Hace 30 años, Colombia sufrió una de sus peores crisis energéticas. De 1992 a 1993, durante el gobierno de César Gaviria, el fenómeno del Niño llevó al país a tener sequías, un bajo nivel en los embalses de energía hidroeléctrica y, debido a las fallas en la infraestructura, se originó una crisis que se alargó un año.
Incluso para contrarrestar los efectos de los cortes de energía eléctrica, el Gobierno tomó la decisión de adelantar una hora los relojes en el país para aprovechar la luz del día.
Esa crisis fue la base del marco regulatorio para el sector de los servicios públicos que ahora quiere tener el presidente Gustavo Petro, pues asegura que la idea es bajar el precio de los servicios, especialmente el de la energía, y garantizar que los hogares colombianos tengan un respiro en medio del panorama inflacionario complejo.
“Voy a asumir el control, las políticas generales de istración de Colombia, directa y personalmente, en función de lo que la misma ley dice: primero, el interés general y el del ”, dijo Petro, y su justificación está en el artículo 370 de la Constitución y el artículo 68 de Ley 142 de 1994.
Incluso el superintendente de Servicios, Dagoberto Quiroga, expuso que el Presidente tiene facultades constitucionales y legales para las competencias de reglamentación tarifaria.
“El señor presidente puede asumir directamente, vía decreto y de manera constitucional, la competencia para reglamentar las tarifas en materia de servicios públicos domiciliarios en aras de disminuir los costos con un impacto directo en los ciudadanos, bajo el amparo de los numerales 11 y 22 del artículo 189 y los artículos 211, 365 y 370 de la Constitución Política y los artículos 68 y 124 a 127 de la Ley 142 de 1994”, expuso.
De igual manera, Quiroga hizo referencia a una sentencia del Consejo de Estado sobre la actividad de regulación a cargo del Estado, asegurando que la regulación es una actividad estatal que fomenta la competencia en los mercados.
Desde agosto de 2022, el sector de energía y la ministra Irene Vélez hicieron un Pacto de Justicia Tarifaria que cambia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) por el Índice de Precios al Productor (IPP) en la fórmula para bajar los precios de la energía. La medida, que cumple 6 meses, parece insuficiente para el Gobierno, pues si bien empresas han desplegado esa y otras estrategias, el Ejecutivo incluso ha pensando en usar la inflación básica para calcular los precios porque es más baja y menos sensible a los choques de oferta y demanda de la economía.
De otro lado, el Comité de Expertos de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) manifestó que los organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente para asegurar que sus decisiones sean objetivas, imparciales, consistentes y técnicas.
El Comité de Expertos de Creg manifestó que los organismos reguladores deben tener una naturaleza independiente para asegurar que sus decisiones sean objetivas
Además, que las leyes 142 y 143 de 1994 establecen el régimen de los servicios públicos domiciliarios, en particular en el de electricidad, e incluyen las funciones, además de definir la metodología para el cálculo de las tarifas. Esto, para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia y coordinación de la operación del sistema interconectado nacional, entre otros.
“La independencia del regulador asegura que, a través del ejercicio de sus funciones, el Estado logre que los agentes regulados adapten su conducta a los fines constitucionales y legales de respeto por la libertad económica y de empresa, al tiempo que establece las reglas pertinentes para limitar su actividad, en pro del interés social”, dice la Creg en su comunicado.
El economista y analista Luis Guillermo Vélez enfatizó en que esa decisión del presidente Petro puede traer consecuencias profundas. “Además, que en el caso del sector energético, la Ley 143 prima sobre la 142”, estipuló. “Es difícil entender cómo el Presidente asumirá esas funciones porque el modelo de servicios públicos tiene 30 años, es entrar a un marco regulatorio complejo que requiere además de capacidades técnicas. En 30 años no hemos entrado en racionamiento, no se ha apagado un bombillo y se ha garantizado la continuidad del suministro. El modelo anterior, de empresas estatales, tuvo tres grandes apagones entre 1972 y 1992, y una intervención puede dañar el mercado o afectar la inversión extranjera en estos sectores”, dijo.
Vélez señala que si la motivación es el precio de la tarifa de energía, se debe tener en cuenta el criterio de suficiencia financiera, para que las tarifas garanticen que las empresas tengan cómo cubrir sus costos de operación, mantenimiento e inversión. “El Gobierno puede intervenir, pero si no se hace sostenible el modelo, se puede perder la inversión de las empresas y hay que tener el cuenta que el alza en los precios no obedece a la especulación”, apuntó.
En este mismo sentido, Camilo Sánchez, presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), dijo que no se puede acabar con la institucionalidad y mucho menos ignorar aspectos técnicos claves en la fijación de las tarifas de energía y otros servicios públicos, pues puede tener unas consecuencias graves hacia adelante.
“Sería un retroceso sin precedentes para el país” y se fallaría con la ley económica de oferta y demanda. “Estas posiciones políticas no técnicas pueden presionar más efectos alcistas”, señaló Sánchez.
Además, apuntó: “Sería lamentable caer en decisiones unilaterales que afecten el servicio y que podrían ocasionar apagones en algunas regiones. Recordemos que la energía más cara es la que no se tiene”, dijo.
Por su parte, el director ejecutivo de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras de Energía (Andeg), Alejandro Castañeda, manifestó que si bien el Gobierno está habilitado porque es el encargado de istrar la vigilancia y el control de los servicios públicos, la ley eléctrica y también la de servicios públicos de 1994 desarrolla e implementa la separación de roles en el Estado.
“Los gobiernos que han tomado el control lo han hecho por un tema específico, como ajustes en el funcionamiento o precios en la costa Caribe, pero el efecto de la idea del Presidente parece ser un retroceso y aún no se conocen todas las consecuencias”, indicó.
La Asociación Colombiana de Ingenieros (Aciem) dijo que el país se está concentrando en problemas de coyuntura, “descuidando riesgos de corto plazo, como la amenaza de un posible fenómeno del Niño en 2024-2025, lo cual sería grave para la economía. Se deben tener discusiones y no repetir los errores del apagón de 1992”.
Al respecto, el exministro de Minas y Energía Amylkar Acosta apunta que esta es solo la reiteración del anuncio que hizo el año pasado el Presidente en el Congreso de Andesco de su intención de intervenir la Creg.
“Hasta ahora esa decisión no se ha tomado, aunque a mi juicio la puede tomar porque al final del día, aunque las comisiones de regulación sí son independientes y autónomas, tienen funciones que ejercen delegadas por la Presidencia. Solo cuando se tome, si es que se toma la decisión, se sabría el alcance, la temporalidad y el objeto de dicha intervención del Ejecutivo. Ello no tiene precedentes en el país y causa desazón, desconcierto e incertidumbre en el sector. Amanecerá y veremos”, puntualizó Acosta.
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