Justo cuando el Gobierno Nacional presentó una reforma que busca la humanización de las cárceles, eliminar algunos delitos y bajar a 40 años la pena máxima para los delitos en Colombia, la Corte Constitucional tomó una decisión clave al respecto.
Se trata de la modificación al artículo 37 del Código Penal que hizo el Congreso en la Ley 2197 de 2022, que decía que la pena máxima en el país sería de 60 años. Esa norma empezó a regir en enero de 2022 y quedó sin efectos el 9 de febrero de 2023 por decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Ahora la Corte dijo que ese aumento “vulnera el derecho a la dignidad humana” y recordó que ya en una sentencia dictada el año pasado se le indicó al Congreso que debe tener en cuenta para su desarrollo legislativo que en Colombia existe un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en materia penitenciaria.
Esa sentencia, la C-383 de 2022, dijo que esa exigencia asegura que la imposición y ejecución de la sanción no impliquen el desconocimiento de la dignidad humana , por lo que “el Legislador debe tener en cuenta que la jurisprudencia ha declarado que existe una violación masiva y generalizada de los derechos fundamentales de la población privada de la libertad perpetuada por el manejo histórico de la política criminal que desconoce su dignidad y les impide alcanzar el fin resocializador de la pena”.
De hecho, con esos argumentos la Corte tumbó en 2022 un incremento que se había aprobado en el Congreso para el delito de homicidio agravado en el artículo 27 de la Ley 2098 de 2021. Ahora, al estudiar una demanda contra la Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana, que defendió el Gobierno de Iván Duque, la Corte volvió a recordar que ese criterio no puede ser pasado por alto.
“El Legislador no valoró elementos empíricos que dieran cuenta de la proporcionalidad y razonabilidad del referido aumento de cara a prevenir la comisión y la reincidencia en el delito”, dijo en la decisión tomada con ponencia de la magistrada Paola Meneses y que es la sentencia C-014 de 2023.
“La Sala no encontró que en el debate democrático se haya tomado en consideración el marco de referencia que la jurisprudencia constitucional ha planteado frente al ECI en materia penitenciaria”, agregó.
Y, por eso, para no dejar un vacío normativo, la Corte “concluyó que lo más apropiado era retomar el tope previsto antes de la modificación introducida por la Ley 2197 de 2022” y dejó en 50 años el límite “máximo de la pena de prisión en Colombia”.
El gobierno quiere que la pena máxima sea de 40 años
En la reforma de humanización de cárceles que presentó el Ministerio de Justicia al Congreso la propuesta es que el tope máximo sea de 40 años de cárcel.
“El artículo 37 del Código Penal inicialmente preveía una pena máxima de 40 años en caso de delitos individuales, la cual se incrementó a 50 años con la Ley 890 de 2004 y subió nuevamente con la Ley 2197 de 2022 a un máximo de 60 años (que es la ley que se tumbó). A su turno, en el caso de los concursos, la pena máxima incrementó hasta un tope de 60 años con la reforma de la Ley 890 de 2004”, dice la exposición de motivos de la iniciativa.
Para el Gobierno, si bien estos incrementos se han justificado como medidas que buscan disuadir la comisión del delito, “se ha observado que no existe evidencia empírica que permita afirmar que tales incrementos punitivos han tenido un impacto en evitar la comisión de las conductas más graves”.
El ministro de Justicia, Néstor Osuna, dijo que esta decisión de la Corte Constitucional es una buena noticia para el proyecto que se presentó: “declaró la inexequibilidad de las penas de 60 años, una medida igual a una de las propuestas que contiene nuestro proyecto de ley, por ser excesiva, desproporcionada, si se piensa en la resocialización. El proyecto de ley va de la mano con las exigencias constitucionales y con la forma como se concibe la política penal y penitenciaria".
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