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¿Qué requisitos necesita para transferir su pensión a un familiar? Le contamos

Existen una serie de requisitos que cumplir para poder acceder a la pensión de un familiar. 

Para transferir la pensión se debe primero saber si es un afiliado o un pensionado para hacer el trámite.

Para transferir la pensión se debe primero saber si es un afiliado o un pensionado para hacer el trámite. Foto: iStock

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Cuando un trabajador ha cotizado en toda su vida laboral en un fondo de pensiones, sea público o privado, puede llegar un momento en el cual esta persona fallezca y por alguna que otra razón esta pensión se pierda, como la mayoría de veces ocurre.
Sin embargo, expertos de Colpensiones y los fondos privados explican que hay alguna forma de transferir esa pensión a un familiar.
Lo primero que debe saber es si la persona que fallece era un afiliado, es decir, alguien que falleció y no había cumplido con el tiempo ni la edad de pensión y se encontraba aun cotizando, o si, por el contrario, es un pensionado.
En el caso del afiliado, los familiares de este deben conocer si cumplen con los requisitos para poder acceder a la llamada pensión de sobrevivencia.
De acuerdo con el portal del ministerio de Justicia y del Derecho, la solicitud de pensión de sobrevivientes la pueden hacer las siguientes personas:
  • Cónyuge o compañero permanente
  • Hijos menores de edad o si se encuentren estudiando hasta los 25 años.
  • Padres, siempre que tuvieran dependencia económica con el afiliado o pensionado.
  • Hermanos, siempre que tuvieran dependencia económica con el afiliado o pensionado.
@julianamlegal Ten en cuenta que la pensión familiar otorga una pensión para dos personas, que son esposos o se encuentran en unión marital de hecho. Por esta razón, la mesada pensional se paga a una persona aunque es de los 2, y se le pagará a quien tiene el mayor número de semanas. #pensioncolombia #pensionescolombia #pensionfamiliar ♬ Peaches - Jack Black
Luego de presentar la solicitud, debe esperar la respuesta del fondo de pensiones y de darse una respuesta negativa o está inconforme con el monto que le va a entregar la entidad, usted puede acudir a los siguientes jueces que le colaborarán en la resolución de su situación: 
- Juez laboral.
- Si donde se encuentra no existe juez laboral, la demanda deberá presentarse ante el juez civil del circuito.
- Si el valor de lo que reclama no supera los 20 salarios mínimos, la demanda se puede presentar ante el juez de pequeñas causas, si existe en su municipio.
Cuando una persona fallecida convivió con su esposo o compañero permanente o cuando estuvo casado o con una unión marital de hecho, ambos beneficiarios tienen derecho a que se les reconozca la pensión de sobreviviente en proporción al tiempo que cada uno convivió con el fallecido.
Además, si el afiliado se encontraba en el programa de Beneficios Económicos Periódicos - BEPS -, se pueden solicitar los aportes y rendimientos que se hayan generado. 
Por otra parte, el portal 'Asuntos Legales', expresa que existen dos tipos de o formas para poder heredar la pensión de un familiar si la persona era afiliada.
Temporales:
  • El cónyuge o el compañero del afiliado, menor de 30 años y sin hijos.
  • Los hijos menores de 18 años.
  • Los hijos dependientes entre 18 y 25 años, que estén estudiando al momento del fallecimiento del afiliado y el estudio le impide trabajar.
Vitalicio:
  • Cónyuge o compañero del afiliado que sea mayor de 30 años.
  • Cónyuge o compañero, menos de 30 años, con hijos, hijos inválidos
  • Padres del afiliado que dependían económicamente de este; hermanos inválidos que dependían económicamente del afiliado.
  • Cónyuge o compañero de pensionados que acrediten convivencia mínima de cinco años, anterior a la muerte.
LUZ ANGELA DOMÍNGUEZ CORAL
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

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