Por orden del Tribunal Superior de Bogotá, la Registraduría Nacional tendrá que reintegrar a una funcionaria que ejercía como supernumeraria a la que desvinculó en octubre de 2021, en medio del diagnostico que recibió un par de meses después de un agresivo cáncer.
El año pasado, la mujer -cuyo nombre no se publica por respeto a su privacidad- radicó varias peticiones ante la aseguradora en la que estaba para ser evaluada con la pérdida de su capacidad laboral, recibiendo en un primer momento un dictamen del 22 por ciento. Apeló ante la Junta Regional de Calificación de Invalidez y se lo subieron a un 36,77 por ciento. Esa vez también reclamó y la Junta Nacional la revisó este año.
A la par, ella le contó a la entidad lo que estaba pasando, y pese a eso en junio pasado le dijeron que no prorrogarían su nombramiento. Como no tenía otras fuentes de ingreso, la funcionaria consideró vulnerados sus derechos y entuteló ante un juez, que no le dio la razón. Ella impugnó y el caso llegó al Tribunal, en el que con ponencia del magistrado Carlos Andrés Guzmán se la citó de manera personal para escuchar sus solicitudes.
Tribunales de Bogotá y de Cundinamarca Foto:Carlos López/El Tiempo
La decisión del primer juez de no darle la razón se basó en que como el cargo de la afectada era transitorio, en los papeles ya estaba estipulado que duraría en la Registraduría hasta junio pasado. Es decir, concluyeron que su retiro no fue por la complicación en su salud, sino porque desde un principio se sabía cuándo cumplía su periodo.
El Tribunal de Bogotá empezó por aclarar que la enfermedad sí es grave, y que la Registraduría sabía eso porque hay varias incapacidades médicas a lo largo de este tiempo. Además, que ella venía prestando una labor permanente tenía que acudir a un lugar de trabajo, "en un horario determinado, bajo la supervisión de un superior y con una clara instrucción sobre la forma en que debía ejercer sus labores".
El registrador nacional, Hernán Penagos. Foto:Registraduría
"En sentido opuesto, si realmente la entidad pretendía que (la mujer) prestara una serie de funciones temporales, según la naturaleza de ese tipo de vinculación, debían ser enunciadas en el acto a través del respectivo acto istrativo y las prórrogas subsecuentes", determinó la magistratura.
Así las cosas, en 10 días una vez notificada, la Registraduría -dirigida por Hernán Penagos- tendrá que reintegrar a la funcionaria, "esa vinculación solo podrá terminar si se mantienen las condiciones de limitación en salud de la trabajadora y la imposibilidad de reubicación, previa autorización del Ministerio de Trabajo".
Carlos López - Justicia - @CarlosL49 - carben@eltiempo.com
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