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Noticia
Corte Suprema ordena la captura de 'Epa Colombia': confirman condena de 5 años de prisión
¿Qué pasará con las cuentas de redes sociales de la influencer y empresaria? Detalles del caso.
La Corte Suprema de Justicia, en una de sus primeras decisiones del año, confirmó la condena de 5 años y 2 meses de prisión impuesta a la influencer y empresaria Daneidy Barrera Rojas, conocida comoEpa Colombia,por los delitos de perturbación en servicio público de transporte colectivo u oficial, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.
La condena contra la joven, que se hizo famosa y viral en el año 2016 por grabarse alentando a la Selección Colombia de Fútbol durante la Copa América, se fundamentó por otro video que divulgó en el que aparecía destruyendo con un martillo una estación de Transmilenio, en el marco de las protestas sociales de noviembre de 2019.
Probablemente Epa Colombia no hubiera sido procesada por la justicia si no hubiera decidido grabarse destruyendo la estación.
Daneidy Barrera arremete contra feria cosmética. Foto:Instagram: @epa_colombia
¿Qué pasará con las redes sociales de Epa Colombia?
La condena que el Tribunal Superior de Bogotá le había impuesto a Daneidy Barrera incluía la inhabilitación para el ejercicio del oficio de influencer,es decir, para el usufructo de sus redes sociales a través de la creación de contenido y la publicidad.
Según el fallo, la inhabilitación para el uso de sus redes se prolongaría por el mismo tiempo de la pena de prisión, es decir, durante más de cinco años.
Epa Colombia acumula 5.2 millones de seguidores en Instagram y 3 millones de seguidores en TikTok. A través de las ganancias que ha generado con el uso de sus redes sociales y publicaciones, Daneidy Barrera constituyó un emporio empresarial de keratinas y salones de belleza.
La creadora de contenido dio a conocer en su cuenta de Instagram que al caer la tarde de este lunes llegaron integrantes del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía a uno de sus salones de belleza, para hacer efectiva su captura, pero el procedimiento se suspendió por unos minutos para que estuviera presente su abogado.
Sobre las 8:30 p.m. inició el proceso de reseña de la joven empresaria, con un procedimiento de identificación y toma de huellas dactilares.
Epa Colombia tras orden de captura de la Fiscalía Foto:Instagram: epa_colombia
"El hecho de que la procesada haya creado y pregonado un video en la red social Facebook, en el que vocifera mensajes de inconformismo con el Gobierno Nacional y asola una estación del sistema de transporte público de Bogotá, no puede ser calificado como un ejercicio legítimo de la libertad de expresión", advirtió el fallo del Tribunal, que confirmó la Corte Suprema.
El fallo advirtió que la finalidad de la joven no era "el incremento en el número de fanáticos de las plataformas virtuales", sino el convencimiento "al conglomerado para la comisión de delitos, verbigracia, daño en bien ajeno y perturbación en servicio de transporte público".
"La propaganda de apología al delito, por tratarse de la incitación directa y pública a la comisión de ilícitos, está proscrita a nivel del derecho internacional convencional y, por tanto, rebasa el marco de amparo de las demandas de la ciudadanía en contra del gobierno de turno, como modalidad de materialización de la libertad de expresión", agregó la decisión confirmada.