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Corte rechaza los recursos que presentó Minsalud sobre la UPC y presupuestos máximos

El alto tribunal fijó plazos perentorios para que Guillermo Alfonso Jaramillo cumpla las órdenes.

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Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud. Foto: CESAR MELGAREJO / CEET

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La Corte Constitucional rechazó por "improcedente" la solicitud de aclaración presentada por el Ministerio de Salud y Protección Social sobre una decisión de la Sala de Seguimiento al sistema de salud que declaró la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación 'UPC' y el incumplimiento general sobre esa materia. 
Pero en otra decisión, accedió a aclarar algunos asuntos planteados en el auto en el que se abrió un incidente de desacato contra el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo por una orden relacionada con los presupuestos máximos. Los puntos que corrigió guardaban relación con algunos errores de redacción en la providencia y aclaró otro relacionado con fechas de pago. El resto del recurso se rechazó por improcedente. 
Minsalud presentó recursos de aclaración sobre dichas decisiones advirtiendo que existirían ambigüedades y contradicciones en ellas, lo que podría afectar -según la cartera- la operatividad del sector salud y generar conflictos.
La Corte le respondió que "los fundamentos en los cuales se basó para dictar las órdenes no carecen de sustento y que los datos empleados provienen, en gran parte, de la información aportada por el Ministerio, la cual, como le ha sido señalado en múltiples ocasiones, no resulta suficiente ni completa, a pesar de los requerimientos efectuados y oportunidades otorgadas por la Sala de Seguimiento", advierte la Sala de Seguimiento a la sentencia T760 de 2008.
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El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. Foto:Sergio Acero / El Tiempo

El alto tribunal añadió que los recursos del Ministerio pretendían "cuestionar las competencias de la Corte".
"Los argumentos buscaban discutir el fondo del asunto, lo cual no está permitido para las solicitudes de aclaración de providencias judiciales conforme a lo establecido en la jurisprudencia constitucional y el artículo 285 del Código General del Proceso", señaló la Corte.

El ministro debe cumplir las órdenes en un plazo perentorio

Los autos que el ministro pidió aclarar tienen varias órdenes que, según la Corte, deben cumplirse en un plazo perentorio que se comenzará a contar desde el lunes 17 de febrero. 
La decisión reitera un ultimátum, que Jaramillo debe cumplir en 48 horas a partir de la notificación, para que "pague el valor correspondiente al ajuste de los presupuestos máximos de la
vigencia 2022 y cree una metodología unificada de definición y reajuste de los presupuestos máximos".
El ministro deberá "pagar los presupuestos máximos reconocidos para los periodos julio, agosto, septiembre y octubre de 2024 dentro de los 18 días calendario contados desde la notificación del Auto 088 de 2025".
También deberá "reconocer los presupuestos máximos correspondientes a los periodos de noviembre y diciembre de 2024 dentro de los 18 días calendario contados desde la notificación".
Y tendrá que pagar los presupuestos máximos de cada uno de los meses de 2025 "dentro de los 15 primeros días de cada periodo". El pago de los meses de enero y febrero deberá efectuarse en los 10 últimos días de febrero.
José Fernando Reyes, magistrado Corte Constitucional.

José Fernando Reyes, magistrado Corte Constitucional. Foto:Corte Constitucional

Sobre las órdenes relacionadas con la UPC, la Corte indica que tiene 10 días para crear la mesa de trabajo que revise la UPC y logre su suficiencia. 
El Ministerio tendrá un mes para presentar un informe donde justifique la fijación de la UPC de 2025, entre otras 
JESÚS BLANQUICET
Redacción justicia

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