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Procuraduría confirma la destitución del alcalde electo de Tocancipá
Así las cosas, podría haber elecciones atípicas en ese municipio.
Parque principal Tocancipá. Foto: Cortesía Alcaldía de Tocancipá
La Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución impuesta al exalcalde de Tocancipá, Cundinamarca, Walfrando Adolfo Forero Bejarano (2016 – 2019), y alcalde electo para el período 2024 - 2027.
Además, le impuso una inhabilidad de 10 años y seis meses por un incremento patrimonial injustificado de $ 951 millones.
Walfrando Forero, alcalde de Tocancipá. A su derecha, el abogado Saavedra. Foto:Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO
En fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular estableció que el exfuncionario no justificó de forma satisfactoria ese aumento, el cual fue determinado para él y su núcleo familiar entre 2016 y 2018, años que coinciden con su desempeño como mandatario local.
El órgano de control señaló que las pruebas contables aportadas por Forero, que fueron analizadas por peritos de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales (DNIE) de la Procuraduría, contenían inconsistencias que llevaron a concluir que la información allí consignada no era confiable, pues no se llevaron conforme a las pautas y normas aceptadas y vigentes para la época de los hechos.
Y agregó que los valores presentados por el investigado para justificar sus ingresos en el periodo analizado no coincidían con lo declarado ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Además, esa información no contaba con referencias o antecedentes que permitieran darles credibilidad a los datos consignados.
Por esa razón, el Ministerio Público indicó que ese informe, así como sus soportes documentales, no ofrecían fiabilidad o razonabilidad, “en la medida que presentaban inconsistencias entre sí, omitían información y no cumplían con las especificaciones o reglas legales”.
Quebrantó el deber de transparencia que concierne a todos los servidores públicos y, de contera, se impactó de forma sustancial el postulado de la moralidad..
Según la Procuraduría, Forero cuando fue alcalde desobedeció de forma consciente y voluntaria las normas superiores que le imponían el deber de dar cuenta de su patrimonio, las cuales conocía por haber ejercido como concejal y alcalde en tres periodos constitucionales anteriores a su mandato, y mantuvo unos ingresos y gastos entre 2016 y 2018 que no pudo explicar y soportar de manera fiable y razonable.
Y, precisó que no se trataba de demostrar la legalidad de sus actividades comerciales o de la fuente de sus ingresos, “sino de justificar de forma satisfactoria, conforme el ordenamiento jurídico, el incremento patrimonial que fue comprobado por medio del análisis contable y financiero realizado por los profesionales de la DNIE”.
“Quebrantó el deber de transparencia que concierne a todos los servidores públicos y, de contera, se impactó de forma sustancial el postulado de la moralidad sobre el que se cimenta la función istrativa”, sostuvo el órgano de control.
Por esos hechos, la Procuraduría calificó la conducta del entonces alcalde como una falta gravísima cometida con dolo.
El órgano de control señaló que la sanción impuesta quedó ejecutoriada a partir de la notificación efectuada y su ejecución procede de manera inmediata por tratarse de una persona que no está en ejercicio de funciones públicas, tal como lo estableció la Corte Constitucional en su sentencia C-030 de 2023.
Según Edgar Balaguera, abogado y economista de la Universidad de Los Andes, la Procuraduría General de la Nación, por ser una autoridad no judicial, no tendría la capacidad de limitar derechos políticos; por lo que, "Forero puede acudir a un juez constitucional de tutela que salvaguarde sus derechos".
"Esto implica radicar y poner en discusión ante el juez competente, toda la vulneración y el relato de derechos para que él en un trámite que no tarda más de 10 días tome una decisión de fondo y si encuentra lugar a la vulneración, salvaguarde los derechos del candidato electo y proceda a dejar sin efectos y posibilidades de aplicar esa norma, y dé completa viabilidad de que las comisiones escrutadoras le den las credenciales y se pueda posesionar el 1 de enero", indicó Balaguera.
¿Habrá nuevas elecciones en Tocancipá?
Una fuente de la Registraduría le confirmó a este diario que en caso de que se confirme la decisión, se tendría que convocar a unas elecciones atípicas en el municipio.
Y que si de aquí al 31 de diciembre no se ha confirmado la decisión de la Procuraduría por el Consejo de Estado, se tendría que nombrar un alcalde encargado.