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Confirman pena a juez que manipuló reparto de casos para favorecerlos

Francisco Javier Barbon deberá pagar 9 años de cárcel. Corte Suprema ordenó su captura.

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente.

López, de 38 años, compareció ante un juez federal de Brooklyn, en Nueva York y se declaró inocente. Foto: Rodolfo González / Archivo EL TIEMPO

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La Corte Suprema de Justicia confirmó en segunda instancia, y condenó por nuevos delitos a Francisco Javier Barbón López, juez 38 penal de control de garantías de Bogotá, quien hizo parte de un entramado para manipular el reparto de casos y vender sus decisiones.
En primera instancia Barbón había sido condenado solo por concierto para delinquir a 4 años y 7 meses de cárcel en 2017. Tanto la Fiscalía como la defensa del juez apelaron la decisión, por lo que el caso llegó a la Corte Suprema, que lo condenó también a 9 años de cárcel por prevaricato por acción agravado, en concurso con falsedad ideológica en documento público agravado. Por ello, ordenó revocarle la domiciliaria de la que gozaba desde hace 3 años y capturarlo para que cumpla su pena en prisión.
Los hechos ocurrieron por lo menos entre 2011 y 2013 en los juzgados de Paloquemao, en el Centro de Servicios Judiciales había corrupción entre empleados, abogados, particulares y jueces que alteraban el reparto de solicitudes de audiencias para ser direccionadas hacia determinados Juzgados de Control de Garantías  para lograr decisiones favorables en casos de libertad, revocatorias y lo relacionado con la legalización de capturas y medidas de aseguramiento.
Ese reparto alterado se hacía con "papelitos" que tenían escrito el número del proceso y el juzgado al que debían llevarle el expediente. Los papelitos se entregaban a un empleado encargado del reparto de las carpetas para que asignara el expediente al juez que estaba anotado.
En su apelación a la condena, el defensor del Barbón dijo que eran conductas episódicas o coyunturales y que la acusación de la Fiscalía fue solo por una condicta, pero para la Corte está claro que estas cosas ocurrieron varias veces y que se trató de "una verdadera estructura que se materializaba, hacia delitos concretos, cuando uno de sus ofrecía o recibía ofertas de dirección de procesos hacia los despachos que ya de antemano hacían parte del acuerdo de voluntades y, entonces, se sabía dispuestos a atender las solicitudes".
De otro lado, la Corte dijo que además del probado concierto para delinquir, el juez 38 también fue interviniente de falsedad ideológica en documento público pues  en el proceso para que a él le correspondiera un caso particular se falseó un acta de reparto para tratar de demostrar que la solicitud  de audiencia le había correspondido a su juzgado de forma transparente, es decir que el sistema aleatoriamente la había asignado, pero en realidad la audiencia fue dirigida directamente por el funcionario a cargo del reparto.
Esa audiencia era una de revocatoria de medida de aseguramiento de Jazmín Osorio, señalada de enriquecimiento ilícito con recursos de la salud en una IPS.
"Aunque no participó en la falsedad del acta de reparto (...) necesariamente conoció y participó en el amplio entramado que obligaba adelantar tareas previas de reparto en el centro de servicios, uno de cuyos casos, no el único, corresponde a la audiencia de revocatoria de la medida de aseguramiento a efectos de que fuera dirigida indebidamente a su despacho, en cumplimiento del acuerdo previo celebrado a efecto de que allí se resolviera en términos favorables al peticionario", destacó el alto tribuanal.
Y sobre el prevaricato por acción agravado, la Corte Suprema consideró que en su decisión de darle la libertad a la procesada Orozco, el juez 38 dijo que no existía inferencia razonable de participación en conductas completamente diferentes al enriquecimiento ilícito por el que era procesada la mujer.
Agregó que a pesar de que la Fiscalía y Procuraduría se opusieron a esa libertad, no obtuvieron ninguna consideración ni respuesta del juez.
"Francisco Javier Barbón López estaba determinado a adoptar una decisión favorable y acorde a los intereses de la defensa, así ello implicara quebrantar sus deberes como
funcionario judicial, de tal suerte que los medios probatorios presentados en apoyo de la solicitud eran simplemente la excusa para que en su amaño el juez profiriera la decisión transgresora del orden jurídico", se lee en el fallo que lo condenó por prevaricato.
JUSTICIA
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