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Contraloría da línea en contratos públicos que se hagan por pandemia

Entes públicos deben reportar los contratos que se hagan en calidad de urgencia manifiesta.

Foto: Mauricio Moreno. EL TIEMPO

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Hace dos semanas, el Consejo Superior de la Judicatura publicó un acuerdo por medio del cual declaró la urgencia manifiesta con el fin de poder contratar de forma directa y así adquirir jabón, toallas de papel, tapabocas, gel, alcohol y otros insumos para prevenir el contagio del nuevo coronavirus entre funcionarios, empleados y s de la Rama Judicial.
Y este miércoles el municipio de Albán, en Cundinamarca, celebró un contrato por 24,5 millones de pesos para adquirir kits de alimentos y mitigar los efectos generados en las familias vulnerables por las medidas de contención del coronavirus. Lo mismo hizo el municipio del Carmen de Atrato, en Chocó, con un contrato de 24,3 millones de pesos para suministrar alimentos a comunidades vulnerables.
Estos son algunos de los contratos que se han hecho públicos o han sido reportados en el portal Colombia Compra Eficiente y con los que instituciones públicas han tomado acciones por la pandemia.
Con el fin de controlar la contratación que se está haciendo de urgencia por estos días, la Contraloría General publicó una circular en la que da una orientación sobre cómo se deben usar los recursos y desarrollar las acciones.
Este control busca impedir que dineros que deben usarse para prevenir y mitigar la propagación del virus terminen desviándose o malgastándose, justo en tiempos en los que, además de la sanidad, también preocupan las finanzas públicas y privadas.
Lo primero que dice la Contraloría es que todos los ordenadores del gasto deben reportarle cuáles son los planes de emergencia que están ejecutando y discriminar los recursos y las fuentes que usaron.
Asimismo, deben reportarle los contratos suscritos en el marco del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC) con empresas sociales del Estado.
Los entes públicos –a los que la Contraloría les recomienda declarar la urgencia manifiesta para los contratos relacionados con la pandemia– deberán reportarle a este organismo en su página web cuando declaren esa figura y entregarle los actos istrativos, contratos y otras actuaciones que realicen con dicha urgencia.
Algunas de las recomendaciones que hizo la Contraloría a los ordenadores del gasto es que verifiquen que los hechos y circunstancias que pretenden atender en sus contratos se relacionen directamente con la calamidad pública o mitigación de la covid-19.
También deben confrontar cómo sería si contrataran los mismos elementos por el procedimiento ordinario y dejar clara la necesidad de la inmediatez.
El ente de control también dijo que aunque para estos contratos de urgencia manifiesta no se requiere de estudios previos ni de un contrato por escrito, los entes públicos deben determinar la idoneidad de a quién contratan y verificar que los precios se ajusten a los del mercado.
También deben designar un supervisor del contrato, y dejar claro el objeto, el plazo, el valor, las obligaciones y la habilidad del contratista, así como la forma de pago.
JUSTICIA

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