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Expiden decreto que bajará congestión de tutelas en las cortes

La medida se aplicará a las tutelas que sean presentadas en el país a partir del 30 de noviembre.

El exmagistrado Enrique Gil es ministro de Justicia desde febrero de este año. Estudió derecho en la Universidad de Antioquia.

El exmagistrado Enrique Gil es ministro de Justicia desde febrero de este año. Estudió derecho en la Universidad de Antioquia. Foto: Claudia Rubio / EL TIEMPO

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El ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, expidió el decreto que modifica el reparto de las tutelas en el país con lo que el Gobierno aseguró que busca descongestionar la justicia, especialmente a las altas cortes.
Hace un mes, el presidente Juan Manuel Santos había anunciado la reforma: “Esto no solo va a reducir la enorme congestión que tienen las cortes por cuenta de las acciones de tutela, sino que también va a acercar a los ciudadanos a la justicia, pues las acciones de tutela que interpongan van a ser conocidas por jueces de su distrito judicial”.
El decreto 1983 señala que las modificaciones solo se aplicarán a las tutelas que sean presentadas en el país a partir del 30 de noviembre, las anteriores a esa fecha serán tramitadas bajo el viejo esquema.
El cambio más grande del decreto consiste en que las cortes perderán la competencia para conocer tutelas contra autoridades del orden nacional. Así, la Corte Suprema, Corte Constitucional, Consejo de Estado y Consejo Superior de la Judicatura solo conocerán las tutelas que se presenten contra las sentencias judiciales.
Con este cambio, las tutelas contra cualquier autoridad pública de los departamentos y municipios serán repartidas en primera instancia a los jueces municipales, y los recursos de tutela contra autoridades nacionales llegarán a los jueces de circuito.
El reparto también cambia para las tutelas contra actuaciones del Presidente, Contralor, Fiscal, Procurador, Registrador, Defensor, Auditor y el Consejo Nacional Electoral, que ahora serán de conocimiento en primera instancia de los Tribunales Superiores o los istrativos.
Esta norma también cambió los reglamentos de la Corte Suprema, el Consejo de Estado y la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la judicatura para que el conocimiento de la impugnación de los fallos de tutela los resuelvan las salas de decisión, secciones o subsecciones conformadas para el estudio de esos recursos.
Igualmente, permite la creación de salas de decisión para las tutelas en primera instancia que se presenten contra decisiones del Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.
En las cortes también quedará la competencia de revisar las tutelas contra sus propias corporaciones.
EL TIEMPO

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