA

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