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Uber seguirá funcionando en Colombia: Corte Suprema no respaldó argumentos de taxistas

Alta corte avaló decisión de tribunal de Bogotá que señaló que conductores demandaron a destiempo. 

La opción ‘Por tiempo’ funciona también bajo el modelo de demanda.

La opción ‘Por tiempo’ funciona también bajo el modelo de demanda. Foto: Uber

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Los taxistas perdieron la pelea contra Uber, y en última instancia la Corte Suprema no acogió los argumentos de los conductores, y ratificó una decisión del Tribunal de Bogotá que dio vía libre para que la plataforma siguiera operando en el país.
El falló del alto tribunal ratifica que los taxistas presentaron a destiempo una demanda emprendida contra la plataforma por competencia desleal.
En junio de 2020, el Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio que había llevado a la salida de Uber del mercado a finales de 2019.
El argumento del tribunal que llevó a decisión era que se había  vencido el plazo de dos años para que se avanzaran en los procesos por competencia desleal. Esta irregularidad habría iniciado en el 2012 y la demanda fue radicada el 21 de abril de 2016.
En la decisión de primera instancia, la Superintendencia había considerado que la competencia desleal era continuada y había permanecido en el tiempo; sin embargo, el Tribunal no dio crédito a ese argumento.
La Corte Suprema de Justicia adelanta 94 juicios contra congresistas, entre ellos los implicados por casos de corrupción en el alto tribunal y los del escándalo de Odebrecht.

La Corte Suprema de Justicia adelanta 94 juicios contra congresistas, entre ellos los implicados por casos de corrupción en el alto tribunal y los del escándalo de Odebrecht. Foto:Martín García / Archivo EL TIEMPO

Sobre esta decisión,  Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia resolvió un recurso de casación que elevaron los taxistas tras el fallo del Tribunal. 
“Resultan incomprensibles las razones por las que Cotech sostuvo que el ad quem transgredió el artículo 191 del Código General del Proceso, pues no se explicaron los motivos por los que la confesión acerca del momento en que conoció las actividades que originaron la demanda no fue expresa, pues el Tribunal extrajo esa prueba de la demanda y la declaración de parte de su representante legal”, señala la sentencia. 
En la demanda, se solicitó condenar a Uber Technologies Inc., y Uber Colombia por competencia desleal e inhabilitar esta plataforma, por haber infringido las normas que gobiernan el servicio público de transporte y por desviación de clientela.
A través de un comunicado la Corte señaló que las economías soportadas en plataformas que usan las TIC’s "traen desafíos en materia de derechos laborales, pago de impuestos, o recta y sana competencia", situaciones ante las cuales hizo un llamado a los jueces "para que tengan especial cuidado al evaluar eventuales reclamos en estas materias, considerando la complejidad técnica subyacente a la prestación de sus servicios y productos".
Aunque en el caso puntual de Cotech contra Uber, "la Corte encontró probada la prescripción" y no se refirió a los actos de competencia desleal.
Además, aprovechó la ocasión para advertir que "las economías colaborativas han cambiado profundamente la competencia económica, pues no solo se trata de nuevos actores que compiten mediante técnicas disruptivas con empresas tradicionales, sino que también hay competencia entre plataformas que acuden a otros modelos de negocio". 
En X: @JusticiaET

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