En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cual es la ciudad colombiana clasificada como la más peligrosa del mundo?
¿Cómo va el juicio al expresidente Álvaro Uribe?
¿Accidente de bus en Calarcá?
Frío inusual en Bogotá explicado por el Ideam

Noticia

Los siete documentos de la declaración de renta 2025: la DIAN los exigirá, vaya reuniéndolos

La información sobre sus créditos bancarios vigentes será requerida.

El límite para cumplir con esta obligación será hasta el 24 de octubre del 2025

El límite para cumplir con esta obligación será hasta el 24 de octubre del 2025 Foto: iStock

Alt thumbnail

Actualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
A partir del 12 de agosto de 2025, los contribuyentes en Colombia comenzarán a cumplir con la obligación de presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024. Este proceso se llevará a cabo según un calendario establecido que varía en función de los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o el número de identificación tributaria (NIT). La fecha límite para cumplir con este trámite será el 24 de octubre de 2025.
Para evitar sanciones o intereses por mora, los ciudadanos obligados a declarar deberán presentar la documentación solicitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dentro de las fechas fijadas.
Cabe destacar que no todos los ciudadanos están obligados a realizar este procedimiento, ya que existen topes específicos que definen quiénes deben cumplir con esta obligación. Además, quien sí deba declarar, puede tener o no que pagar intereses adicionales. En algunos casos tiene derecho a devoluciones, todo depende de lo que determine la Dian.

Documentación solicitada

A continuación, conozca los documentos que se requieren para completar el trámite de declaración de renta en este 2025:
  • Extractos bancarios y de tarjetas de crédito con corte al 31 de diciembre de 2024.
  • Información sobre créditos bancarios vigentes.
  • Documentos recientes relacionados con propiedades inmobiliarias .
  • Últimos pagos de impuestos de vehículos.
  • Certificados de medicina prepagada, en caso de que el contribuyente cuente con este servicio.
  • Número de documento de los dependientes económicos. Pueden ser máximo cuatro personas.
  • Certificados de ingresos y retenciones emitidos por las empresas en las que trabajó el contribuyente durante el 2024.
RENTA

Todos los documentos son necesarios para el proceso. Foto:EL TIEMPO

Con la documentación antes mencionada, el contador o quien lleve a cargo su trámite llevará a cabo los cálculos necesarios para que se garantice que la información que se presentará ante la entidad sea precisa y completa.

¿Debe o no declarar renta?

La entidad encargada establece unos montos específicos, que cambian cada año, para que únicamente quienes los alcancen o superen tengan que presentar la declaración. Estos son:
  • Ingresos brutos durante el año no superiores a las 1.400 UVT, es decir, $65.891.000.
  • Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 no mayor a las 4.500 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a $211.792.000.
  • Consumos con tarjeta de crédito no excedidos a las 1.400 UVT ($65.891.000).
  • Valor total de compras y consumos que no sea mayor a 1.400 UVT ($65.891.000).
  • Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas no excedan las 1.400 UVT ($65.891.000).
Recuerde que esta información sólo corresponde a la información del 2024 que aplica para el año en curso. Para el próximo año gravable (2025) estos límites, que sirven para establecer quien debe cumplir con la obligación fiscal, serán actualizados. El ciudadano que no alcance los topes mencionados no deberá hacer este trámite.
MARIANA SIERRA ESCOBAR
EQUIPO ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

Dian detecta inconsistencias en 90.000 declaraciones de renta | El Tiempo

Más noticias en El Tiempo:

Sigue toda la información de Economía en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.

Mis portales