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Corte asegura que el río Atrato tiene derechos y ordena recuperarlo

Gobierno debe iniciar un plan para erradicar la minería ilegal de la región.

Esta fue una de las imágenes que encontró la Corte Constitucional sobre la minería ilegal en Chocó.

Esta fue una de las imágenes que encontró la Corte Constitucional sobre la minería ilegal en Chocó. Foto: Foto / Corte Constitucional

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Al resolver una tutela del Centro de Estudios para la Justicia Social ‘Tierra Digna’, la Corte Constitucional le ordenó al Gobierno que tome una serie de medidas para proteger al río Atrato y erradicar la minería ilegal de la zona.
La decisión, que es de noviembre del año pasado, pero que se conoció hasta ahora, establece que el río Atrato es un “sujeto de derechos que implican su protección, conservación, mantenimiento y en el caso concreto, restauración”.
Así, el alto tribunal le ordenó al Gobierno que conforme una “comisión de guardianes del río Atrato” que protejan este afluente. Asegura que aunque no se desconoce que la minería ilegal es sumamente compleja porque en esta confluye la pobreza, falta de oportunidades, desigualdad, prostitución, ilegalidad, violencia, actores armados y posconflicto, se deben tomar una serie de medidas de política minero-energética.
En ese sentido, la primera orden para el Gobierno es que “construya una política pública minero-energética que tenga en cuenta las realidades ambientales y sociales de la Nación”. También le ordenó al Gobierno elaborar un plan de fortalecimiento institucional para que las entidades territoriales puedan “enfrentar de forma efectiva toda actividad minera ilegal”.
El alto tribunal asegura que “las autoridades estatales demandadas son responsables de la vulneración de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria, al medioambiente sano, a la cultura y al territorio de las comunidades étnicas demandantes por su conducta omisiva al no realizar acciones efectivas para detener el desarrollo de actividades mineras ilegales, que han generado la configuración de grave crisis humanitaria y ambiental en la cuenca del río Atrato, sus afluentes y territorios aledaños”, dice el fallo.
La Corte recuerda que toda su jurisprudencia se ha basado en defender los valores “ecológicos, ambientales y culturales”. Esto es lo que el alto tribunal ha denominado una Constitución ecológica, verde o ambiental.
El alto tribunal afirmó que las comunidades de la zona, ONG y la misma Corte, tras una inspección técnica, confirmaron “el uso intensivo de maquinaria pesada y sustancias tóxicas como el mercurio en el proceso de extracción del oro en el río Atrato”. Dice que esas sustancias ha generado afectaciones a la salud como abortos espontáneos, enfermedades vaginales, cutáneas y hongos.
Además, también ha generado afectaciones al medioambiente ya sea por el o con la piel, por la contaminación atmosférica, cuando se quema esa sustancia, o por contaminación de fuentes hídricas. También se están generando taponamientos y desvíos del curso del agua, desecación de ciénagas, pérdidas en la conectividad de ecosistemas acuáticos con graves afectaciones a la biodiversidad.
En la tutela, las comunidades étnicas afirman que interpusieron ese recurso para “detener el uso intensivo y a gran escala de diversos métodos de extracción minera y de explotación forestal ilegales”. Dicen que el Gobierno y las autoridades locales han omitido cumplir sus funciones para garantizar que no se realicen estas actividades mineras.
Según las comunidades, esas formas de minería incluyen maquinaria pesada, sustancias altamente tóxicas como el mercurio, lo que ha afectado gravemente al río Atrato, a sus cuencas, ciénagas y humedales.
Esta contaminación, a juicio de las comunidades, no solo afecta sus derechos fundamentales, sino que también va en contra del equilibrio natural de los territorios en los que viven.
También argumentaron que la explotación ilegal se viene desarrollando desde finales de la década del noventa y, según datos de Codechocó, en el 2013 había 200 entables mineros y 54 dragas en operación en la zona que extraen metales preciosos como oro y platino.
Las autoridades estatales demandadas son responsables de la vulneración de los derechos fundamentales

Una zona de riqueza clave

La Corte recordó en el contexto de su fallo que el Chocó tiene una extensión de 46.530 kilómetros cuadrados, equivalentes al 4,07 por ciento del total de la extensión del país. También dice que es una de las regiones más biodiversas del planeta, y cuenta con tres ríos, uno de estos el Atrato.
Este río tiene 40.000 kilómetros cuadrados y representa el 50 por ciento del área del departamento, una de las fuentes con mayor rendimiento hídrico en el mundo. Es por esto que el Atrato es el río más caudaloso del país y el tercero más navegable después del Magdalena y el Cauca.
Las riberas de este río son habitadas por comunidades afrocolombianas e indígenas, entre ellas las que presentaron la demanda ante la Corte Constitucional.
JUSTICIA

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