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¿Esperanza Gómez fue censurada por Instagram? Esto dicen los expertos
La modelo presentó una tutela contra la red social que está en estudio en la Corte Constitucional.
Esperanza Gómez habla ante la Corte Constitucional Foto: EL TIEMPO
La modelo y actriz porno Esperanza Gómez presentó una tutela contra Instagram luego que en 2021 su cuenta verificada con más de 5 millones de seguidores fuera cerrada por el contenido que la mujer publicaba.
En su criterio, ha sido discriminada por la red social porque se trata de fotos que, aunque sensuales, no incumplirían las normas de contenido de la red ni serían un ofrecimiento de contenido de orden sexual.
"Me molesta que Instagram empiece a censurar mi contenido, me tildan que siempre hago contenido explícito y ofreciendo servicios sexuales y Esperanza Gómez ha sido orgullosamente actriz porno, sí, pero nunca he sido prostituta ni escort. Yo no soy prostituta y si en algún momento la hubiera ejercido como una fuente de trabajo, me sentiría orgullosa y también exigiría el respeto, la dignidad y el derecho al trabajo", dijo.
En la audiencia virtual, Gómez señaló que una foto de lencería no es pornográfica pero que Instragram y la convierte en eso, así como los seguidores que no están de acuerdo con ello, al tiempo que advirtió que su trabajo es completamente legal.
"Esperanza Gómez es una marca que puede vender cualquier producto y no solo entretenimiento para adultos", precisó.
¿Qué piensan los expertos?
La profesora Alma Beltrán de la Universidad del Rosario señaló que si se evalúa el caso con perspectiva de género sí puede presentarse un trato diferencial frente a otras modelos que publican contenidos similares, y dijo que era necesario tener en cuenta que Gómez publicita su vida personal como una "manera de atraer marcas publicitarias".
La limitación a una red social en específico no parece irrazonable como sí sería desproporcionado y contrario a las garantías de la libertad de expresión, anular su a la red social en general
Beltrán dijo que acá hay un debate sobre la publicidad personal con tinte sexual, que debería distinguirse sobre la pornografía y los servicios sexuales. "Me parece que la Corte Constitucional podría hacer un aporte en decir que esto no clasifica como pornografía sino más bien como un afecto publicitario que tiene que ver con la libertad, la dignidad, la autonomía del cuerpo de las mujeres", señaló.
La experta dijo que sería peligroso que se censurara este tipo de contenidos porque la sexualidad es un elemento importante de la vida humana. "Los impactos sobre los niños, niñas y adolescentes también deben entenderse considerando que estos tienen capacidades evolutivas y que la sexualidad es un ámbito que está dentro del espectro humano", señaló.
"De los daños que ella se duele, podríamos pensar que la sexualidad es una parte comercial de las redes sociales y que los espacios entre lo público y lo privado cada vez más se desdibujan en este tipo de plataformas", dijo.
El profesor Iván Jaramillo de la Universidad del Rosario señaló que este debate da pie para empezar a pensar en la extensión de los espacios de trabajo a las redes sociales, discusión de la cual se derivan elementos como el y uso de la red.
Esperanza Gómez habla sobre bloqueo a sus redes ante la Corte Foto:EL TIEMPO
La directora del departamento de Derecho Laboral de la Universidad de los Andes Natalia Ramírez dijo que la actividad realizada por Esperanza Gómez en sus redes, publicidad que implica ingresos económicos, sí es trabajo.
"Crear y compartir contenido puede ser entendido como una actividad humana remunerada y que produce un bien, en este caso, la pieza gráfica digital que sirve para prestar un servicio de publicidad", dijo al señalar que acá sí tendrían cabida en principio contenidos como los que publica Gómez, quien ha escogido libremente su profesión.
La profesora también señaló que si bien se trata de un trabajo, sí es viable hacer una limitación de los espacios en los cuales se permite su divulgación.
"La limitación a una red social en específico no parece irrazonable como sí sería desproporcionado y contrario a las garantías de la libertad de expresión, anular su a la red social en general. Consideramos que otras red sociales que no moderan el contenido permiten espacios de difusión de distinto tipo de contenidos a las audiencias a la que está orientada Instagram", señaló la profesora Ramírez.
Carolina Botero, directora de la Fundación Karisma, dijo que Internet debe ser un espacio libre y que las empresas intermediarias tienen el deber de proteger derechos humanos en las decisiones que toman de moderación en los contenidos, al tiempo que aseguró que la eliminación de cuentas en redes sociales puede conducir a una limitación de derechos fundamentales.
Botero dijo que los problemas que más se presentan están relacionados con contenidos que están en zonas grises.
La modelo se cansó de que se le cerraran las cuentas. Foto:Instagram: @soyesperanzagomez
"Creemos que por libertad de empresa las empresas tienen libertad para definir las reglas en su red social con una clara sujeción de la legalidad. Al (hacerlo) están dando la forma al servicio que ofrecen y así atraen a determinadas audiencias. Estas reglas de comunidad son la base de la moderación de contenido y no es fácil establecerlas o usarlas porque al final están moderando artefactos de la expresión", dijo.
La experta indicó que frente a contenidos de reglas gris, en donde la pauta la dan las reglas de la comunidad, sí se deben aplicar estándares internacionales de derechos humanos y ofrecer información sobre los procedimientos, los parámetros que fijan las tomas de decisión, entre otros.
La moderación de contenidos no se debe equiparar con un acto de censura en general, porque en cada caso pueden haber elementos o tensiones distintas
Ahora, sobre Instagram, Botero dijo que es claro que la red no quiere que se use para que las personas busquen servicios sexuales o desnudos, citó el informe que publicó la empresa sobre acciones tomadas al respecto y explicó que tiene un proceso para llevar a cabo esa moderación de contenido y el consejo asesor.
"A pesar de todo eso, a Meta le pasa lo que muchas redes sociales y es que hay muchas críticas sobre sus procesos", dijo Botero quien citó un concepto de la Relatoría Especial de las Naciones Unidos que critica la forma desigual en la que ese proceso se realizaría.
Sobre el caso de Esperanza Gómez, Botero dijo que una evaluación con enfoque de género debe valorar los sesgos existentes en las normas comunitarias de la plataforma para evitar "perpetuar perjuicios sobre actividades como la realizada por la accionante".
A su turno, el exdirector de la Fundación para la Libertad de Prensa, Carlos Cortés, aseguró que es importante que se vuelva a enfocar el debate sobre la moderación de contenidos y libertad de expresión en el contexto constitucional colombiano y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
"La moderación de contenidos no se debe equiparar con un acto de censura en general, porque en cada caso pueden haber elementos o tensiones distintas", señaló Cortés al indicar que libertad de expresión no es el único fin que tienen estos espacios.
"En esa medida, las plataformas tienen la potestad de estructurar espacios donde balanceen la libertad de expresión con otros valores y derechos relevantes como la seguridad, la viabilidad comercial y la protección de los derechos de los niños", señaló.