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'EPS deben intervenir ante eventos adversos por vacuna contra covid': Corte

Así lo indicó el Consejo de Estado al fallar una tutela que presentó un paciente.

Un trabajador de salud prepara una dosis de la vacuna Sinovac-CoronaVac contra COVID-19 en un centro de vacunación de Santiago, el 23 de diciembre de 2021.

Un trabajador de salud prepara una dosis de la vacuna Sinovac-CoronaVac contra COVID-19 en un centro de vacunación de Santiago, el 23 de diciembre de 2021. Foto: JAVIER TORRES / AFP

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El Consejo de Estado ordenó a la Nueva EPS diagnosticar adecuadamente a un paciente que ha sufrido de varias afecciones severas en su salud, luego de aplicarse la vacuna contra el covid-19.
Al fallar una tutela, el alto tribunal indicó que la intervención de la EPS es urgente ya que, hasta ahora, se desconoce si esas dificultades están asociadas o no a la dosis de Janssen que le fue suministrada en julio del año pasado.
Adicionalmente, la EPS deberá ocuparse de los exámenes, suministro de medicamentos y cuanto procedimiento sea necesario efectuar para preservar el derecho a la salud del afiliado.
“La Sala advierte que los médicos que han atendido al paciente han indicado que las afecciones posiblemente son consecuencia de una reacción alérgica a la vacuna contra el covid-19, sin embargo, a la fecha no se ha determinado si realmente se deriva de la dosis de la vacuna Janssen, por lo que la Nueva EPS debe garantizar (…) todos los elementos esenciales para lograr los objetivos médicos relacionados con sus necesidades específicas de salud”, dice el fallo.
El paciente presentó una tutela contra la EPS debido a sus problemas de salud que, en su criterio, pueden haber sido originados por una reacción alérgica a la vacuna. Indicó que ha tenido complicaciones severas en el sistema respiratorio y ha experimentado fuertes dolores en distintas partes del cuerpo y sostuvo que la EPS se ha limitado a autorizarle algunas incapacidades, sin suministrarle un diagnóstico médico claro.
Con la tutela, el paciente pedía precisamente que se le practicaran los estudios que fueran necesarios para establecer si la aplicación de la dosis fue la causante de sus afecciones y recibir el tratamiento al que hubiere lugar.
El Consejo de Estado amparó los derechos fundamentales a la igualdad y a la salud del paciente y ordenó a la Nueva EPS adelantar el diagnóstico respectivo, así como ocuparse de los exámenes, medicinas y procedimientos médicos que, eventualmente, sea necesario adelantar.
La sala indicó que, si bien una empresa de medicina prepagada se ha encargado de garantizarle los tratamientos médicos que ha requerido, eso no excusa a la EPS de su responsabilidad en ese aspecto, mucho menos cuando el paciente ha manifestado la dificultad que tiene para seguir costeando los procedimientos.
El alto tribunal dijo que la entidad no solo es responsable de garantizar todos los servicios relacionados con el goce del derecho a la salud, sino que debe intervenir ante cualquier evento adverso de las vacunas.
Le asiste el deber de reportar los eventos adversos leves o graves posteriores a la vacunación contra el covid-19, mediante el sistema VigiFlow, y cuando se realice el cierre, le corresponde remitir los reportes a la Secretaría de Salud departamental o distrital o la entidad que haga sus veces y al Invima, dentro de los términos establecidos para el efecto, para activar la vigilancia y el seguimiento que deben realizar las autoridades competentes”, dice el fallo.
Frente a la negativa que, según el demandante, ha tenido la EPS en transcribir las incapacidades que le ha tramitado la empresa de medicina prepagada, la sala señaló que debe poner estos hechos en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud para que ese organismo adelante las investigaciones del caso.
Además, la sala señaló que el Gobierno dispuso la creación de un Consejo de Evaluación de las Reacciones Adversas a la Vacuna Contra la Covid-19, que opera en el interior del Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud, dependencia ante la cual puede acudir el paciente y hacer seguimiento a su caso.
En Twitter: @JusticiaET

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