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Reconocen derechos a Lago de Tota y ordenan acciones para protegerla

Juzgado de Sogamoso tuteló los derechos a la vida, la salud, al agua y al medioambiente sano.

La laguna de Tota está rodeada por cultivos de cebolla, papa y arveja, también hay ganadería e infraestructura turística que la está deteriorando, dicen las autoridades ambientales.

La laguna de Tota está rodeada por cultivos de cebolla, papa y arveja, también hay ganadería e infraestructura turística que la está deteriorando, dicen las autoridades ambientales. Foto: César Melgarejo/ EL TIEMPO

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Gracias a una tutela de la Procuraduría, el Juzgado Primero Civil del Circuito Oral de Sogamoso, Boyacá, reconoció derechos a la Laguna Tota y dio varias órdenes para protegerlo y conservarlo. Hace solo unas semanas hubo preocupación en la región porque se halló contaminación con plomo en esta cuenca hídrica, aunque también se hallaron en el agua otros metales pesados.
La Laguna de Tota es considerada el ecosistema lagunar más grandes del país, con una superficie cercana a los 60 km cuadrados, lo que lo convierte también como el embalse de agua dulce más grande de Colombia.
En su tutela, la Procuraduría pedía que se protegieran los derechos fundamentales a la vida, la salud, el medioambiente sano y el agua potable de los habitantes de Sogamoso, Nobsa, Aquitania, Tota, Firavitoba, Iza y Cuitiva, en Boyacá, por considerar que se encontraban en riesgo al abastecerse de agua proveniente de la Laguna de Tota para su consumo diario, puesto que el 7 de octubre de 2020 la Fiscalía 40 Seccional Tunja, tras realizar pruebas, indicó que la presencia de plomo en la laguna superaba por encima de 95 los límites de tolerancia permitidos.
También señaló que había carencias istrativas que a lo largo del tiempo permitieron la vulneración de normas, y que se han incumplido fallos judiciales como una que ordenaba construir una planta de tratamiento de aguas residuales en Aquitania.
Para la Procuraduría, la laguna de Tota ha sido objeto de innumerables intervenciones humanas como el vertimiento de aguas residuales de origen doméstico e industrial, los monocultivos de cebolla que utilizan como abono para su producción gallinaza cruda, el desarrollo de actividades de ganadería intensiva, el cultivo de trucha arcoíris, la construcción de proyectos hoteleros en zona de ronda de la laguna, la destrucción de zonas litorales, lecho y vegetación acuática  y la exploración y explotación minera, entre otras.
"El impacto de tales actividades no solo ha generado la problemática de salubridad que es objeto de esta tutela, sino una de carácter social, económico y ambiental que ponen en riesgo y afectan la sostenibilidad de la cuenca del Laguna de Tota", dijo el órgano de control.
El descontrolado uso del suelo, las piscícolas con un niveles de contaminación, los vertimientos de desechos humanos, llegan directamente a la laguna.

El descontrolado uso del suelo, las piscícolas con un niveles de contaminación, los vertimientos de desechos humanos, llegan directamente a la laguna. Foto:César Melgarejo/ EL TIEMPO

La jueza también señaló que el la Laguna Tota hace parte de una cuenca con un área de 22.370 hectáreas que no solo tiene el carácter de humedal, sino que una parte está ubicada dentro del ecosistema de páramo, que es objeto de protección especial. Añadió que hoy, más que nunca, la protección del medioambiente es una prioridad.
Por eso, la jueza reconoció a la Laguna de Tota como sujeto de derechos que implican su protección, conservación y mantenimiento, teniendo en cuenta que al ser el cuerpo de agua dulce más grande del país, su relevancia se aumenta.
En ese orden de ideas, el juzgado dijo que era ineludible la construcción de las PTAR por parte de las alcaldías y les ordenó hacer las gestiones para su construcción en máximo 2 años desde la notificación del fallo.
Frente a los impactos de los cultivos que se hacen cerca de la laguna, el fallo señala que hay una contradicción entre los derechos de la laguna su conservación e integridad como ecosistema, el derecho fundamental del agua de las comunidades que se benefician de la laguna, así como de los derechos a la vida, a la salud a la integridad personal de dichos individuos, por una parte; y a los derechos al trabajo, a la libertad para escoger profesión u oficio, el mínimo vital y la seguridad alimentaria, por la otra.
Ante lo cual dijo que es necesario adoptar medidas para la protección efectiva de la naturaleza, las culturas y formas de vida asociadas a ella y la biodiversidad, y le ordenó al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) vigilar y controlar si los insumos (como la gallinaza) y las demás sustancias utilizadas como fertilizantes y fungicidas, se introducen a la cuenca de la laguna de forma biosegura.
Un campesino fumiga un cultivo de cebolla. Se sabe que estos químicos están llegando a la laguna de Tota.

Un campesino fumiga un cultivo de cebolla. Se sabe que estos químicos están llegando a la laguna de Tota. Foto:César Melgarejo/ EL TIEMPO

Sobre el cultivo de trucha arcoiris, se ordenó a Corpoboyacá y la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) establecer si en la cuenca de la Laguna de Tota personas o empresas se están dedicando al cultivo sin el cumplimiento de los requisitos y permisos necesarios. También les ordenó a esas entidades, como medida transitoria, suspender cualquier solicitud tendiente a obtener permiso de ocupación de cause para cultivo de Truchas en la Laguna de Tota y cualquier solicitud de permiso para desarrollar la truchicultura en la Laguna de Tota, sin importar la etapa en la que se encuentre.
Por último, sobre los impactos de la exploración y explotación minera, el juzgado sostuvo que para evitar un perjuicio irremediable se ordenaba a la Agencia Nacional de Hidrocarburos que como medida transitoria mantenga la suspensión del Contrato E&P Muisca, como mínimo hasta que se evalúe por parte de las autoridades competentes su impacto en la Laguna de Tota y su ecosistema.
"No queda duda de la existencia de un nexo causal entre la contaminación existente en la Laguna de Tota debido a las actividades antrópicas que en él se desarrollan y consecuencia del inminente riesgo de los derechos fundamentales a la vida, la salud y al agua de los habitantes de los municipios que se abastecen de esta fuente, así
como de los derechos de protección, conservación y restauración que tiene la propia laguna y los derechos ambientales de las generaciones futuras"
Ante la ineficiencia de esfuerzos por buscar soluciones en el pasado, la jueza dijo que el Ministerio de Ambiente debe dar el primer paso para buscar soluciones y alternativas que garanticen la conservación, restauración y manejo sostenible de
los recursos naturales, por lo que se le ordenó hacer el levantamiento y manejo de la información científica y técnica sobre el estado actual del ecosistema que involucra la Laguna de Tota y que, con ese documento se señalen las principales causas de contaminación.
Esto para poder adoptar con precisión las medidas idóneas para contrarrestar, prevenir y buscar soluciones para mitigar el impacto de metales pesados, no solo para prevenir daños en la salud humana sino en los demás seres vivos que hacen parte de este ecosistema.
JUSTICIA
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