En la tarde de este miércoles se realizó la audiencia de imputación de cargos contra el reconocido cirujano Alan Albeiro González, y las médicas Ana Julieta Hernández Barrios y Valezca Adriana Mujica Rojas, tras estar señalados por la Fiscalía de homicidio culposo de la paciente Cecilia Peña Herrera en 2019.
Para el ente acusador, los tres imputados tendrían presunta responsabilidad en la muerte de esta paciente, que se realizó un procedimiento quirúrgico no invasivo de hidrolipoclasia incluso cuando se sabía del riesgo que este podría generar en la salud de ella, al tener una comorbilidad de la presencia de un trombo auricular cerca de su corazón.
En la audiencia de imputación de cargos, la fiscal Alexandra Obando expuso cómo se desarrollaron los hechos que presuntamente condujeron a la muerte de Cecilia Peña Herrera en abril de 2019.
Según la fiscal, pese a que el comportamiento de los indiciados no tiene una relación directa con el deceso, sí tenían responsabilidad de salvaguardar la integridad de la paciente al autorizar el procedimiento quirúrgico ignorando el diagnóstico médico realizado por un cardiólogo. Este profesional confirmaba que Peña tenía un trombo intrauricular izquierdo y que esto podría elevar el riesgo de que se viera afectada su salud paulatinamente.
Así mismo, el cardiólogo le recomendó iniciar un tratamiento anticoagulante para evitar la complicación del trombo existente y que se pudieran formar nuevas masas de este tipo.
El ente acusador añadió que el 6 de marzo de 2019, Herrera se dirigió al consultorio de González para ponerle en conocimiento su diagnóstico. El médico le advirtió que no era posible realizarle la inicial intervención quirúrgica -que iba a ser una liposucción-. Sin embargo, "le sugiere adelantar un procedimiento menos invasivo con el fin de buscar un resultado similar con relación a una cirugía consultada previamente", señaló.
"Con esta comorbilidad, el trombo podría llegar a moverse por el torrente sanguíneo y generar un taponamiento en un órgano vital", aseguró la fiscal.
Teniendo en cuenta la imputación de la fiscal, en el registro medico hay evidencia de una intervención adicional de la médica Ana Julieta Hernández barrios, en el que le sugiere también un manejo no quirúrgico.
Pese a ello, los expertos en salud habrían autorizado ese mismo día el inicio de la hidrolipoclasia con sesiones hasta el 17 de abril "sin realizarse una anticoagulación previa".
"Ellos tenían en conocimiento el riesgo que podría tener la paciente al no tomar el medicamento", añadió la fiscal.
El 17 de abril, Peña se habría dirigido nuevamente a la clínica, en donde se mostró inconforme con los resultados del tratamiento. "La doctora Valezca Rojas, quien es la que atiende a Peña, decide iniciar una infiltración con solución salina en su abdomen alto y bajo. Posterior a ese procedimiento, en la noche la paciente comienza a tener una mala condición de salud y su familia decide llevarla a la Fundación Santa Fe", agregó el ente acusador.
En el informe pericial realizado por Medicina Legal, según la Fiscalía, se logró establecer que una de las cusas de fallecimiento de Peña Herrera fue un trombo mesentérico que generó complicaciones entorno a su condición médica.
Por lo cual, la Fiscalía aseguró que se habría pasado por alto la necesidad de salvaguardar la vida de la paciente, y que se optó por adelantar un procedimiento médico no invasivo, que no era necesario, "desencadenando una serie de errores" y un aumento en los riesgos de la vida de Peña.
Por último, el ente acusador consideró "que los señores Alan Alberiro González, Ana Julieta Hernández Barrios y Valezca Adriana Mujica Rojas podrían llegar a responder por el delito de homicidio culposo", pudiendo enfrentar una condena, de dos a cuatro años de prisión y una multa de 20 a 100 salarios mínimos legales vigentes. Ante ello, ninguno de los procesados aceptó los cargos formulados por la Fiscalía.
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