Uno de los grandes errores que cometen algunas personas al vender su carro, es no cumplir con el trámite de traspaso, dejarlo abierto. Es decir, firman todos los documentos pero no hacen el trámite ante las autoridades.
Esto le puede acarrear problemas si el nuevo propietario o quien tenga en su poder el carro resulta implicado en delitos realizados con el automotor, accidentes, infracciones de tránsito, impuestos, embargos de cuentas bancarias y bienes, entre otras complicaciones que debe asumir quien aparece como propietario en la licencia de tránsito.
Las personas que estén en esta situación puede hacer el trámite de traspaso a persona indeterminada. Tienen plazo hasta el 5 de agosto de 2025, según la Resolución No. 20223040044765 del Ministerio de Transporte emitida el 2 de agosto de 2022.
El trámite se realiza en las secretarías de Tránsito y para realizarlo necesita estar inscrito en el Runt, documento de identidad original, estar a paz y salvo por concepto de multas, comparendos y obligaciones tributarias que graven el vehículo.
Demostrar, cuando menos a través de declaración, que han transcurrido mínimo tres años desde el momento en que dejó de ser dueño del vehículo; si el último propietario que aparece en el Runt ha fallecido, los herederos deben acreditar en la declaración el término que el propietario dejó de ser poseedor, el cual, en caso de ser inferior a los tres años requeridos, deberá acumularse con la acreditación por parte de los herederos de que estos no han tenido la posesión del mismo durante el tiempo restaste para completar el lapso.
No contar con el contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho del dominio del vehículo, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles.
Adicionalmente, se deben presentar los siguientes documentos: Solicitud de trámite de traspaso mediante el Formulario de Solicitud de Trámites del Registro Nacional Automotor, diligenciado en su totalidad y suscrito por el propietario registrado ante el organismo de tránsito.
En el campo de comprador, debe hacerse la anotación: "Persona Indeterminada”.
Poder para actuar, cuando el último propietario inscrito en el Runt no lo haga directamente. Paz y salvo de impuestos del vehículo de los últimos cinco años. Recibo de pago por concepto de retención en la fuente, a excepción de las personas autorretenedoras no obligadas a pago por este concepto.
Pagar los derechos del trámite (traspaso a persona indeterminada); documento en el que conste el levantamiento de alguna limitación o gravamen a la propiedad. En caso de existir limitación de dominio, esta deberá ser levantada previamente, con el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
Documento bajo la gravedad del juramento suscrito por el último propietario inscrito en el Runt o sus herederos. Transcurridos tres años de la inscripción del trámite de traspaso a persona indeterminada, el organismo de tránsito está facultado para proceder a la cancelación de la licencia o matrícula de tránsito de dicho vehículo.
Una vez entregada la documentación el organismo de tránsito cuenta con un término no mayor a 10 días hábiles para verificar el cumplimiento de las anteriores condiciones y realizar el registro a nombre de "Persona Indeterminada".