La Fiscalía y la Procuraduría General le solicitaron a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificar la condena de cuatro años de prisión dictada al exmagistrado de la Corte Constitucional Rodrigo Escobar Gil por tráfico de influencias en relación con el caso de Fidupetrol, el mismo por el cual le fue dictada una condena de seis años de prisión al también exmagistrado Jorge Pretelt.
Escobar Gil fue abogado de Fidupetrol, compañía que había presentado una tutela en contra de una decisión judicial que había ordenado que pagara una millonaria multa. El caso estaba en la Corte en el despacho del magistrado Mauricio González quien asistió a un almuerzo con Escobar, organizado por Pretelt, en el que le comentó del caso a González del caso, haciendo una influencia indebida sobre el mismo y sin decirle que era abogado interesado.
En segunda instancia, el Tribunal Superior de Bogotá condenó a Escobar por haber aprovechado su condición de exintegrante de la Corte para sostener una reunión privada con el magistrado que tenía a cargo el caso que le interesaba. González dijo la justicia que no se sintió presionado por Escobar pero que su dicho sí lo llevó a centrar su atención en ese proceso.
González, en todo caso, falló la tutela en contra de los intereses de Fidupetrol y denunció penalmente a Jorge Pretelt por corrupción. Pretelt fue condenado por haber solicitado 500 millones de pesos al abogado titular de Fidupetrol Víctor Pacheco para interceder en el trámite de la tutela, hechos que el jurista niega.
La Fiscalía le dijo a la Corte Suprema que están acreditadas las condiciones para ratificar la condena a Escobar Gil: “el procesado derivaba un dinero considerable por el seguimiento que haría al proceso de tutela, en cuyo trámite cumplía como magistrado ponente Mauricio González, a quien hizo un acercamiento indebido que se concretó en un almuerzo por él convenido, prevalido de su condición de ex magistrado, esto es, de ex compañero del magistrado ponente, todo lo cual, analizado en conjunto, de manera integral, alcanzó el resultado pretendido”.
“En el caso juzgado esas relaciones de colegas permitieron al acusado hacerse a los oficios de un segundo magistrado y con ello logró que el ponente accediera a un almuerzo privado, comportamiento que en su conjunto estructura esos conceptos, porque, de no ser así, el ponente no hubiera accedido a ese encuentro y si en este se acudió a la conmiseración para que se fallara en favor para no perjudicar ahorros de ex trabajadores, se tiene que asiste la razón al Tribunal al concluir en la tipicidad y, por ende, en la responsabilidad”, dijo la Fiscalía en documento en poder de este diario.
La Fiscalía además dijo que los almuerzos entre magistrados y exmagistrados son usuales y que lo que importa en este caso es que la intención de Escobar fue la de intentar influir sobre el desarrollo y decisión de la tutela. A su turno, la Procuraduría hizo la misma petición, al señalar que el almuerzo no es un asunto que se deba minimizar sino, antes bien, resaltar.
“Denota que Rodrigo Escobar Gil premeditó dicho evento y justamente, prevalido de su condición de exmagistrado de la Corte y conocido del magistrado, expuso el asunto a su interlocutor y compañero de almuerzo. Lo anterior, a sabiendas igualmente que éste era el ponente del fallo y además, ahondo en detalles para sensibilizar e influenciar en éste”, dijo la Procuraduría en concepto conocido por EL TIEMPO.
Para el Ministerio Público, el comportamiento de Escobar Gil no solo fue indebido sino que “entraña una gravedad inusitada, pues el condenado con su conducta afectó el bien jurídico de la istración pública, así como los principios de la función istrativa”.
“Más aún, cuando en este caso específico, genera mayor reproche que prevalido de su condición de exmagistrado de una alta corte, y de quien se espera un mayor respeto por la ley y conducta sin tacha alguna, ejerciera indebidamente influencias sobre otros magistrados, -excompañeros suyos-, en particular sobre, quien se encontraba conociendo de la acción constitucional que le interesaba (Mauricio González) con el fin de obtener un beneficio económico”, dijo la entidad.
En este caso, el exmagistrado Rodrigo Escobar Gil y su defensa ha insistido en que es inocente, que no cometió delito alguno y que no intentó influir en González, así como que todo el caso en su contra se trata de un “montaje”. En primera instancia, había sido absuelto por un juzgado.
Magistrados se declararon impedidos
En el trámite en la Corte Suprema, los magistrados José Francisco Acuña, Luis Antonio Hernánez, Patricia Barbosa y Eungenio Fernández se declararon impedidos por haber hecho parte de la Sala ante la cual se realizó el juicio en contra de Pretetl. Y Hugo Quintero Bernate se declaró impedido porque fue apoderado de la Rama Judicial que fungió como víctima en ese proceso.
Una sala de conjueces aceptó el impedimento de Bernate por haber intevenido en el caso y negó el de los otros juristas. "No se encuentra que hayan emitido opinión, preconcepto, o anticipado juicio alguno que pueda comprometer su criterio frente a la estructuración de la conducta punible de tráfico de influencias de particular que se le imputa a Rodrigo Escobar", dijo la Sala.
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