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Noticia
La Procuraduría suspendió al personero de Chiquinquirá tras reiteradas quejas en su contra
Un reclamo de la Mesa Municipal de Victimas desencadenó sanción contra Carlos Fajardo, el polémico personero.
La Procuraduría apartó del cargo a Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, quien fue elegido por el concejo municipal para el periodo 2024-2027 como personero de Chiquinquirá Foto: Particular.
El reclamo de los integrantes de la Mesa Municipal de Victimas de Chiquinquirá desencadenó la sanción en contra de Carlos Fajardo, el polémico personero de la llamada Ciudad Mariana en Boyacá.
El nombre de Carlos Fajardo ha venido ligado en Boyacá a diferentes escándalos desde hace varios años: ha estado relacionado con una inclinación hacia el tema nazi, irador de Hitler y hasta la supuesta creación de una gestapo en Tunja, que han puesto al joven como protagonista en los medios de comunicación.
En otros de sus episodios, este abogado, oficial de la Armada Nacional en uso de buen retiro, comunicador social y periodista estuvo detenido tras encontrársele una pistola en su poder cuando se además se encontraba en evidente estado de alicoramiento en un bus que viajaba de Duitama a Tunja, escándalos a los que se suman reiteradas denuncias de su expareja por violencia intrafamiliar.
Pero eso no es todo. Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, a sus 33 años de vida, llegó en marzo del año pasado a la personería en medio de cuestionamientos hacia los concejales que lo eligieron pues obtuvo una calificación perfecta de 100 puntos por cada uno de los 15 cabildantes de la Capital Religiosa de Colombia que lo llevaron a imponerse a los demás aspirantes y a convertirse en el representante del Ministerio Público en Chiquinquirá para el periodo 2024-2017.
Ahora Fajardo vuelve a ser noticia pero por un fallo de la Procuraduría General de la Nación emitido este lunes 9 de junio, a través del procurador Provincial de Instrucción de Chiquinquirá, Fabio Enrique Pedreros Perilla quien en una decisión que no tiene apelación y que es de inmediato cumplimiento para el concejo municipal y el alcalde, lo aparta del cargo por tres meses inicialmente.
Suspender provisionalmente por el término de tres (3) meses
Artículo primero del fallo
“Suspender provisionalmente por el término de tres (3) meses al señor Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, en su calidad de secretario técnico de la Mesa de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado del Municipio de Chiquinquirá, atendiendo a su condición de personero municipal de Chiquinquirá, elegido para el periodo 2024-2027, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia”, se ordena en el artículo primero del fallo.
En su numeral quinto definió el procurador provincial: “comunicar el presente proveído al presidente del concejo municipal de Chiquinquirá, a efecto de que cumpla y ejecute la orden de suspensión provisional impartida en el numeral primero del presente proveído y, una vez ejecutada, comunique a esta Procuraduría Provincial de Instrucción su cumplimiento.
Y en el sexto numeral del documento recalca: “Como quiera que la duma municipal no se encuentra en sesiones ordinarias, comunicar el presente proveído al señor alcalde municipal para que realice los actos propios a su cargo, con el objeto de que, el Concejo Municipal de Chiquinquirá, proceda a nombrar un personero con provisionalidad hasta tanto permanezca la Suspensión Provisional de su titular.
Chiquinquirá Foto:iStock
“Ante el reiterado reclamo de los integrantes de la Mesa Municipal de Victimas de Chiquinquirá, por el posible incumplimiento por parte del Personero Municipal, de sus funciones como secretario técnico de la mesa de víctimas, procede el despacho a evaluar la procedencia o no de dar aplicación al artículo 217 del C.G.D., dentro de la investigación disciplinaria que se adelanta en contra del citado señor Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, en su condición de Personero Municipal De Chiquinquirá-Boyacá”, se puede leer en la parte motiva del fallo de 18 páginas.
El procurador además asegura que las diligencias se iniciaron con fundamento en la queja presentada ante la ventanilla de esta Procuraduría Provincial de Instrucción, el día 1 de octubre de 2024, por la señora Daniela Fernanda Coronado Ovalle, en su calidad de Coordinadora de la Mesa Municipal de Participación Efectiva de Víctimas del Municipio de Chiquinquirá, en contra del señor Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, por presuntas irregularidades relacionadas con el incumplimiento de sus funciones como secretario técnico de la mesa de víctimas.
“Que, el día 22 de julio de 2024, la Coordinadora de la Mesa Municipal de Participación Efectiva de Victimas de Chiquinquirá, solicita al Personero Municipal, brindar espacio en su agenda el día 31 de julio de 2024 para la realización de comité ejecutivo, a lo que dio respuesta el día 24 de julio de 2024, denegando lo solicitado, con fundamento en que para dicha fecha se habían programado con antelación diligencias judiciales, además que no se iba a trabajar en sesiones ordinarias ni extraordinarias de la mesa de participación efectiva de víctimas del conflicto armado en los meses venideros”, señaló.
Recalca el procurador que sin que se entienda un prejuzgamiento del Despacho respecto del actuar del investigado y en lo que concierne al sustento de la medida de suspensión provisional objeto de análisis, es claro que se está frente a hechos que se podrían adecuar en conductas que el legislador previó como falta disciplinaria grave, contenida en los numerales 19 y 8° del artículo 39 del C.G.D., de conformidad con lo previsto en el artículo 67 del C.G.D. y, acorde a los criterios previstos en el artículo 47 ibidem.
“…al parecer incurrió en falta relacionada con el incumplimiento de sus deberes como Personero Municipal y por ende de Secretario Técnico de la Mesa de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado del Municipio de Chiquinquirá, al presuntamente no brindar la información requerida por la Coordinadora de la mesa y por no coordinar las sesiones de la mesa y levantar las actas que sistematicen los asuntos acordados y los compromisos establecidos, durante las vigencias 2024 y lo que va corrido del año 2025, específicamente de la sesión del Comité Ejecutivo programado para el día 31 de julio de 2024”, se puede leer en el fallo.
Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, quien no respondió las llamadas de este medio para conocer su opinión, deberá entonces apartarse del cargo durante los próximos tres meses y el concejo o el alcalde deben nombrar a un personero encargado.