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Noticia
Atentos hombres y mujeres que estén a menos de 10 años de la pensión: este cambio en la reforma pensional 2025 les interesa
Según la reforma pensional, usted podría estar en el Régimen de Transición en el caso de, si es mujer, tener 750 semanas cotizadas para el primero de julio del 2025. En el caso de los hombres, 900 semanas.
Quienes estén en esta etapa de menos de 10 años para la pensión pueden pedir ese cambio de régimen sin necesidad de demandar. Foto: Mauricio Moreno. EL TIEMPO
La reforma pensional, que entra en vigor desde el primero de julio del 2025, cambia algunas de las reglas sobre el manejo de los aportes de la pensión integral para la vejez.
Las edades para la pensión no se modificaron: los hombres, a los 62 años, y las mujeres, a los 57 años. Tampoco cambió el número de semanas cotizadas para recibirla: 1.300.
No obstante, en el caso de las mujeres, se irán reduciendo 25 semanas desde el 2025 hasta llegar a 1.000 en el año 2036.
La reforma pensional establece un Régimen de Transición para las mujeres que cuenten con 750 semanas cotizadas y 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres al primero de julio del 2025.
A estos grupos se les continuará “aplicando en su totalidad la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, deroguen o sustituyan”.
Trabajadores en Colombia. Foto:Agencia Nacional de Infraestructura
En el artículo 76, llamado Oportunidad de traslado, se estable que los trabajadores que cumplan estas semanas y que les falten menos de diez años para tener la edad de pensión, tendrán dos años a partir de la promulgación la ley para trasladarse de régimen respecto de la normatividad anterior, “previa la doble asesoría de que trata la Ley 1748 de 2014”.
¿Qué es la oportunidad de traslado?
Saida Quintero, directora del área laboral de la facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, explica que quienes estén en esta etapa de menos de 10 años para la pensión pueden pedir ese cambio de régimen sin necesidad de demandar.
“Se trata de una ventana pensional para la cual las personas tienen dos años para cambiarse de régimen. Esta fecha empezó a correr desde el 16 de julio del 2024, cuando se promulgó la ley; es decir, el tiempo ya está corriendo”, señala Quintero.
La abogada Quintero también reitera que las personas que están en el Régimen de Transición quedan atadas a la Ley 100, en la cual no se habla de beneficios para las mujeres quienes son madres, por lo que no podrían descontar 50 semanas por cada hijo. No obstante, asegura que este caso podría ser tema de debate jurídico en los próximos meses.
En otras palabras, esto quiere decir que la persona que este a diez años de la pensión, y cuente con el número de semanas ya mencionadas, tiene la opción de una asesoría detallada tanto en Colpensiones, Sistema Integral de Protección a la Vejez, o un fondo privado, para así elegir permanecer o trasladarse al que le convenga.
En otros casos, explica la abogada Quintero, si la persona ya cumplió las semanas de cotización, pero no la edad, podría dejar de trabajar -si no lo necesita- y pedir su pensión cuando llegue a los 57 años, para las mujeres, y 62 años, para los hombres.
“Esta persona, en todo caso, es beneficiaria del Régimen de Transición porque ya tiene las semanas mínimas que se establecieron y se va a pensionar con las reglas de la Ley 100 de 1993”, añade Quintero.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
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