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Proponen rebaja de hasta el 83 % de pena para quienes acepten cargos
El proyecto de ley recibió el visto bueno del Consejo de Política Criminal.
En las cárceles hay hoy menos de 20.000 sindicados y condenados por delitos sexuales. Foto: Jaime Moreno. Archivo EL TIEMPO
Una nueva iniciativa, que podría darles más beneficios a delincuentes si aceptan cargos, recibió luz verde del organismo asesor del Gobierno en materia de política criminal, el Consejo Superior de Política Criminal, que debe revisar y generar conceptos –no vinculantes– de todos los proyectos que versen sobre esta materia.
Se trata del proyecto de ley 215 de la Cámara de Representantes, que crea en el Código Penal un mecanismo de negociación que, por allanamiento a cargos, busca permitir que la pena de prisión sea de máximo una sexta parte de la establecida, es decir, de un 16,6 por ciento por lo cual la rebaja sería del 83,4 por ciento. En la actualidad, la máxima rebaja de pena por aceptación es de la mitad de la pena, según el artículo 351 del Código Penal.
La iniciativa, que ya tuvo dos debates en la Cámara de Representantes y fue enviada al Senado, precisa que la negociación solo procede cuando el indiciado, en audiencia de formulación de imputación, acepta su responsabilidad, además establece requisitos como no tener antecedentes para acceder al beneficio, que no aplica para todos los delitos.
Además, para que este mecanismo proceda, la víctima del delito debe aceptar el acuerdo y si se usa la negociación, no procederán subrogados judiciales o istrativos –salvo aquellos por colaboración judicial–, es decir, se deberá pagar toda la pena impuesta.
Otra de sus novedades es que establece un sistema de tres strikes. La primera vez que alguien se acoge, la pena sería de máximo una sexta parte de lo normal; si la persona reincide, la condena oscilaría entre una sexta parte y una cuarta parte, y si por tercera vez la persona infringe la ley, no podrá acceder al beneficio y se expondrá a la pena completa del Código Penal.
Asimismo, el proyecto crea en el ordenamiento jurídico colombiano la figura de la fianza y dice que el monto máximo será de 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Ese dinero será para asegurar el cumplimiento de las obligaciones pactadas con la víctima, y, si esto se cumple, los recursos serán destinados al mejoramiento de las URI y de los centros penitenciarios.
Respecto a la iniciativa, el Consejo de Política Criminal resaltó que, al contrario de muchas otras que han estudiado que buscan, sin ningún fundamento, aumentar penas y acrecientan el populismo punitivo, esta no solo permite una judicialización proporcional según la reincidencia, sino que busca determinar unos límites para la reparación de la víctima en materia penal, pues establece que el monto máximo de la indemnización que puede pedir la víctima podrá ser de hasta tres veces el valor del daño causado.
Sobre la limitación del beneficio solo a ciertos delitos, el organismo consideró que era razonable pues son los que más afectan la seguridad ciudadana (ver gráfico). Los delitos que pueden aplicar son ciertas lesiones personales (se excluyen los ataques con ácido), el hurto cuando la cuantía no excede 10 salarios mínimos mensuales, hurto calificado siempre que no se cometa con violencia sobre las personas y abigeato.
Además, el organismo resaltó el carácter restaurativo de las penas que se imponen, pues “se privilegia el resarcimiento del daño sufrido por la víctima a tal punto que, si no existe su aval, no es posible validar la negociación. El proyecto también prevé la imposición de sanciones restaurativas frente a la sociedad como colectivo”, se lee en el concepto.
Se privilegia el resarcimiento del daño sufrido por la víctima a tal punto que, si no existe su aval, no es posible validar la negociación
Pero, aunque el Consejo vio con buenos ojos la iniciativa, le hizo observaciones. Por ejemplo, para que se aclare cómo se armonizará esta negociación con lo que actualmente está en la ley, que establece los preacuerdos y negociaciones como método de terminación anticipada del proceso penal; y que sería bueno que para la elección de los delitos que aplican para el nuevo beneficio se cuente con un soporte empírico más abundante.