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Declaración de renta: ¿a quiénes les toca hacerla en septiembre?

Los plazos son distintos para cada persona natural según los últimos dígitos del NIT.

Tenga en cuenta que hay novedades en el pago de este impuesto.

Tenga en cuenta que hay novedades en el pago de este impuesto. Foto: iStock

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La declaración de renta es un impuesto que deben declarar las personas naturales al Estado, basándose en su situación financiera del año anterior al que la presenta. 
Ese valor debe ser cancelado por empleados o independientes que superen el tope económico establecido por la DIAN, teniendo en cuenta los ingresos como salarios o activos. 
Si bien, puede haber confusión sobre quienes deben hacer esta declaración o en qué momento, acá le contamos cuáles son los plazos y el tope económico. 
Cabe destacar que no todas las personas naturales están obligadas a pagar este impuesto a la renta, solo quienes superan los topes económicos o cumplan con los parámetros dispuestos por la DIAN para el año 2023.  

¿Quiénes deben declarar renta en 2023?

De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, están obligadas "las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia" que en 2022 cumplieron con aluna de las siguientes condiciones: 
- Un patrimonio bruto superior a  $171.018.000 a 31 de diciembre de 2022.
- Ingresos brutos iguales o superiores a $53.206.000 durante 2022 (promedio de ingresos mensuales de $4.433.000).
- Consumos con tarjeta de crédito superiores a $53.206.000 durante 2022.
. Compras y consumos totales superiores a $53.206.000 durante 2022.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superior a $53.206.000 durante 2022.
- Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas – IVA al cierre de 2022.
Del mismo modo también deben hacer esta declaración las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia que hayan recibido ingresos de fuente nacional y no hayan sido objeto de retención en la fuente.
Estos últimos tienen que presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios año gravable 2022 en el Formulario 110, atendiendo los mismos plazos establecidos en el calendario tributario.
La retención en la fuente no es un impuesto.

La retención en la fuente no es un impuesto. Foto:Archivo El Tiempo/iStock

¿Quiénes deben hacerlo en septiembre? 

De acuerdo con el Calendario Tributario, el pago de la renta del año gravable 2022, empezó el 9 de agosto e irá hasta el 19 de octubre de 2023. 
Para hacerlo, se deben en cuenta que las fechas son asignadas para las personas naturales de acuerdo al último número del NIT o la cédula de ciudadanía. 
Tienen plazo de hacerlo hasta septiembre las identificaciones que con dígitos terminados en 33, hasta el 74, así: 
Viernes 1° de septiembre: 33- 34
Martes 4 de septiembre: 35 - 36
5 de septiembre: 37 - 38
6 de septiembre: 39 - 40
7 de septiembre: 41 - 42
8 de septiembre: 43 - 44
11 de septiembre: 45 - 46
12 de septiembre: 47 - 48
13 de septiembre: 49 - 50
14 de septiembre: 51 - 52
15 de septiembre: 53 - 54
18 de septiembre: 55 - 56
19 de septiembre: 57 - 58
20 de septiembre: 59 - 60
21 de septiembre: 61 - 62
22 de septiembre: 63 - 64
25 de septiembre: 65 - 66
26 de septiembre: 67 - 68
27 de septiembre: 69 - 70
28 de septiembre: 71 - 72
29 de septiembre: 73 - 74
Calendario Tributario DIAN 2023.

Calendario Tributario DIAN 2023. Foto:DIAN

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